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Número
RPS-2026/029
Fecha
Resumen
Un concejal del Ayuntamiento de El Viso del Alcor accedió a un Decreto de un expediente sancionador de urbanismo pendiente de resolución y difundió su contenido, con datos personales del reclamante, en una intervención en el Pleno retransmitida y reproducida en redes sociales. Se DECLARA LA INFRACCIÓN del artículo 32.1 RGPD por el Ayuntamiento de El Viso del Alcor. El acceso del concejal estaba amparado en su función de control de la Corporación, pero sujeto al deber de reserva del artículo 16 del ROF; la difusión pública excedió esa habilitación. El Ayuntamiento no puede exonerarse alegando que la infracción fue obra individual del concejal, pues la responsabilidad de la entidad deriva de la actuación de sus propios cargos. La ausencia de medidas de seguridad en el momento de los hechos determina la infracción, con independencia de las medidas adoptadas después. No se ordenan medidas adicionales, al haber implementado ya la entidad protocolos de confidencialidad y formación.
Tipología
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
Ley
RGPD
Artículo
32
Párrafo
Vulneración en relación con la seguridad del tratamiento
Órgano
Ayuntamiento de Viso del Alcor
Sentido
DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN
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