Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1003

Mostrando del 106 al 120

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Fecha desde
pdf Fecha Ordenar ascendente Indicador Ley Art Párrafo Resumen Sentido Ámbito Órgano Ficha
36/2023 pdf 31/05/2023
  • Derecho a la publicidad activa
  • DESISTIMIENTO
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La persona denunciante se desiste una vez iniciado el procedimiento de denuncia. El Consejo acepta el desistimiento y declara la terminación del mismo. ARCHIVO ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE ARENAS Ver
38/2023 pdf 31/05/2023
  • Inf. Altos cargos y máximos responsables
  • Retribuciones AACC y máximos responsables
  • Normas generales PA
  • Derecho a la publicidad activa
  • Indemnizaciones cese
  • Retribuciones AACC y máximos responsables
  • Principios aplicables
  • Derechos reconocidos en la Ley de Transparencia
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • LTPA
  • LTAIBG
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  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
  • 11
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  • 8.1 f)
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La denuncia achaca a la empresa pública que no está publicando las retribuciones brutas de todos sus altos cargos con contrato de Dirección (sólo la del Consejero Delegado) ni tampoco las indemnizaciones, por lo que está incumpliendo lo dispuesto en el art. 8.1 f) LTAIBG, en relación con lo que a su vez dispone el art. 11 LTPA en sus letras b) y c).
El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, no se encuentran publicadas las retribuciones de cualquier naturaleza percibidas anualmente por los altos cargos o personas máximos responsables con contrato de dirección (inclusive el Consejero Delegado), por lo que se requiere a la entidad la subsanación y su oportuna publicación desde que la obligación le resultó exigible (2016).
En cuanto a las indemnizaciones, la empresa informa en su portal sobre la inexistencia de las mismas, por lo que al no existir la información y hacerse constar en este sentido, no puede admitirse que concurra un deficiente cumplimiento de la obligación de publicidad activa establecida en el art. 11 c) LTPA.
SUBSANACIÓN ENTIDADES LOCALES EMASESA Ver
39/2023 pdf 31/05/2023
  • ORGANIGRAMA
  • Organización y responsables
  • Estructura organizativa
  • ORGANIGRAMA
  • Diversos incumplimientos PA
  • Identificación responsables órganos
  • Identificación responsables órganos
  • Relación puestos de trabajo o equivalente
  • RPT o información sobre puestos
  • Perfil responsables órganos
  • Agendas institucionales de los gobiernos
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Puestos de trabajo
  • Perfil responsables órganos
  • Derecho a la publicidad activa
  • Principios aplicables
  • Normas generales PA
  • Estructura organizativa
  • Inf. institucional y organizativa
  • Inf. institucional y organizativa
  • Retribuciones anuales puestos de trabajo
  • Derechos reconocidos en la Ley de Transparencia
  • Organización y responsables
  • LTAIBG
  • LTAIBG
  • LTPA
  • LTPA
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  • LTAIBG
  • LTPA
  • LTPA
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  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
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  • LTAIBG
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  • LTPA
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  • LTAIBG
  • LTPA
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  • 10.1 g)
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  • 9.4
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  • 10.1 g)
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  • 10.1 c)
La denuncia se centra en señalar que el Consistorio no ha dado adecuado cumplimiento a la RES-PA-1/2017, de 11 de enero (DPA-15/2016) y que tampoco publica adicionalmente las retribuciones del personal eventual o de confianza así como la agenda de la Alcaldía con antelación. Finalmente, reseña que desde la Secretaría General del ente local no se publican sólo los datos que se hayan justificado documentalmente acerca de los perfiles profesionales de cada edil.
En cuanto al presunto incumplimiento de la resolución citada previamente dictada por el Consejo, no cabe aquí dicha valoración sino que debe efectuarse en el marco de un procedimiento autónomo que permita dictaminar si se le ha dado adecuado cumplimiento, teniendo en cuenta que el art. 57.2 LTPA habilita al Consejo para instar la incoación de un procedimiento sancionador o disciplinario al órgano o entidad que resulte competente cuando constate incumplimientos que puedan ser calificados como alguna de las infracciones previstas en el Título VI de dicha Ley.
Respecto de las retribuciones del personal eventual, el Consejo ha podido advertir que la página web municipal no facilita la relación de puestos de personal eventual que actualmente existe en el Ayuntamiento con indicación de las retribuciones anuales que les correspondan, asociadas a cada uno de ellos, lo que incumple la obligación de publicidad activa prevista en el art. 10.1 g) LTPA.
