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Fecha Tipológia Ley Art Ordenar ascendente Párrafo Resumen Sentido Ámbito Órgano Ficha
RPS-15/2022 20/04/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 29
  • Vulneración en relación al "Tratamiento bajo la autoridad del responsable o del encargado del tratamiento"
El reclamante denuncia que cierto personal sanitario que no formaba parte de su proceso asistencial ha accedido a su historia clínica y ha divulgado datos de la misma. Se constata por parte del SAS la existencia e dichos accesos e inicia el correspondiente expediente disciplinario contra el personal que ha realizado los mismos.
Se dirige un APERCIBIMIENTO al órgano incoado por el quebrantamiento por parte del personal del mismo de las medidas de seguridad implantadas, y se insta a concluir el correspondiente expediente disciplinario.
APERCIBIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RPS-33/2022 13/12/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 29
  • 32.1
  • Vulneración en relación al "Tratamiento bajo la autoridad del responsable o del encargado del tratamiento"
  • Falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas
Se reclama el acceso indebido a la historia clínica de la persona reclamante desde un Centro de Salud distinto al que tiene asignado. Tras el análisis de la reclamación, y efectuados los trámites contemplados en la normativa, se inicia procedimiento sancionador por posible incumplimiento tanto del artículo 29 RGPD, por acceso indebido de personal a la historia clínica de la persona reclamante, como del artículo 32.1 RGPD en relación con la falta de aplicación de medidas técnicas y organizativas apropiadas para evitar los accesos indebidos a la historia clínica de la persona reclamante, al haberse detectado la existencia de un posible acceso indebido por parte de un profesional de enfermería.
Alega el órgano reclamado que mientras no se haya resuelto el expediente disciplinario que aclare los motivos por los cuales se produjeron los accesos a la historia clínica de la persona reclamante por parte del profesional de ese Centro de Salud, no puede acreditarse que el acceso por parte de este profesional sea constitutivo de infracción. Alega además que el acceso a la historia clínica de un paciente desde un centro distinto al que este tiene asignado, no implica necesariamente una infracción ya que la consulta a dicho historial médico podría tener lugar, entre otros motivos, desde otro centro por el profesional que ya le atendió previamente.
Ante dicho argumento, el Consejo en ningún momento se cuestiona dicha circunstancia que, evidentemente, responde a la necesidad de garantizar la atención de las personas usuarias del Servicio Andaluz de Salud desde cualquier lugar y, por ende, su derecho a la salud. Sin embargo, hasta la fecha de la Resolución, no se facilitaron a este organismo las razones concretas que justifican el acceso a la historia clínica de la persona reclamante desde el ese Centro de Salud, ni se ha acreditado la existencia de medidas técnicas u organizativas en el mismo que impidan que puedan producirse accesos indebidos.
Por consiguiente, se dirige un APERCIBIMIENTO a la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud (Servicio Andaluz de Salud), por infracción de los artículos 29 y 32.1 RGPD, tipificadas en el artículo 83.4 RGPD, en relación con el acceso indebido de personal a la historia clínica de la reclamante, y la falta de aplicación de medidas técnicas y organizativas apropiadas para evitarlo.
APERCIBIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RPS-6/2022 14/02/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 28
  • Vulneración en relación a la obligación de establecer un vínculo jurídico entre responsable y encargado del tratamiento
Se denuncia, por noticias aparecidas en prensa, que el Ayuntamiento de Jaén anuncia un convenio con una empresa para 'adecentar' locales y ordenar documentación responsabilidad del Ayuntamiento. La persona reclamante considera que la empresa podría estar accediendo sin las debidas garantías a dicha documentación, vulnerándose por tanto lo establecido en la normativa de protección de datos.
En la instrucción del procedimiento no se llega a constatar, en relación con el convenio anunciado, que realmente se realizaran los trabajos. Al no constatarse la existencia de un tercero encomendado por el Ayuntamiento para hacer los trabajos, ni que esos trabajos se hubieran hecho, se considera que ha de archivarse el expediente sancionador.
No obstante, sí se ha constatado la absoluta falta de colaboración del Ayuntamiento en la resolución del procedimiento al no remitir al Consejo ninguna información ni documentación solicitadas. Consecuencia de ello, la resolución ordena el inicio de un expediente para iniciar un posible expediente sancionador contra el Ayuntamiento por falta de colaboración con la autoridad de control.
ARCHIVO ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE JAÉN Ver
RPS-2023/004 13/03/2023
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 28
  • Vulneración en relación a la obligación de establecer un vínculo jurídico entre responsable y encargado del tratamiento
Se reclama la publicación de imágenes en redes sociales de una persona menor por parte del personal de un Centro educativo.
