Ficha Resumen de la Resolución

Número
PA-32/2025
Fecha
01/04/2025
Resumen
La persona denunciante centra su denuncia en las complicaciones que a su entender presenta poder localizar información en relación con un determinado expediente durante el trámite de información pública al que ha sido sometido y no en la propia publicación electrónica de la misma, tal y como exige la obligación de publicidad activa prevista en el art. 13.1 e) LTPA. Dicha eventualidad en sí misma no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el Título II LTPA, aunque de hecho el Consejo ha podido localizar publicada la documentación a la que se refiere la denuncia en el Portal de la Junta de Andalucía. No cabe, por tanto, admitir a trámite la denuncia, procediendo su inadmisión y archivo.
Indicador
Normas generales PA
Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
Documentación sometida a información pública
Documentación sometida a información pública
Información no sujeta a PA
Derechos reconocidos en la Ley de Transparencia
Derecho a la publicidad activa
Principios aplicables
Principio de Transparencia
Ley
·
Ley de Transparencia Pública de Andalucía
Ley de Transparencia Pública de Andalucía
Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
·
Ley de Transparencia Pública de Andalucía
·
Ley de Transparencia Pública de Andalucía
Ley de Transparencia Pública de Andalucía
Artículo
·
9
13
7
·
7
·
6
6
Párrafo
·
9.4
13.1 e)
7 e)
·
7
·
6
6 a)
Ámbito
JUNTA DE ANDALUCÍA
Órgano
Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural En Cádiz
Sentido
ARCHIVO
Resolución