En cuanto a la agenda de la Alcaldía, el Consejo también ha podido constatar deficiencias en la configuración de la misma, contraviniendo de este modo la exigencia de publicidad activa prevista en el art. 10.1 m) LTPA.
Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la entidad local denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente las dos obligaciones de publicidad activa citadas.
Finalmente, en lo que atañe al ruego de la persona denunciante para que desde la Secretaría General de la entidad local sólo se publiquen datos justificados documentalmente para cumplir lo dispuesto en el art. 10.1 c) LTPA en relación con el perfil y trayectoria profesional de los ediles, a juicio de este órgano de control resulta excesivo inferir que pese sobre la misma el deber de verificar todos y cada uno de los datos que contenga el perfil profesional aportado por cada edil para garantizar que la información que se publique sea veraz. Deben ser estas personas quienes asuman la responsabilidad de garantizar la veracidad de los datos que proporcionen al Consistorio así como la asociada eventualmente a su no aportación.
SUBSANACIÓN ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE Ver
37/2023 pdf 29/05/2023
  • Derecho a la publicidad activa
  • Reclamación administrativa
  • Información no sujeta a PA
  • Reclamación administrativa
  • Acta sesiones plenarias EELL
  • Inf. institucional y organizativa
  • Inf. institucional y organizativa
  • Principios aplicables
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Derecho a la información pública
  • Normas generales PA
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  • LTAIBG
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  • LTPA
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  • LTAIBG
  • LTPA
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La ausencia de publicación telemática de las actas de las reuniones patronales por parte de una Fundación no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa definidas por el Título II LTPA.
En este sentido, la única exigencia prevista en la LTPA que guarda relación con este aspecto es la prevista en el art. 10.3 LTPA, que se limita a imponer a las entidades locales el deber de facilitar en sus sedes electrónicas, portales o páginas web las actas de las sesiones celebradas por sus respectivos Plenos ; lo que dista mucho de corresponderse con la pretensión de la persona denunciante.
Por otra parte, el Consejo carece de competencia para pronunciarse acerca de las consecuencias asociadas a que dichas actas no sean entregadas en tiempo y forma al comité de empresa como también alude la persona denunciante, por lo que dicha cuestión deberá ser considerada en el ámbito de los procedimientos que puedan instarse al respecto en sede administrativa o jurisdiccional por parte de ésta.
Así pues, ante la falta de acreditación del incumplimiento de alguna obligación de publicidad activa prevista en la normativa de transparencia, procede el archivo de la denuncia.
Ello no impide que cualquier persona pueda solicitar (en ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el artículo 24 LTPA) toda suerte de información que en relación con la información a la que se refiere la denuncia obre en poder de la Fundación. Solicitud que en el caso de ser inobservada o inadecuamente atendida por la misma podría legitimar la interposición de una reclamación ante el Consejo al amparo de lo que establece el citado artículo.
ARCHIVO ENTIDADES LOCALES FUNDACIÓN CENTRO DE ACOGIDA SAN JOSÉ Ver
34/2023 pdf 24/05/2023
  • Entidad no sujeta a PA
  • Diversos incumplimientos PA
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La denuncia plantea un presunto incumplimiento de obligaciones de publicidad activa por parte del organismo autónomo local, al no encontrarse publicada en su página web diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria.
Sin embargo, el Consejo ha podido confirmar que dicho ente ha sido disuelto, quedando extinguido y siendo asumidos sus fines y competencias por los servicios municipales del Consistorio de Vélez-Málaga a partir del 1 de enero de 2023.
En consecuencia, se declara el archivo de la denuncia presentada así como la terminación del procedimiento tramitado por el Consejo que trae causa de la misma.
ARCHIVO ENTIDADES LOCALES ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL DE DESARROLLO INTEGRAL DEL MUNICIPIO DE VÉLEZ-MÁLAGA (OALDIM) Ver
35/2023 pdf 24/05/2023
  • Principios aplicables
  • Normas generales PA
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Entidad no sujeta a PA
  • Diversos incumplimientos PA
  • Derecho a la publicidad activa
  • LTPA
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La denuncia plantea un presunto incumplimiento de obligaciones de publicidad activa por parte de la Fundación, al no encontrarse publicada en su página web diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria.
Sin embargo, todas las comprobaciones efectuadas por el Consejo conducen a concluir que no resulta aplicable el marco normativo regulador de la transparencia a dicha Fundación, ya que no se encuentra incluida en el ámbito subjetivo de aplicación establecido en el art. 3 LTPA ni consta que haya recibido anualmente con cargo a la Administración ayudas y subvenciones públicas en cuantía superior a 100.000 euros que la hagan someterse a las obligaciones de transparencia establecidas en la legislación básica, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 5.1 LTPA.
