Número
RPS-2025/005
Fecha
Resumen
El Ayuntamiento de Porcuna no designó ni comunicó el nombramiento de un Delegado de Protección de Datos pese a múltiples requerimientos del Consejo, subsanando la situación solo tras el inicio del procedimiento sancionador. Esta conducta vulnera el artículo 37 RGPD sobre la obligación de designar DPD, tipificado en el artículo 83.4.a) RGPD y calificado como infracción grave en el artículo 73.v) LOPDGDD. Se resuelve la DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN. No se imponen medidas adicionales al haberse subsanado ya la situación.
Tipología
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
Ley
RGPD
Artículo
37
Párrafo
Falta la designación del delegado de protección de datos (DPD)
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
Ayuntamiento de Porcuna
Sentido
DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN
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