Ficha Resumen de la Resolución
Número
RPS-2025/067
Fecha
Resumen
Una persona reclamó ante el Servicio Andaluz de Salud por verse obligada a entregar en una ortopedia, junto con la prescripción ortoprotésica visada, un informe clínico completo que incluía su estado de salud general y la medicación consumida por distintas afecciones, datos que excedían lo necesario para la elaboración del calzado ortopédico prescrito. Aunque la normativa sectorial exige informe clínico para este tipo de producto, el Consejo consideró que ello no ampara la comunicación de datos de salud más allá de los estrictamente precisos para dicha finalidad. Se DECLARA la INFRACCIÓN del principio de minimización de datos del artículo 5.1.c) RGPD por la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud. Se ordena a la entidad acreditar ante el Consejo la adopción de medidas que garanticen el cumplimiento de ese principio en este tipo de tratamientos.
Tipología
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
Ley
RGPD
Artículo
5.1.c)
Párrafo
Vulneración del principio de ¿minimización de datos¿
Ámbito
JUNTA DE ANDALUCÍA
Órgano
Dirección General de Atención Sanitaria y Resultados en Salud
Sentido
DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN
Descarga