De este modo, la no sujeción de la Fundación denunciada a lo dispuesto tanto en la legislación básica estatal (LTAIBG) como en la norma andaluza (LTPA) impide al Consejo pronunciarse acerca de la denuncia formulada, por lo que se inadmite a trámite la misma.
ARCHIVO OTRAS FUNDACIÓN MARÍA ZAMBRANO Ver
33/2023 pdf 19/05/2023
  • Inf. institucional y organizativa
  • Retribuciones anuales puestos de trabajo
  • Reclamación administrativa
  • Principios aplicables
  • Derecho a la publicidad activa
  • Inf. institucional y organizativa
  • Normas generales PA
  • Reclamación administrativa
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Información no sujeta a PA
  • LTAIBG
  • LTPA
  • LTAIBG
  • LTPA
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La ausencia de publicación telemática de los listados de productividad y criterios aplicados según el artículo 5 del Decreto 117/1991, de 11 de junio, por el que se aprueban los criterios objetivos técnicos para la aplicación del Complemento de Productividad; no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa definidas por el Título II LTPA.
A este respecto, es conveniente subrayar que la obligación de publicidad activa que impone la LTPA respecto de las retribuciones percibidas por los empleados públicos —de acuerdo con el art. 10.1 g) LTPA— se refiere a las retribuciones anuales asociadas a los puestos de trabajo que figuren en las relaciones de puestos de trabajo, catálogos de puestos o documento equivalentes, 'sin incluir ni considerar los conceptos retributivos propios y exclusivos de las personas que, en su caso, pudieran ocupar los puestos, como es el caso de trienios u otros complementos personales', tal y como ha tenido ocasión de pronunciarse el Consejo en sus Resoluciones.
Por otra parte, el art. 46.3 c) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía —al que se remite el propio art. 5 del Decreto 117/1991, de 11 de junio— define el complemento de productividad como una retribución complementaria destinada 'a retribuir el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativa con que el funcionario desempeñe su trabajo', lo que permite concluir que se configura como una retribución que no aparece asociada a la naturaleza objetiva del puesto de trabajo en sí ―aspecto al que atiende la obligación de publicidad activa prevista art. 10.1 g) LTPA― sino a diversas aptitudes personales con las que el empleado público desempeña el mismo y que pueden hacer variar su cuantía.
Así pues, ante la falta de acreditación del incumplimiento de alguna obligación de publicidad activa prevista en la normativa de transparencia, procede el archivo de la denuncia.
Ello no impide que cualquier persona pueda solicitar (en ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el artículo 24 LTPA) toda suerte de información que, en relación con la documentación a la que se refiere la denuncia, obre en poder de la Agencia denunciada. Solicitud que en el caso de ser inobservada o inadecuamente atendida por la misma podría legitimar la interposición de una reclamación ante el Consejo al amparo de lo que establece el citado artículo, tal y como de hecho ha asumido acertadamente la persona denunciante.
ARCHIVO JUNTA DE ANDALUCÍA AGENCIA DIGITAL DE ANDALUCÍA Ver
31/2023 pdf 17/05/2023
  • Difusión sesión plenaria
  • Grabación sesión plenaria
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Derecho a la publicidad activa
  • Normas generales PA
  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
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Tras consultar las distintas plataformas electrónicas que pone a disposición de la ciudadanía el ente local (página web y portal de transparencia), el Consejo ha podido corroborar la ausencia los archivos audiovisuales correspondientes al conjunto de sesiones celebradas por el Pleno del Ayuntamiento (ya sean ordinarias u extraordinarias) desde el año 2019, teniendo en cuenta que la persona denunciante acota su pretensión a la actual legislatura (2019-2023). En su defecto, tampoco figura información alguna y/o enlace que permita confirmar, en su caso, que se hubiera habilitado por el Ayuntamiento la posibilidad de seguir en directo durante su celebración la retransmisión de las sesiones plenarias de las que no aparece publicado archivo audiovisual alguno. En consecuencia, se requiere la oportuna subsanación.
Si se careciera de la información sobre los archivos audiovisuales descritos, simplemente no existieran o se hubiera habilitado por el Consistorio la posibilidad de seguir en directo durante su celebración la retransmisión de las sesiones plenarias de las que no aparece publicado archivo audiovisual alguno, deberá darse expresa cuenta de ello en el apartado o pestaña correspondiente de la sede electrónica, portal o página web de la entidad local.
