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Fecha desde
Fecha Tipológia Ley Art Párrafo Resumen Sentido Ámbito Órgano Ordenar ascendente Ficha
RED-4/2022 25/04/2022
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de acceso por el Servicio Andaluz de Salud en relación a la solicitud de información sobre los registros de acceso a su historia clínica. Durante la tramitación se constata que dicha solicitud no llegó hasta pasado un tiempo al órgano responsable de su respuesta, aunque tampoco se acredita que se realizara la misma antes de que la reclamación presentada ante el Consejo fuera admitida a trámite; finalmente se ofrece respuesta al reclamante aunque sobrepasados los plazos que otorga la normativa. Es por esto por lo que se ESTIMA POR MOTIVOS FORMALES la reclamación, sin que proceda realizar ninguna actuación posterior en relación con la misma por el órgano reclamado dado que dio respuesta a la misma, aunque de modo extemporáneo. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-5/2022 26/05/2022
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de acceso por el Servicio Andaluz de Salud en relación con la historia clínica del reclamante. Durante la tramitación no se acredita que se haya ofrecido respuesta al reclamante ni se justifica el posible motivo de la falta de respuesta. Así, se ESTIMA la reclamación contra el responsable del tratamiento, la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud, instándole a ofrecer la adecuada respuesta al derecho ejercicio por el reclamante. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-6/2022 18/07/2022
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por falta de respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso por el Servicio Andaluz de Salud en relación a la solicitud de información sobre los registros de acceso a su historia clínica. No se ofrece tampoco respuesta en el periodo que la normativa otorga para que el DPD pueda gestionar la misma; finalmente se ofrece respuesta al reclamante aunque sobrepasados los plazos que otorga la normativa. Es por esto por lo que se ESTIMA POR MOTIVOS FORMALES la reclamación, sin que proceda realizar ninguna actuación posterior en relación con la misma por el órgano reclamado dado que dio respuesta a la misma, aunque de modo extemporáneo. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RPS-27/2022 22/07/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 5.1.f)
  • Vulneración del principio de “integridad y confidencialidad"
En este caso la persona reclamante denuncia accesos indebidos a su historia clínica entre determinadas fechas. El Servicio Andaluz de Salud, ante el requerimiento del Consejo no llega a acreditar la vinculación entre las personas que acceden a la HC y la asistencia sanitaria a la reclamante, por lo que se propone el inicio del procedimiento por vulneración del principio de confidencialidad. Tras la correspondiente instrucción, se siguen sin acreditar los accesos, por lo que se dirige un APERCIBIMIENTO a la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud por vulneración del principio de confidencialidad [artículo 5.1.f) RGPD].
Además, como medida adicional, se insta a acreditar definitivamente que los accesos se producen por motivo asistencial o a iniciar actuaciones disciplinarias contra las personas que realizaron los accesos incorrectos.
APERCIBIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-8/2022 04/08/2022
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de acceso por el Servicio Andaluz de Salud en relación con la historia clínica de la reclamante. Lo único que recibe es una comunicación de que su petición se deriva a la unidad que debe darle respuesta, si bien está nunca llegó a ofrecerse, como se acredita también en la tramitación y sin que se justifique el posible motivo de la falta de respuesta. Tampoco tras el traslado al DPD de la reclamación, se da respuesta a la misma. Así, se ESTIMA la reclamación contra el responsable del tratamiento, la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud, instándole a ofrecer la adecuada respuesta al derecho ejercicio por la reclamante. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-10/2022 10/10/2022
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por falta de respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso por el Servicio Andaluz de Salud (SAS) en relación con informes médicos de un hijo menor de edad de la persona reclamante. En el transcurso de la tramitación, tras la remisión al DPD de la reclamación, y en el plazo de un mes que otorga la normativa, desde el SAS se da respuesta al reclamante en relación con el ejercicio de derechos solicitado. Una vez obtenida la documentación, el reclamante manifiesta que no está de acuerdo con algunos puntos de la misma, y el centro reitera que se le ha enviado lo que consta en sus archivos y en la historia clínica. Por ello, se declara pérdida sobrevenida del objeto de la misma (se obtuvo la respuesta del SAS), con independencia del derecho del reclamante, si lo considera oportuno, a acudir ante las autoridades sanitarias, administrativas o judiciales competentes para dirimir el motivo de la controversia en el ámbito médico/sanitario. DECLARACIÓN DE TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-12/2022 10/10/2022
