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Fecha desde
Fecha Tipológia Ley Art Párrafo Ordenar ascendente Resumen Sentido Ámbito Órgano Ficha
RPS-2023/005 21/03/2023
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 28
  • Vulneración en relación a la obligación de establecer un vínculo jurídico entre responsable y encargado del tratamiento
Se reclama la instalación de una aplicación por parte del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga, cuyo uso podría no contar con las garantías necesarias sobre protección de datos de carácter personal.
El órgano reclamado no formuló alegaciones y se dirigió un APERCIBIMIENTO al Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga por infracción del artículo 28 RGPD, tipificada en el artículo 83.4.a) RGPD por encargar el tratamiento de datos a un tercero sin la previa formalización de un contrato u otro acto jurídico escrito con el contenido exigido por el artículo 28 RGPD.
Asimismo, se insta al Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga a que establezca o regularice un vínculo jurídico con la empresa responsable del tratamiento que de cumplimento a lo establecido en el artículo 28.3 RGPD. Además, deberá hacer público el inventario de sus actividades de tratamiento de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6bis LTAIBG. El plazo otorgado para estas actuaciones será de un mes desde la notificación de la presente resolución, debiendo dar cuenta al Consejo, en el mismo plazo, de lo realizado.
APERCIBIMIENTO ENTIDADES LOCALES CONSORCIO PROVINCIAL DE BOMBEROS DE MÁLAGA Ver
RPS-3/2022 04/02/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • RGPD
  • 5.1.c)
  • 5.1.f)
  • Vulneración del principio de “minimización de datos”
  • Vulneración del principio de “integridad y confidencialidad"
Se reclama contra el Ayuntamiento de Jaén por haberse publicado, sin ocultar el código seguro de verificación (CSV), copia de un documento correspondiente a la declaración de renta de una Concejal, lo que permitía el acceso al contenido del documento completo e íntegro por parte de terceros haciendo uso del mencionado CSV.
Se considera que se han infringido los principio de "minimización" y de "confidencialidad e integridad", al no disponerse de las medidas técnicas y organizativas adecuadas para evitar que se pudiera acceder al contenido íntegro del documentos por parte de terceros, y con ello, a datos personales que no habían de ser publicados. En consecuencia, se dirige un APERCIBIMIENTO a Ayuntamiento, y se le insta a que tome las medidas para evitar dicha circunstancia en el futuro.
APERCIBIMIENTO ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE JAÉN Ver
RPS-10/2022 04/03/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 5.1.c)
  • 5.1.f)
  • Vulneración del principio de “minimización de datos”
  • Vulneración del principio de “integridad y confidencialidad"
Se denuncia a la Universidad de Almería, por difusión indebida de datos en un proceso de solicitud de acceso a información pública. En el proceso de trámite de audiencia a los interesados, se considera que la Universidad facilitó más datos de los debidos de la persona que solicitaba el acceso a la información, vulnerándose los principios de "minimización" y "seguridad y confidencialidad".
Se dirige un APERCIBIMIENTO a órgano reclamado, sin medidas adicionales, dado que existe constancia de medidas tomadas por el organismo para intentar evitar incidencias similares en el futuro.
APERCIBIMIENTO UNIVERSIDADES PÚBLICAS UNIVERSIDAD DE ALMERÍA Ver
RPS-17/2022 20/04/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 5.1.c)
  • 5.1.f)
  • Vulneración del principio de “minimización de datos”
  • Vulneración del principio de “integridad y confidencialidad"
Una de las personas candidatas, no seleccionada, a un puesto de dirección de un centro docente solicita información sobre el proceso de designación, y en el informe que se le remite constan datos personales de otra persona candidata, tampoco seleccionada. Esta última, al tener conocimiento de estos hechos, presenta una reclamación por la difusión de los citados datos. Tras el correspondiente procedimiento sancionador, se dirige un APERCIBIMIENTO a la Delegación Territorial de Educación y Deporte en Málaga por infracción de los principios de minimización y confidencialidad en el tratamiento de los datos de la reclamante. APERCIBIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE Ver
RPS-24/2022 13/06/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 5.1.c)
  • 5.1.f)
  • Vulneración del principio de “minimización de datos”
  • Vulneración del principio de “integridad y confidencialidad"
Una persona reclama que una resolución que le afectaba fue publicada en la web del ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda (tablón edictal), incluyendo su DNI completo y su domicilio. Se constata que dicha información se mantiene publicada cuando se recibe la reclamación y tampoco el ayuntamiento procede a la rectificación de los datos cuando se le remite inicialmente la reclamación y ni siquiera contesta al requerimiento del Consejo. Solo una vez admitida la reclamación, en el marco de las actuaciones previas de investigación, el ayuntamiento resuelve sustituir la resolución publicada. Se considera que el Ayuntamiento ha incumplido los principios de minimización y confidencialidad establecidos en el artículo 5 RGPD y, en consecuencia, se le dirige un APERCIBIMIENTO.
