Número
RPS-2026/022
Fecha
Resumen
El Servicio Andaluz de Salud (Hospital de Jerez de la Frontera) no atendió tres requerimientos sucesivos del Consejo relacionados con una reclamación en tramitación, pese a constar su recepción. Se DECLARA LA INFRACCIÓN del artículo 58.1 RGPD por el Servicio Andaluz de Salud. La falta de respuesta a los requerimientos reiterados impidió el ejercicio de la potestad de investigación de la autoridad de control, constituyendo un incumplimiento autónomo con independencia del fondo de la reclamación que lo originó. Se ordena al órgano remitir al Consejo la documentación e información previamente requerida.
Tipología
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
Ley
RGPD
Artículo
58.1
Párrafo
Falta de colaboración con la Autoridad de Control en sus poderes de investigación
Ámbito
JUNTA DE ANDALUCÍA
Órgano
Servicio Andaluz de Salud
Sentido
DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN
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