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por falta de respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso por el Servicio Andaluz de Salud en relación a la solicitud de información sobre los registros de acceso a su historia clínica. Se ha constatado que el centro intentó contactar con la persona para hacerle llegar la información, pero, por distintas circunstancias, la documentación no se le llegó a facilitar de modo efectivo; no obstante, solo finalmente, tras la admisión incluso de la reclamación se utilizó la vía del correo postal certificado para hacerle llegar la misma, si bien eso ocurrió tras lo plazos que permite la normativa de protección de datos. Es por esto por lo que SE ESTIMA POR MOTIVOS FORMALES la reclamación, sin que proceda realizar ninguna actuación posterior en relación con la misma por el órgano reclamado dado que dio respuesta, aunque de modo extemporáneo. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-15/2022 09/12/2022
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 16
  • 17
  • Derecho de rectificación
  • Derecho de supresión
Reclamación por respuesta inadecuada al EJERCICIO DE DERECHO de rectificación y supresión por el Servicio Andaluz de Salud en relación a la historia clínica de la persona reclamante. El órgano reclamado dio respuesta en plazo a los derechos ejercitados por la persona reclamante desestimando su solicitud alegando que los datos eran necesarios para su historia clínica. Dado que el Consejo no puede entrar a enjuiciar -una vez que se ha determinado que se ha dado respuesta a la solicitud de derechos de rectificación y supresión ejercida por el reclamante- la realidad de los hechos ocurridos, se DESESTIMA la reclamación, sin que proceda realizar ninguna actuación posterior en relación con la misma por el órgano reclamado dado que dio respuesta. DESESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-16/2022 09/12/2022
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por falta de respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso por el Servicio Andaluz de Salud (SAS) en relación con informes médicos de la persona reclamante. Durante la tramitación no se acredita que se haya ofrecido respuesta a la persona reclamante ni se justifica el posible motivo de la falta de respuesta. Así, SE ESTIMA la reclamación contra el responsable del tratamiento, la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud (Servicio Andaluz de Salud), instándole a ofrecer la adecuada respuesta al derecho de acceso ejercicio por la persona reclamante. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-17/2022 12/12/2022
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por falta de respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso por el Servicio Andaluz de Salud (SAS) en relación con el acceso de los profesionales que habían accedido a la historia clínica de la persona reclamante. En el transcurso de la tramitación, tras la remisión al DPD de la reclamación, y en el plazo de un mes que otorga la normativa, desde el SAS se da respuesta a la persona reclamante en relación con el ejercicio de derechos solicitado. Por ello, se declara la pérdida sobrevenida del objeto de la reclamación y, consiguientemente, la terminación del procedimiento, en la medida en que la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud (Servicio Andaluz de Salud) dio adecuada respuesta a la solicitud formulada por la persona reclamante. DECLARACIÓN DE TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RPS-33/2022 13/12/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 29
  • 32.1
  • Vulneración en relación al "Tratamiento bajo la autoridad del responsable o del encargado del tratamiento"
  • Falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas
Se reclama el acceso indebido a la historia clínica de la persona reclamante desde un Centro de Salud distinto al que tiene asignado. Tras el análisis de la reclamación, y efectuados los trámites contemplados en la normativa, se inicia procedimiento sancionador por posible incumplimiento tanto del artículo 29 RGPD, por acceso indebido de personal a la historia clínica de la persona reclamante, como del artículo 32.1 RGPD en relación con la falta de aplicación de medidas técnicas y organizativas apropiadas para evitar los accesos indebidos a la historia clínica de la persona reclamante, al haberse detectado la existencia de un posible acceso indebido por parte de un profesional de enfermería.
Alega el órgano reclamado que mientras no se haya resuelto el expediente disciplinario que aclare los motivos por los cuales se produjeron los accesos a la historia clínica de la persona reclamante por parte del profesional de ese Centro de Salud, no puede acreditarse que el acceso por parte de este profesional sea constitutivo de infracción. Alega además que el acceso a la historia clínica de un paciente desde un centro distinto al que este tiene asignado, no implica necesariamente una infracción ya que la consulta a dicho historial médico podría tener lugar, entre otros motivos, desde otro centro por el profesional que ya le atendió previamente.
Ante dicho argumento, el Consejo en ningún momento se cuestiona dicha circunstancia que, evidentemente, responde a la necesidad de garantizar la atención de las personas usuarias del Servicio Andaluz de Salud desde cualquier lugar y, por ende, su derecho a la salud. Sin embargo, hasta la fecha de la Resolución, no se facilitaron a este organismo las razones concretas que justifican el acceso a la historia clínica de la persona reclamante desde el ese Centro de Salud, ni se ha acreditado la existencia de medidas técnicas u organizativas en el mismo que impidan que puedan producirse accesos indebidos.
