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Nº de Registros encontrados: 522

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Fecha desde
Fecha Tipológia Ley Art Párrafo Resumen Sentido Ámbito Órgano Ficha
RED-2026/002 13/01/2026
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso (art. 15 RGPD) ante la Universidad de Huelva, en relación con la solicitud de copia de las grabaciones de las cámaras de seguridad del campus captadas en un determinado lugar y franja horaria. Se ESTIMA la reclamación, dado que la Universidad, aunque respondió en plazo, descartó la entrega de las imágenes al considerar insuficiente el enmascaramiento de los terceros que en ellas aparecían, sin ponderar debidamente, conforme a las Directrices 01/2022 del CEPD, los derechos e intereses en conflicto. Se ordena remitir respuesta completa al derecho de acceso, pudiendo entregar las imágenes únicamente previa aplicación de técnicas de ocultación adecuadas (pixelado u otro medio equivalente) que protejan a terceros, tras la correspondiente ponderación de intereses. ESTIMADA UNIVERSIDAD PÚBLICA UNIVERSIDAD DE HUELVA Ver
RED-2026/003 13/01/2026
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso (art. 15 RGPD) ante la Dirección General de Atención Sanitaria y Resultados en Salud (Servicio Andaluz de Salud), en relación con la solicitud de información sobre los accesos de profesionales a la historia de salud de la persona reclamante. Se ESTIMA POR MOTIVOS FORMALES la reclamación, dado que la entidad respondió, si bien fuera del plazo legalmente establecido, sin que proceda instar a otra actuación. ESTIMACIÓN FORMAL JUNTA DE ANDALUCÍA Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud Ver
RPAA-2026/001 13/01/2026
  • PROCEDIMIENTO PAA
  • RGPD
  • 5.1.c)
La Universidad de Cádiz publicó en internet, a través de la web de una de sus facultades, listados del censo electoral accesibles sin autenticación, que permitían consultar DNI completo, nombre, apellidos y correo electrónico de los censados, indexados incluso por buscadores. Advertida la entidad, retiró los listados y estableció un acceso restringido mediante autenticación. Se DECLARA LA INFRACCIÓN del principio de minimización de datos del artículo 5.1.c) RGPD, al exponerse públicamente datos que excedían de los estrictamente necesarios y sin las medidas de acceso exigibles. Se ordena acreditar que el sistema limita a cada votante el acceso a sus propios datos o que los listados solo contienen nombre, apellidos y cuatro cifras del DNI, conforme a la disposición adicional séptima LOPDGDD. DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN UNIVERSIDAD PÚBLICA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ Ver
RPAA-2026/002 13/01/2026
  • PROCEDIMIENTO PAA
  • RGPD
  • 32
  • Vulneración en relación con la seguridad del tratamiento
La sede electrónica de la Universidad de Huelva exigía, para determinados trámites, una configuración de seguridad del navegador obsoleta y desaconsejada por el CCN-CERT, que la entidad no corrigió hasta recibir el aviso de un usuario, pese a que la vulnerabilidad era conocida desde años antes. Se DECLARA LA INFRACCIÓN del artículo 32 RGPD por la Universidad de Huelva. Las medidas correctoras adoptadas con posterioridad al aviso no eximen de responsabilidad, conforme al principio de responsabilidad proactiva de los artículos 5.2 y 24 RGPD, que exige mantener de forma continuada una configuración de seguridad adecuada al riesgo. No se ordenan medidas adicionales, al haber corregido la entidad la vulnerabilidad detectada. DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN UNIVERSIDAD PÚBLICA UNIVERSIDAD DE HUELVA Ver
RPS-2026/002 12/01/2026
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • RGPD
  • 5.1.f)
  • 13
  • Vulneración del principio de “integridad y confidencialidad"
  • Vulneración en relación con la información que deberá facilitarse cuando los datos personales se obtengan del interesado"
La Fundación Centro de Acogida 'San José' habilitó un documento colectivo de adhesión a un convenio extraestatutario en el que los trabajadores interesados debían firmar sucesivamente, indicando nombre, apellidos y DNI, quedando así expuestos ante los compañeros que firmaban con posterioridad. El documento no contenía la información exigida a los interesados sobre el tratamiento de sus datos. Se DECLARAN LAS INFRACCIONES del principio de confidencialidad del artículo 5.1.f) RGPD y del deber de información del artículo 13 RGPD por la Fundación. No se ordenan medidas adicionales, al haber sustituido la entidad el documento colectivo por uno individualizado que incorpora la información exigida. DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN Fundación Centro de Acogida San José"" Ver
RPS-2026/001 09/01/2026
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • RGPD
  • RGPD
  • RGPD
  • 9
  • 30
  • 35
  • 13
  • Vulneración en relación con el tratamiento de categorías especiales de datos
  • Vulneración en relación con el registro de actividades de tratamiento
  • Vulneración en relación con la evaluación de impacto relativa a la protección de datos