El órgano reclamado, entre otras cuestiones, alega que el Pliego de Clausulas Administrativas Particulares (PCAP) tipo contempla determinadas obligaciones respecto de la protección de datos en su Anexo XXV, modelo de acuerdo de confidencialidad y en su Anexo XXVI, modelo del tratamiento de datos, todo ello en cumplimiento del RGPD y a la LOPDGDD. Sin embargo, entiende este Consejo que sin perjuicio de que en el modelo de PCAP tipo se hiciera referencia al tratamiento de datos personales, ni en el contrato ni en sus distintas prórrogas suscritas entre la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación y la Entidad se regulaba el acceso de ésta a los datos personales responsabilidad del órgano reclamado cumpliendo todos los requisitos exigidos por el artículo 28 RGPD.
Por ello, se dirige un apercibimiento a la Dirección General de Infancia, Adolescencia y Juventud (Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad) por infracción del artículo 28 RGPD.
APERCIBIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE IGUALDAD, POLÍTICAS SOCIALES Y CONCILIACIÓN Ver
RPS-2023/005 21/03/2023
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 28
  • Vulneración en relación a la obligación de establecer un vínculo jurídico entre responsable y encargado del tratamiento
Se reclama la instalación de una aplicación por parte del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga, cuyo uso podría no contar con las garantías necesarias sobre protección de datos de carácter personal.
El órgano reclamado no formuló alegaciones y se dirigió un APERCIBIMIENTO al Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga por infracción del artículo 28 RGPD, tipificada en el artículo 83.4.a) RGPD por encargar el tratamiento de datos a un tercero sin la previa formalización de un contrato u otro acto jurídico escrito con el contenido exigido por el artículo 28 RGPD.
Asimismo, se insta al Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga a que establezca o regularice un vínculo jurídico con la empresa responsable del tratamiento que de cumplimento a lo establecido en el artículo 28.3 RGPD. Además, deberá hacer público el inventario de sus actividades de tratamiento de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6bis LTAIBG. El plazo otorgado para estas actuaciones será de un mes desde la notificación de la presente resolución, debiendo dar cuenta al Consejo, en el mismo plazo, de lo realizado.
APERCIBIMIENTO ENTIDADES LOCALES CONSORCIO PROVINCIAL DE BOMBEROS DE MÁLAGA Ver
RED-4/2020 23/12/2020
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 17
  • Derecho de supresión
Reclamación presentada por no haber sido atendido el EJERCICIO DE DERECHO de supresión de datos de su historial médico de urgencias. Se considera que la denegación del derecho de supresión por el Servicio Andaluz de Salud está justificada en virtud del artículo 17.3 RGPD y de la Ley de Autonomía del Paciente que obliga a los centros sanitarios a conservar la historia clínica. DESESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-3/2021 17/02/2021
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 17
  • Derecho de supresión
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de supresión de datos personales ante la Diputación Provincial de Córdoba en relación con la publicación de dichos datos en Internet. Se desestima la reclamación por la imposibilidad técnica alegada por el órgano reclamado de suprimir la información sin que se vieran afectados derechos de terceros, todo ello, sin perjuicio de que el reclamente pueda ejercer su derecho al olvido directamente ante los motores de búsqueda en Internet. DESESTIMADA ENTIDADES LOCALES DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA Ver
RED-11/2021 10/03/2021
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 17
  • Derecho de supresión
Reclamación por falta de respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de supresión de datos personales por parte el Ayuntamiento de Linares en relación con un fichero de multas y en otros que pudieran contener datos sobre el reclamante. Se estima la reclamación y se insta al Ayuntamiento para que dé respuesta a la solicitud de ejercicio de derechos del reclamante, ya sea atendiendo al mismo o denegándolo motivadamente indicando las causas por las que no procede atender la petición. ESTIMADA ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE LINARES Ver
RED-21/2021 08/04/2021
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 17
  • Derecho de supresión
Reclamación por falta de respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de supresión por el Ayuntamiento de Chauchina en relación con la publicación de datos personales del reclamante en el tablón electrónico de edictos. Tras la reclamación, el derecho es atendido, aunque fuera de los plazos establecidos, por lo que se ESTIMA POR MOTIVOS FORMALES, sin que proceda requerir ninguna actuación posterior al órgano reclamado. ESTIMADA ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE CHAUCHINA Ver
RED-23/2021 05/07/2021
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 17
  • Derecho de supresión
Reclamación por falta de respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de supresión por parte de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, como responsable del tratamiento “Puntos de Encuentro Familiar”, en relación con datos incluidos en el mismo. Aunque el responsable argumenta, de modo general, que la responsabilidad de los datos corresponde al órgano judicial correspondiente al procedimiento que se lleva a cabo, tanto el propio Registro de Actividades de Tratamiento como las competencias del responsable llevan a determinar su responsabilidad sobre datos que pueden incluirse en el mencionado tratamiento. Se ESTIMA por tanto la reclamación instando a la citada Dirección General a dar respuesta a la persona reclamante en relación con los datos para los que sea responsable dicha Dirección General, e instándola igualmente a que remita al correspondiente órgano judicial la solicitud de ejercicio de derechos recibida en lo que corresponda a los datos responsabilidad de dicho órgano. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL Ver
RED-22/2021 05/05/2021
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 17
  • Derecho de supresión
Reclamación por falta de respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de supresión por el Ayuntamiento de Utrera en relación con la publicación de un vídeo en redes sociales que incluía la imagen de la persona reclamante. Tras la solicitud de ejercicio de derechos, el Ayuntamiento editó las imágenes del vídeo suprimiendo las de la persona reclamante, pero no lo comunicó a la misma, por lo que no dio adecuada respuesta a su ejercicio de derechos. Tras la reclamación, el Ayuntamiento finalmente dio respuesta, aunque fuera de los plazos establecidos, por lo que la reclamación se ESTIMA POR MOTIVOS FORMALES; no obstante, se insta además al Ayuntamiento de Utrera para que proceda a adoptar medidas razonables con miras a informar a otras entidades que subieron en sus redes sociales una copia del vídeo original, del derecho ejercido por el reclamante, a los efectos de que también fuera efectivo en relación con las mencionas copias.
