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Fecha Tipológia Ley Art Párrafo Resumen Sentido Ámbito Órgano Ordenar ascendente Ficha
RPS-2023/004 13/03/2023
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 28
  • Vulneración en relación a la obligación de establecer un vínculo jurídico entre responsable y encargado del tratamiento
Se reclama la publicación de imágenes en redes sociales de una persona menor por parte del personal de un Centro educativo.
El órgano reclamado, entre otras cuestiones, alega que el Pliego de Clausulas Administrativas Particulares (PCAP) tipo contempla determinadas obligaciones respecto de la protección de datos en su Anexo XXV, modelo de acuerdo de confidencialidad y en su Anexo XXVI, modelo del tratamiento de datos, todo ello en cumplimiento del RGPD y a la LOPDGDD. Sin embargo, entiende este Consejo que sin perjuicio de que en el modelo de PCAP tipo se hiciera referencia al tratamiento de datos personales, ni en el contrato ni en sus distintas prórrogas suscritas entre la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación y la Entidad se regulaba el acceso de ésta a los datos personales responsabilidad del órgano reclamado cumpliendo todos los requisitos exigidos por el artículo 28 RGPD.
Por ello, se dirige un apercibimiento a la Dirección General de Infancia, Adolescencia y Juventud (Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad) por infracción del artículo 28 RGPD.
APERCIBIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE IGUALDAD, POLÍTICAS SOCIALES Y CONCILIACIÓN Ver
RED-2023/007 09/03/2023
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso ejercitado por la persona reclamante por parte de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, (Dirección General de Personas Mayores y Pensiones No Contributivas). En el transcurso de la tramitación ha quedado acreditado que el órgano reclamado desestimó la solicitud de la persona reclamante alegando que el derecho de acceso no implica, necesariamente, un derecho absoluto a acceder indiscriminadamente a toda la información con que cuenta los órganos administrativos responsables de su depósito y custodia. Sin embargo, entiende este Consejo que en la medida que la voz hace identificable a la persona ahora solicitante, es un dato personal y, por tanto, el derecho de acceso ejercitado por la persona reclamante está amparado por el Reglamento General de Protección de Datos. Por ello, se ESTIMA la reclamación contra el responsable del tratamiento, y se insta a la Dirección General de Personas Mayores, Participación Activa y Soledad no deseada (Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad) a ofrecer la adecuada respuesta al derecho de acceso ejercicio por la persona reclamante. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE IGUALDAD, POLÍTICAS SOCIALES Y CONCILIACIÓN Ver
RED-6/2021 18/02/2021
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por falta de respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso a datos personales por la Consejería de Educación y Deporte en relación con diversa documentación, información y datos personales. Se estima la reclamación y se insta a los centros directivos responsables de los tratamientos afectados, conforme a sus respectivas competencias, para que remitan a la parte reclamante la respuesta a su solicitud de ejercicio de derechos, con independencia del sentido que pudiera darse a dicha respuesta. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE Ver
RED-7/2021 18/02/2021
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por falta de respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso a datos personales por la Consejería de Educación y Deporte en relación con diversa documentación, información y datos personales. Se estima la reclamación y se insta a los centros directivos responsables de los tratamientos afectados, conforme a sus respectivas competencias, para que remitan a la parte reclamante la respuesta a su solicitud de ejercicio de derechos, con independencia del sentido que pudiera darse a dicha respuesta. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE Ver
RED-13/2021 12/03/2021
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de acceso a datos personales por parte de responsables de tratamiento en la Consejería de Educación y Deporte, en relación con el acceso a diversos test y pruebas a un menor. Se desestima la reclamación en relación con el acceso a determinadas pruebas, por entenderse que el derecho había sido adecuadamente satisfecho y se estima la reclamación en relación con la solicitud de acceso a la rectificación de un informe de evaluación porque, aunque se había concedido el acceso al mismo, no quedaba acreditada la entrega efectiva del informe a la persona reclamante por parte del centro directivo responsable del tratamiento. ESTIMADA PARCIALMENTE JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE Ver
RPS-4/2022 14/02/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 32.1
  • Falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas
Se reclama porque desde un órgano territorial de la Consejería de Educación y Deporte se remite un certificado de estudios de modo que, a través del código seguro de verificación (CSV) de la firma electrónica del documento es posible acceder a datos personales no solo de la persona que recibía el certificado, sino de todas aquellas que figuraban en el documento que se había firmado conjuntamente. Desde la Consejería se indica, aportando el Registro de Actividades de Tratamiento, que el responsable del correspondiente tratamiento es la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa. No obstante, una vez iniciado el procedimiento sancionador contra el mencionado centro directivo por la vulneración del artículo 32.1 RGPD por la falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas, se llega a constatar, dado que desde la Consejería se modifica el criterio en relación con la responsabilidad de la operación de tratamiento objeto de la infracción, que la responsabilidad sobre la infracción cometida recaía en el órgano provincial.