No se incluyen medidas adicionales, porque la entidad subsanó la publicación errónea y tomó medidas para minimizar la posibilidad de que ocurran hechos similares en el futuro
APERCIBIMIENTO ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE SANLÚCAR DE BARRAMEDA Ver
RPS-34/2022 27/12/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 5.1.c)
  • 35
  • Vulneración del principio de “minimización de datos”
  • Evaluación de impacto relativa a la protección de datos
Se reclama contra una plataforma de gestión utilizada en la Consejería de Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, por diversos incumplimientos de la normativa de protección de datos personales. Con posterioridad a la denuncia, y tras los requerimientos realizados, el responsable realizó una evaluación de impacto y suprimió del tratamiento los datos que consideraba excesivos para el mismo.
Tras el análisis de la reclamación, y efectuados los trámites contemplados en la normativa, se inicia procedimiento sancionador porque, en el momento de la interposición de la denuncia, se considera, por una parte, que no se aplicó adecuadamente el principio de minimización, al incorporarse al sistema y requerirse su grabación a los centros colaboradores, un número excesivo de datos en relación con las finalidades del tratamiento; por otra, no se había realizado una evaluación de impacto en relación con la protección de datos de acuerdo con lo requerido por la normativa, a pesar de que la naturaleza del tratamiento lo requería, y no siendo aplicable la excepción de que ya existía una evaluación para tratamientos similares.
El procedimiento concluye en un APERCIBIMIENTO, si bien no se dictan medidas específicas en relación con los hechos reclamados, ya que el órgano las puso en marcha previamente; no obstante, se insta a informar al Consejo sobre las actuaciones llevadas a cabo, así como a que se actualice en el inventario de actividades de tratamiento la información relativa al órgano responsable del tratamiento objeto de la reclamación, dado que hace referencia a una Secretaría General inexistente en la nueva estructura de la Consejería.
APERCIBIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE IGUALDAD, POLÍTICAS SOCIALES Y CONCILIACIÓN Ver
RPS-2/2022 27/01/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • RGPD
  • 5.1.a)
  • 6.1
  • Vulneración principio de “licitud, lealtad y transparencia”
  • No disponer de base legitimadora del tratamiento
El Ayuntamiento de Utrera, en un vídeo institucional divulgado a través de redes sociales, incluye la imagen del reclamante sin la autorización de este, manteniendo dicha publicación hasta el momento en que se le notifica la diligencia de inicio por denuncia por infracción penal; en ese momento, modifica el vídeo suprimiendo la imagen del reclamante.
Se dirige un APERCIBIMIENTO a Ayuntamiento por infracción del principio de "licitud, lealtad y transparencia" y por no disponer de base legitimadora de la publicación de las imágenes del reclamante.
Además, se le insta, dado que aún no se había realizado, al nombramiento de DPD y a su comunicación a la autoridad de control, así como a la publicación de su inventario de actividades de tratamiento.
APERCIBIMIENTO ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE UTRERA Ver
RPS-1/2022 12/01/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 32.1
  • Falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas
Se reclama que, por error, en la Intranet del órgano reclamado se 'cruzan' los DNI de dos personas, de modo que a cada una de ellas le aparecen en la Intranet las nóminas de la otra; quien reclama es una de ellas.
El órgano reclamado reconoce el error, pero tarda 15 días en solucionarlo desde que se notifica la incidencia, tiempo en que además la persona reclamante no tiene acceso a su nómina. Una vez solucionada la incidencia, y para que en el futuro no vuelva a ocurrir, se introducen nuevos controles en el acceso a los datos.
Además de dirigir un APERCIBIMIENTO, no se proponen medidas adicionales porque el órgano reclamado ya las tomó.
APERCIBIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA AGENCIA DE SERVICIOS SOCIALES Y DEPENDENCIA DE ANDALUCÍA Ver
RPS-4/2022 14/02/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 32.1
  • Falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas
Se reclama porque desde un órgano territorial de la Consejería de Educación y Deporte se remite un certificado de estudios de modo que, a través del código seguro de verificación (CSV) de la firma electrónica del documento es posible acceder a datos personales no solo de la persona que recibía el certificado, sino de todas aquellas que figuraban en el documento que se había firmado conjuntamente. Desde la Consejería se indica, aportando el Registro de Actividades de Tratamiento, que el responsable del correspondiente tratamiento es la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa. No obstante, una vez iniciado el procedimiento sancionador contra el mencionado centro directivo por la vulneración del artículo 32.1 RGPD por la falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas, se llega a constatar, dado que desde la Consejería se modifica el criterio en relación con la responsabilidad de la operación de tratamiento objeto de la infracción, que la responsabilidad sobre la infracción cometida recaía en el órgano provincial.
Se sobresee el expediente contra la Dirección General y no cabe iniciar nuevo expediente contra el órgano provincial por la prescripción de la infracción.
No obstante, en la resolución se insta a la Consejería de Educación y Deporte a que determine claramente en su Registro de Actividades de Tratamiento quién o quiénes son los responsables de la operación de tratamiento que supone la certificación de los estudios realizados y en qué tratamiento o tratamientos está incluida dicha operación.
