Número
RPS-2026/025
Fecha
Resumen
El Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor no designó nuevo Delegado de Protección de Datos tras el cese de la empresa que prestaba dicho servicio, solicitando únicamente una ampliación de plazo durante el procedimiento, hasta comunicar la designación con posterioridad a su incoación. Se DECLARA LA INFRACCIÓN del artículo 37 RGPD por el Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor. La comunicación de la designación tras el inicio del procedimiento sancionador no exime de responsabilidad por el periodo de incumplimiento previo. No se ordenan medidas adicionales, al haber subsanado ya la entidad la designación y su comunicación.
Tipología
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
Ley
RGPD
Artículo
37
Párrafo
Falta de designación del delegado de protección de datos (DPD)
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE SANLÚCAR LA MAYOR
Sentido
DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN
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