ESTIMADA ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE UTRERA Ver
RED-35/2021 17/12/2021
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 17
  • Derecho de supresión
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de supresión por la Universidad de Cádiz en relación con la eliminación de ‘todos y cada uno de los datos que pudieran existir en los sistemas de la Universidad’ según expresa el reclamante. Al reclamante se le concede el derecho sobre determinados tratamientos y se deniega respecto a otros, si bien no en relación con todos los tratamientos existentes se le ofrece respuesta. Se ESTIMA la reclamación y se insta al responsable del tratamiento, la Universidad de Cádiz, para que remita a la parte reclamante respuesta completa al derecho de supresión ejercitado, si bien, dada la inconcreción de la solicitud del reclamante, se sugiere al órgano reclamado que, para atender más adecuadamente la solicitud, requiera al reclamante la información complementaria que pueda necesitar. ESTIMADA UNIVERSIDADES PÚBLICAS UNIVERSIDAD DE CÁDIZ Ver
RED-36/2021 16/12/2021
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 17
  • Derecho de supresión
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de supresión por la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias (EPES) en relación con los antecedentes de un episodio clínico ocurrido desde el año 2003 hasta mayo de 2009. Durante el procedimiento se detectan incoherencias, o al menos falta de claridad, entre la respuesta dada al reclamante denegando el derecho de supresión ejercitado y la realidad de los datos tratados. Se ESTIMA la reclamación y se insta al responsable del tratamiento, la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, para que remita a la parte reclamante adecuada respuesta al derecho de supresión ejercitado, aclarando la existencia de los datos en las distintas fuentes donde pueden constar los mismos, si procede o no la supresión de los datos solicitados y si, en su caso, dicha supresión ya ha sido realizada. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA EMPRESA PÚBLICA DE EMERGENCIAS SANITARIAS (EPES) Ver
RED-2/2022 03/02/2022
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 17
  • Derecho de supresión
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de supresión por el Servicio Andaluz de Salud en relación con los datos básicos de salud en la historia clínica del reclamante. En el transcurso de la tramitación, se llega a dar respuesta a la solicitud del reclamante, si bien más allá del plazo establecido por la normativa que permitiría no proceder a la admisión a trámite de la solicitud. Es por ello por lo que se ESTIMA POR MOTIVOS FORMALES la reclamación sin que proceda realizar ninguna actuación posterior en relación con la misma por parte del órgano reclamado, dado que la solicitud, aunque de forma extemporánea, fue atendida. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-9/2022 21/09/2022
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 17
  • Derecho de supresión
Reclamación por falta de respuesta al EJERCICIO DEL DERECHO de supresión ante Emvisesa (Ay. de Sevilla) en relación con el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida en Sevilla, y no se le contestó. Se comprueba que se denegó el derecho por falta de acreditación en relación con el estado civil de la persona reclamante, si bien, en el transcurso de la tramitación y en los plazos que la normativa contempla, se aporta la correspondiente documentación, procediéndose a la supresión de los datos. Se DESESTIMA por tanto la reclamación, si bien se insta al órgano reclamado a la publicación de tratamiento afectado en el inventario de actividades de tratamiento, así como a la aplicación de medidas de seguridad en relación con el acceso a datos que hubieran sido bloqueados como consecuencia del ejercicio del derecho de supresión. DESESTIMADA ENTIDADES LOCALES EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA (AYUNTAMIENTO DE SEVILLA) Ver