  • Vulneración en relación con la información que deberá facilitarse cuando los datos personales se obtengan del interesado
El Ayuntamiento de Marbella implantó un sistema de control horario mediante reconocimiento facial y huella dactilar, sin que ninguna norma habilitara específicamente el uso de datos biométricos para dicha finalidad, y sin evaluación de impacto previa ni información completa a los trabajadores. Adicionalmente, implantó una aplicación móvil de fichaje que recoge datos de geolocalización en el momento del registro, también sin evaluación de impacto, sin informar debidamente a los interesados y sin incluir dicho tratamiento en el registro de actividades. Se DECLARAN LAS INFRACCIONES del artículo 9 RGPD (tratamiento de categorías especiales de datos sin base habilitante), del artículo 35 RGPD (falta de evaluación de impacto, tanto para el sistema biométrico como para la geolocalización), del artículo 13 RGPD (información insuficiente a los interesados en ambos tratamientos) y del artículo 30 RGPD (registro de actividades incompleto respecto a la geolocalización). Se confirma como definitiva la suspensión del sistema biométrico, ya ejecutada por la entidad, sin medidas adicionales al respecto. En cuanto al tratamiento de geolocalización, que continúa vigente, se ordena acreditar la realización de la evaluación de impacto, el cumplimiento del deber de información y la actualización del registro de actividades de tratamiento. DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE MARBELLA Ver
RED-2026/001 05/01/2026
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso (art. 15 RGPD) ante la Dirección General de Atención Sanitaria y Resultados en Salud (Servicio Andaluz de Salud), en relación con la solicitud de la persona reclamante de conocer los profesionales que habían accedido a su historia clínica, ante sospechas de una consulta indebida por parte de un compañero de trabajo. Se ESTIMA la reclamación, dado que la entidad no acreditó haber respondido, limitándose a comunicar el aplazamiento de la contestación (que podría demorarse hasta doce meses) sin conceder ni denegar el acceso solicitado. Se ordena remitir, en el plazo de tres meses, respuesta completa al derecho de acceso, accediendo a lo solicitado o denegándolo de forma justificada. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud Ver
RED-2025/048 30/12/2025
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso (art. 15 RGPD) ante la Universidad de Cádiz, en relación con la solicitud de acceso a sus datos personales como empleado (nóminas, liquidaciones, financiación de contratos, registros de acceso y otros), al considerar incompleta la respuesta recibida. Se declara la PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL OBJETO y la TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, dado que, tras el traslado de la reclamación, la Universidad dio respuesta al derecho de acceso dentro del plazo que otorga la normativa, facilitando la información solicitada, cuya recepción acreditó la propia persona reclamante. DESAPARICIÓN SOBREVENIDA DEL OBJETO UNIVERSIDAD PÚBLICA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ Ver
RPS-2025/090 26/12/2025
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • RGPD
  • RGPD
  • 5.1.c)
  • 13
  • 35
  • Vulneración del principio de “minimización de datos”
  • Vulneración en relación con la información que deberá facilitarse cuando los datos personales se obtengan del interesado
  • Vulneración en relación con la evaluación de impacto relativa a la protección de datos
El Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cádiz remitió a la empresa empleadora del reclamante un correo electrónico con instrucciones sobre una diligencia de embargo, incluyendo el nombre y apellidos del trabajador afectado. Dicho correo fue enviado a una dirección de lista de distribución, por lo que once compañeros de trabajo tuvieron acceso a la información. La finalidad del correo, que era únicamente indicar a la empresa la necesidad de acceder a la sede electrónica para cumplimentar la declaración responsable, no justificaba la inclusión de datos personales del reclamante, pues estos ya estaban disponibles en dicha sede para las personas habilitadas. Se declara la infracción del principio de minimización de datos del artículo 5.1.c) RGPD. Se ordena a la Diputación acreditar ante el Consejo que las medidas adoptadas para evitar situaciones similares están efectivamente en funcionamiento. DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN ENTIDADES LOCALES DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ Ver
RED-2025/046 23/12/2025
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso (art. 15 RGPD) ante la Dirección General de Atención Sanitaria y Resultados en Salud (Servicio Andaluz de Salud), en relación con una solicitud de informes médicos no atendida. Se ESTIMA la reclamación, dado que no quedó acreditada la respuesta a esa concreta solicitud. El Consejo comparte que el derecho de acceso a la historia clínica no obliga a elaborar informes clínicos inexistentes, que deben pedirse en el marco de la atención sanitaria, pero la entidad no respondió a la solicitud ni en sentido estimatorio ni desestimatorio. Se ordena remitir respuesta completa al derecho de acceso, accediendo a lo solicitado o denegándolo de forma justificada. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud Ver