Se sobresee el expediente contra la Dirección General y no cabe iniciar nuevo expediente contra el órgano provincial por la prescripción de la infracción.
No obstante, en la resolución se insta a la Consejería de Educación y Deporte a que determine claramente en su Registro de Actividades de Tratamiento quién o quiénes son los responsables de la operación de tratamiento que supone la certificación de los estudios realizados y en qué tratamiento o tratamientos está incluida dicha operación.
ARCHIVO JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE Ver
RED-1/2022 31/01/2022
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de acceso por la Consejería de Educación y Deporte en relación a la solicitud de información sobre datos personales propios y de hijos menores de edad, sobre los que el reclamante acredita la patria potestad, aportados por otra persona, en distintas solicitudes de admisión y matriculación en centros educativos públicos. El órgano reclamado había remitido ya determinada documentación al reclamante antes de su solicitud formal de ejercicio de derechos, si bien no se acredita que, con posterioridad a la misma, se procediera a su respuesta. Se ESTIMA la reclamación y se insta al responsable del tratamiento, la Dirección General de Planificación y Centros para que remita al reclamante respuesta al derecho de acceso ejercitado. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE Ver
RPS-17/2022 20/04/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 5.1.c)
  • 5.1.f)
  • Vulneración del principio de “minimización de datos”
  • Vulneración del principio de “integridad y confidencialidad"
Una de las personas candidatas, no seleccionada, a un puesto de dirección de un centro docente solicita información sobre el proceso de designación, y en el informe que se le remite constan datos personales de otra persona candidata, tampoco seleccionada. Esta última, al tener conocimiento de estos hechos, presenta una reclamación por la difusión de los citados datos. Tras el correspondiente procedimiento sancionador, se dirige un APERCIBIMIENTO a la Delegación Territorial de Educación y Deporte en Málaga por infracción de los principios de minimización y confidencialidad en el tratamiento de los datos de la reclamante. APERCIBIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE Ver
RED-11/2022 18/10/2022
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 17
  • Derecho de supresión
Una persona presenta una reclamación debido a que se le ha exigido por parte de un tribunal, para poderse presentar a unas pruebas, un justificante de la necesidad de portar dispositivos electrónicos por motivos de salud, sin que previamente se le hubiera informado de ese requisito. Lo único que puede aportar en ese momento para justificar el uso de dichos dispositivos son certificados médicos, que incluyen información sobre la patología sufrida existente. Posteriormente, ejerce su derecho de supresión ante la Consejería de Educación y Deporte (Delegación Territorial de Almería) en relación con la información aportada. Ni tras su petición de ejercicio de derechos ni tampoco posteriormente, al darle traslado de la reclamación al DPD, se le ofrece respuesta a dicho ejercicio de derechos, aunque al Consejo se le informa de que no se guardó copia de la información aportada. Al no existir respuesta formal al reclamante, la reclamación se ESTIMA, instando a la D.G. del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos y, en su caso, a la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Almería, a que ofrezca la adecuada respuesta a su petición.
Con independencia de la resolución relativa al ejercicio del derecho de supresión, existe otro expediente (de tramitación separada) en relación con la posible infracción de la normativa por la exigencia de aportación del justificante, sin que mediara información previa sobre dicho requisito.
ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE Ver
RPS-30/2022 10/10/2022
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 32.1
  • Falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas
Un profesional médico de la Delegación Territorial de Educación y Deportes, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Cádiz reclama contra ésta que se ha jubilado pero le siguen llegando correos de personas que dependen de la Delegación Territorial y que le aportan información médica.
El problema es que se estaba utilizando en el sistema de gestión la cuenta de correo corporativa del reclamante como cuenta desde la que se enviaban mensajes de la Asesoría Médica a las personas usuarias, lo que originaba que algunas de estas personas, al responder, lo hicieran a la cuenta desde la que se había remitido el mensaje (la cuenta del reclamante), exponiendo circunstancias médicas particulares.
En sus alegaciones, la Delegación Territorial señala, entre otras cuestiones, que no sería el órgano responsable de la comisión de la infracción. Sin embargo, entiende el Consejo que la Delegación Territorial simultáneamente a la comunicación de la jubilación del reclamante a los efectos del posible mantenimiento de su cuenta de correo, debió también gestionar que dicha cuenta de correo corporativa dejara de figurar en el sistema como la cuenta asociada a la Asesoría Médica, de modo que los mensajes a las personas afectadas no fueran remitidos desde la misma, con independencia de quien realizara efectivamente la citada operatoria.
Por consiguiente, se dirige un APERCIBIMIENTO a la Delegación Territorial de Educación y Deporte en Cádiz, actualmente Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz (adscrita orgánicamente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional) por no haber aplicado las medidas técnicas y organizativas
apropiadas para garantizar la confidencialidad de los datos.
APERCIBIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE Ver
RED-2023/001 12/01/2023
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por respuesta inadecuada al EJERCICIO DE DERECHO de acceso ejercitado por la persona reclamante por parte de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación ya que en la respuesta se hacía referencia, fundamentalmente, a cuestiones relativas a otro expediente de reclamación por un presunto tratamiento inadecuado de datos personales. Según informó la propia persona reclamante, posteriormente, el órgano reclamado le remitió nueva respuesta pero en la misma no daba respuesta concreta respecto a los datos personales concernientes a la persona reclamante que eran objeto de tratamiento. Por ello, se ESTIMA la reclamación contra el responsable del tratamiento, la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación (Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional), instándole a ofrecer la adecuada respuesta al derecho de acceso ejercicio por la persona reclamante ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE Ver
RED-2023/003 07/02/2023
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por falta de respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso ejercitado por la persona reclamante por parte de la Consejería de Educación y Deporte (actual Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional). En el trascurso de la tramitación no ha quedado acreditado que la Consejería de Educación y Deportes diera respuesta a la persona reclamante, en el plazo que establece la normativa de protección de datos personales, ni posteriormente al derecho de acceso ejercitado por esta. Por ello, se ESTIMA la reclamación contra el responsable del tratamiento, la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, instándole a ofrecer la adecuada respuesta al derecho de acceso ejercicio por la persona reclamante. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE Ver
RED-2023/006 09/03/2023
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por falta de respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso ejercitado por la persona reclamante por parte de un centro educativo (Consejería de Educación y Deporte). A pesar de haber sido requerido en reiteradas ocasiones al órgano reclamado no ha quedado acreditado que el centro educativo diera respuesta a la persona reclamante, en el plazo que establece la normativa de protección de datos personales, ni posteriormente, a los tres derechos de acceso ejercitados por ésta. Por ello, se ESTIMA la reclamación contra el responsable del tratamiento, el centro educativo (Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional), instándole a ofrecer la adecuada respuesta al derecho de acceso ejercicio por la reclamante. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE Ver
RED-2023/008 22/03/2023
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso ejercitado por la persona reclamante por parte de la Consejería de Educación y Deporte (Delegación Territorial, centro educativo). En el transcurso de la tramitación ha quedado acreditado que el órgano reclamado contestó a la persona reclamante, sin embargo, una vez analizada la resolución como respuesta al ejercicio de derechos a la persona denunciante, este Consejo pudo verificar que en la misma no se le informó específicamente en relación con los extremos exigidos por el artículo 15 RGPD. Por ello, se ESTIMA la reclamación y se insta a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional (Delegación Territorial, centro educativo), para que remita a la parte reclamante respuesta completa al derecho de acceso ejercitado en relación con los datos personales de la persona reclamante. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE Ver
RPS-2023/007 18/05/2023
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 6
  • 13
  • Vulneración de la "Licitud del tratamiento"
  • Vulneración en relación “la información que deberá facilitarse cuando los datos personales se obtengan del interesado"
Se trata de una reclamación contra un centro educativo de la Consejería de Educación y Desarrollo Educativo en relación las grabaciones en audio de las sesiones correspondientes a las reuniones de un Departamento didáctico sin haberse abordado con carácter previo modificación alguna del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Plan de Centro, a fin de dotar a dichas actuaciones de las necesarias garantías, establecidas en el RGPD.
Al respecto, en el seno de la instrucción del expediente sancionador, el órgano reclamado en sus alegaciones al acuerdo de inicio manifiesta, en síntesis, que con base en la normativa de organización y funcionamiento de centros educativos no se considera que se haya incurrido en falta de información a las personas integrantes del departamento sobre el hecho de que se vaya a realizar la grabación de una determinada sesión y, en relación a licitud del tratamiento, el órgano reclamado entiende que se considera que el centro docente y la Administración educativa están legitimados para recabar y tratar los datos personales, conforme a lo dispuesto en artículo 6.1, letras c) y e) del RGPS y los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Finalizada la instrucción del procedimiento, se procedió a realizar la correspondiente propuesta de resolución, que fue notificada al presunto infractor sin que realizara ninguna alegación.
El procedimiento concluye con un APERCIBIMIENTO por las infracciones de los artículos 6 y 13 del RGPD, ya que el Consejo considera que no ha quedado acreditado que el centro docente informara a los miembros del Departamento asistentes a las sesiones de que éstas iban a ser grabadas y tampoco ha quedado acreditado que se les informara de los extremos exigidos por el artículo 13 del RGPD. Asimismo, el Consejo evidencia que el órgano reclamado ha realizado un tratamiento ilícito de datos personales, consistente en la grabación de audio de las sesiones del Departamento, al no cumplir el citado tratamiento con alguna de las condiciones establecidas en el artículo 6.1 del RGPD.
APERCIBIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL Ver