ARCHIVO JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE Ver
RPS-5/2022 14/02/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 32.1
  • Falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas
La reclamación se realiza porque se ha recibido un expediente del juzgado, remitido a este desde el Servicio Andaluz de Salud (SAS), en el que, por error, se incluyen varias hojas de otro expediente, revelando datos personales de terceros.
Aunque se trata de un error puntual, no se termina de acreditar la existencia de medidas de seguridad formalmente establecidas en el procedimiento de remisión de la documentación al juzgado, si bien la incidencia es resuelta en cuanto se tiene conocimiento de la misma; se aporta información sobre las medidas a tomar en el futuro, pero sin que se acredite su implantación.
Se considera una infracción de artículo 32.1 RGPD (adopción de medidas para garantizar confidencialidad y disponibilidad) y sanciona con APERCIBIMIENTO, con la única medida adicional de que se acredite la puesta en marcha de las medidas que se decidió implantar.
APERCIBIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RPS-8/2022 24/02/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 32.1
  • Falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas
Se trata de una reclamación por la publicación en Internet de un listado de personas por parte del Ayuntamiento de Málaga, incluyendo nombre y DNI completos, incumpliendo la DA 7ª LOPDGDD en relación con la identificación de interesados en notificaciones por medio de anuncios y publicaciones de actos administrativos. El Ayuntamiento detecta rápidamente el error y lo corrige.
En la instrucción del procedimiento se ha acreditado la existencia de medidas previas en relación con el cumplimiento de la normativa de protección de datos, en este caso relacionadas con la necesaria información al personal sobre la publicación de este tipo de listados, y se propone el sobreseimiento dado que se considera que ha existido ha sido un error puntual subsanado de forma inmediata.
ARCHIVO ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA Ver
RPS-9/2022 24/02/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 32.1
  • Falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas
Se trata de una reclamación por acceso inadecuado a historia clínica. El Servicio Andaluz de Salud (SAS), tras recibir la reclamación, abre un procedimiento interno que le lleva a abrir 4 expedientes disciplinarios; en tres se concluía que los accesos eran correctos, pero el cuarto no finalizó, por lo que no se terminó de acreditar la validez de todos los accesos, considerándose que ha existido una infracción en relación al artículo 32.1 RGPD por el no funcionamiento adecuado de las medidas de seguridad establecidas.
Se dirige un APERCIBIMIENTO al responsable del tratamiento, sin medidas adicionales, dado que existe constancia de información al personal en la materia, de la existencia de medidas de seguridad y además se abrieron los expedientes disciplinarios correspondientes.
APERCIBIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RPS-12/2022 28/03/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 32.1
  • Falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas
El reclamante, personal del propio Ayuntamiento, denuncia que se le han hecho llegar notificaciones personales permitiendo el acceso a los datos a terceras personas. Dado que el sistema utilizado por el Ayuntamiento no cumple con las medidas de seguridad necesarias para guardar la necesaria confidencialidad sobre los datos, se dirige un APERCIBIMIENTO a mismo por los hechos mencionados.
Además, se le insta, dado que aún no se había realizado, al nombramiento de DPD y a su comunicación a la autoridad de control, así como a la publicación de su inventario de actividades de tratamiento.
APERCIBIMIENTO ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE LAS CABEZAS DE SAN JUAN Ver
RPS-14/2022 12/04/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 32.1
  • Falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas
Se reclama que se han difundido en la web de la Universidad de Málaga (Facultad de Ciencias de la Educación) listados incluyendo nombre completo y DNI de alumnos como consecuencia de la publicación de centros para prácticas; desde la Universidad se reconoce esta circunstancia y se ponen medidas para corregir la información divulgada (si bien con bastante retraso), así como para que en el futuro se tenga en cuenta la necesidad de una correcta publicación.
Se dirige al órgano infractor un APERCIBIMIENTO por no haber guardado las necesarias medidas de seguridad y confidencialidad en la publicación de los datos, sin la imposición de medidas adicionales, ya que ya las ha llevado a cabo.
APERCIBIMIENTO UNIVERSIDADES PÚBLICAS UNIVERSIDAD DE MÁLAGA Ver
RPS-16/2022 19/04/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 32.1
  • Falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas
Una persona reclama que se le ha realizado una notificación por parte del Ayuntamiento de Sevilla, accesible a través de un enlace, y al acceder ve que tiene acceso a otras 188 comunicaciones dirigidas a otras personas. Efectivamente, se ha firmado electrónicamente un único documento compuesto por 189 comunicaciones, y el código seguro de verificación (CSV) correspondiente permite acceder a todas ellas. El ayuntamiento reconoce que se ha producido el error y comunica y acredita la adopción de medidas para que no se produzca en el futuro.
Se dirige un APERCIBIMIENTO al Ayuntamiento por no haber aplicado las medidas de seguridad y confidencialidad adecuadas, aunque no se le insta a poner en marcha medidas adicionales porque ya las ha llevado a cabo.
ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE SEVILLA Ver