RED-2025/047 23/12/2025
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • RGPD
  • 16
  • 17
  • Derecho de rectificación
  • Derecho de supresión (derecho al olvido)
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHOS de rectificación y supresión (arts. 16 y 17 RGPD) ante la Dirección General de Atención Sanitaria y Resultados en Salud (Servicio Andaluz de Salud), en relación con determinados datos contenidos en varios informes médicos de la historia clínica. Se DESESTIMA la reclamación, dado que la entidad respondió en plazo denegando de forma motivada los derechos ejercidos, al considerar que los informes reflejaban los datos disponibles en su fecha de emisión y que los hallazgos posteriores no los contradecían ni acreditaban error. El Consejo no puede enjuiciar las decisiones médicas una vez atendido el derecho, por lo que la persona reclamante deberá acudir, si lo estima oportuno, a las autoridades sanitarias, administrativas o judiciales competentes. DESESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud Ver
RPS-2025/089 23/12/2025
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 5.1.d)
  • Vulneración del principio de “exactitud”
La Certificación de Servicios accesible en el Portal Docente de la Consejería reflejaba al reclamante como funcionario interino en un periodo en que una sentencia judicial le reconocía la condición de funcionario de carrera. La entidad mantuvo esta información sin corregirla adecuadamente, limitándose a ofrecer la emisión de un certificado separado a petición del interesado. Las modificaciones introducidas posteriormente se consideraron insuficientes. Se declara la infracción del principio de exactitud del artículo 5.1.d) RGPD. Se ordena a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos acreditar la adopción de medidas correctoras. DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN JUNTA DE ANDALUCÍA Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos Ver
RED-2025/045 22/12/2025
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso (art. 15 RGPD) ante el Ayuntamiento de Dos Hermanas, en relación con la solicitud de información sobre los accesos del personal municipal a documentos con sus datos personales (identidad de quienes accedieron, fecha, hora y tipo de acción), denegada por considerar el Ayuntamiento que tales registros no son datos personales. Se ESTIMA la reclamación, dado que la fecha, hora y tipo de acceso forman parte del derecho de acceso conforme al artículo 15 RGPD y a la jurisprudencia del TJUE (asunto C-579/21, Pankki S.), por lo que no cabía denegarlos. La identidad del personal que accedió integra el derecho de acceso solo si resulta indispensable para el ejercicio efectivo de los derechos de la persona reclamante, previa ponderación con los derechos de terceros. Se ordena remitir respuesta completa, accediendo a lo solicitado o denegándolo de forma justificada según esos criterios. ESTIMADA ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS Ver
RPAA-2025/003 22/12/2025
  • PROCEDIMIENTO PAA
  • RGPD
  • 32
  • Vulneración en relación con la seguridad del tratamiento
La persona reclamante recibió una notificación electrónica de una providencia de apremio dirigida a un tercero, ya fallecido, como consecuencia de un error en la consignación de su número de DNI en el sistema de gestión tributaria municipal. El error se originó en la cadena de tratamiento entre el Ayuntamiento y sus encargados, sin que existieran controles adecuados para verificar la correspondencia entre el DNI y la identidad del obligado tributario. Se DECLARA LA INFRACCIÓN del artículo 32 RGPD por el Ayuntamiento de los Palacios y Villafranca, al no haber implementado medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo del tratamiento. No se ordenan medidas adicionales, al haber adoptado ya la entidad y sus encargados del tratamiento actuaciones correctivas y preventivas suficientes. DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA Ver
RPS-2025/088 22/12/2025
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 6
  • Vulneración en relación con la licitud del tratamiento
Se reclamó contra la Entidad Urbanística de Conservación UEN E22 y E23 Costalita por la instalación de cámaras de videovigilancia que, según la persona reclamante, captaban imágenes de vías públicas, playas y zonas ajenas a la urbanización, sin la debida señalización informativa. Durante la instrucción del procedimiento sancionador, la entidad aportó informe técnico e imágenes acreditativas de que todas las cámaras, incluyendo las situadas sobre postes en acerado público, incorporan máscaras de privacidad permanentes y restricciones de zoom y giro que limitan su captación exclusivamente a zonas privadas de la urbanización. El procedimiento se ARCHIVA al haberse constatado, con la documentación aportada, la inexistencia de los hechos que constituían la presunta infracción del artículo 6 RGPD. ARCHIVO ENTIDADES LOCALES Euc Urb. Costalita Km 16 Ver