Por consiguiente, se dirige un APERCIBIMIENTO a la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud (Servicio Andaluz de Salud), por infracción de los artículos 29 y 32.1 RGPD, tipificadas en el artículo 83.4 RGPD, en relación con el acceso indebido de personal a la historia clínica de la reclamante, y la falta de aplicación de medidas técnicas y organizativas apropiadas para evitarlo.
APERCIBIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-2023/002 07/02/2023
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 16
  • 17
  • Derecho de rectificación
  • Derecho de supresión
Reclamación por respuesta inadecuada al EJERCICIO DE DERECHOS de rectificación y supresión por el Servicio Andaluz de Salud (SAS) en relación con la historia clínica de la persona reclamante. Se DESESTIMA la reclamación en la medida en que el Hospital (Servicio Andaluz de Salud) contestó en plazo a los derechos ejercitados por la persona reclamante y este Consejo no puede entrar a enjuiciar -una vez que se ha determinado que se ha dado respuesta a los derechos ejercidos - la realidad de los hechos ocurridos, en relación con la posible contradicción entre lo declarado por la persona reclamante y por los profesionales sanitarios, por lo que si la persona reclamante lo considera oportuno, deberá acudir a las autoridades sanitarias, administrativas o judiciales competentes para dirimir el motivo de la controversia. DESESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-2023/005 07/02/2023
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por falta de respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso ejercitado por la persona reclamante por parte del Servicio Andaluz de Salud. En el transcurso de la tramitación se ha constado que el responsable del tratamiento no dio respuesta en el plazo que establece la normativa de protección de datos personales al ejercicio de derecho de acceso solicitado por la persona reclamante. Sin embargo, una vez iniciado el trámite de la reclamación con arreglo a lo establecido en el Título VIII LOPDGDD, y tras la nueva solicitud de información al DPD sobre las actuaciones llevadas a cabo en relación con la misma- el órgano reclamado dio respuesta a la persona reclamante sobre el derecho de acceso ejercitado por esta. Por ello, se ESTIMA POR MOTIVOS FORMALES la reclamación sin que proceda instar a otra actuación al órgano reclamado. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-2023/009 21/03/2023
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso ejercitado por la persona reclamante por parte de la Fundación Ciudades Medias Centro de Andalucía en relación con los datos personales para la creación de una bolsa de trabajo. En el transcurso de la tramitación ha quedado acreditado que finalmente, fuera del plazo legalmente establecido, la persona reclamante recibió nueva contestación por parte del órgano reclamado al derecho de acceso ejercitado, facilitándole, en esta ocasión, copia de sus datos personales y se le informaba que no poseían otros datos personales ya que la Fundación no guardó otra información personal ni se tomaron datos personales más allá de los ya indicados y puestos a su disposición. Por ello, se ESTIMA POR MOTIVOS FORMALES la reclamación sin que proceda instar a otra actuación al órgano reclamado.
ESTIMADA ENTIDADES LOCALES FUNDACIÓN CIUDADES MEDIAS DEL CENTRO DE ANDALUCÍA Ver
RPS-2023/002 23/01/2023
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 32.1
  • Falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas
Se trata de una reclamación contra la Escuela de Arte de Sevilla (Consejería de Educación y Desarrollo Educativo) en relación con la divulgación de un documento entre todos los profesores del claustro que la persona reclamante había enviado para realizar observaciones a un acta. En dicho documento se incluían datos personales de la misma como el domicilio. Aunque el centro argumenta la seguridad del sistema de mensajería utilizado (Séneca), desde el Consejo se hace mención a que no se pone en duda dicha seguridad, sino el contenido que puedan o no incluir los documentos que se remitan a partir de él.
Se considera que no se disponía de medidas adecuadas para que el personal conociera cómo debía remitirse la documentación (ocultando datos no necesarios) y se dicta el APERCIBIMIENTO por vulneración del artículo 31.2 del RGPD, en relación con la inexistencia de las mencionadas medidas. No se incluyen en la resolución otras medidas a llevar a cabo por parte del centro, dado que en transcurso del procedimiento, la Escuela implanta medidas específicas para indicar cómo han de remitirse los documentos, si bien al detectarse una falta de actualización en el inventario de actividades de tratamiento, se insta a la Consejería a realizar dicha actualización.
APERCIBIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA ESCUELA DE ARTE DE SEVILLA (CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL) Ver