SUBSANACIÓN ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE ARENAS Ver
32/2023 pdf 17/05/2023
  • Principios aplicables
  • Normas generales PA
  • Inf. institucional y organizativa
  • Procesos de selección de personal
  • Inf. institucional y organizativa
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • LTPA
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  • 10.1 k)
  • 6.1
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La persona denunciante señala que el Ayuntamiento no ha publicado el reglamento por el que se rigen las bolsas actuales de arquitectos técnicos, lo que parece evidenciar un supuesto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 10.1 k) LTPA.
Tras consultar la página web municipal, el Consejo ha podido advertir que, si bien no existe dicho reglamento como tal, sí hay actualmente en vigor una bolsa de trabajo de arquitectos técnicos relacionada con la denuncia respecto de la que no se facilita ningún tipo de información sobre las bases y la convocatoria por las que se rige.
Así las cosas, el Consejo considera que existe un cumplimiento defectuoso de dicha obligación, por lo que en virtud del art. 23 LTPA se requiere la oportuna subsanación.
SUBSANACIÓN ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE FUENGIROLA Ver
29/2023 pdf 16/05/2023
  • Actuaciones control sobre presupuestos
  • Normas generales PA
  • Objetivos estabilidad y sostenibilidad presupuestos
  • Informes externos de auditoría y fiscalización de cuentas
  • CUENTAS ANUALES
  • Datos de contratos
  • Cuentas anuales que deban rendirse
  • Inf. Económica, financiera y presupuestaria
  • Derecho a la publicidad activa
  • Inf. Económica, financiera y presupuestaria
  • CUENTAS ANUALES
  • PRESUPUESTOS
  • Datos estadísticos sobre contratación
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Contratos menores
  • Inf. Contratos, convenios y subvenciones
  • Estado ejecución presupuestos
  • Principales partidas presupuestarias
  • PRESUPUESTOS
  • Principios aplicables
  • LTPA
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  • LTAIBG
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La persona denunciante achaca a la empresa pública una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa en materia de presupuestos, cuentas anuales y datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público.
El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente.
Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa.
SUBSANACIÓN ENTIDADES LOCALES EMPRESA MUNICIPAL DE TELEVISIÓN LOCAL DIGITAL DE ALMERÍA “INTERALMERÍA TELEVISIÓN, S.A.” Ver
30/2023 pdf 16/05/2023
  • Contratos
  • Convenios
  • Inexistencia de portal de transparencia
  • CUENTAS ANUALES
  • Contratación o Convenios
  • Inf. Económica, financiera y presupuestaria
  • Contratos menores
  • Datos de contratos
  • Derecho a la publicidad activa
  • PRESUPUESTOS
  • Actuaciones control sobre presupuestos
  • Inf. Contratos, convenios y subvenciones
  • Estado ejecución presupuestos
  • Inf. Económica, financiera y presupuestaria
  • Principios aplicables
  • Objetivos estabilidad y sostenibilidad presupuestos
  • Contratos
  • Cuentas anuales que deban rendirse
  • CUENTAS ANUALES
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Informes externos de auditoría y fiscalización de cuentas
  • Convenios
  • PRESUPUESTOS
  • Normas generales PA
  • (COMPLETAR)
  • (COMPLETAR)
  • LTPA
  • LTPA
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  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
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  • LTAIBG
  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
  • LTAIBG
  • LTPA
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  • LTPA
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  • (COMPLETAR)
  • LTPA
  • LTPA
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  • (completar)
  • (completar)
  • 9
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La persona denunciante achaca a la empresa pública una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa en materia de presupuestos, cuentas anuales, informes de auditoría, contratos, convenios e informe de bienes. También reseña que no dispone de portal de transparencia.
El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente.
Sin embargo, de la simple ausencia de un portal de transparencia expresamente habilitado por la entidad no puede derivarse incumplimiento alguno, al disponer ésta de una página web en uso donde poder satisfacer sus obligaciones de publicidad activa.
Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa.
SUBSANACIÓN OTRAS EMPRESA MUNICIPAL ALMERÍA XXI, S.A. Ver
28/2023 pdf 12/05/2023
  • Normas generales PA
  • PRESUPUESTOS
  • Inexistencia de portal de transparencia
  • Derecho a la publicidad activa
  • Actuaciones control sobre presupuestos
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Datos de contratos
  • Contratos menores
  • PRESUPUESTOS
  • Contratos
  • Inf. Contratos, convenios y subvenciones
  • Estado ejecución presupuestos
  • Contratos
  • Objetivos estabilidad y sostenibilidad presupuestos
  • ·
  • LTPA
  • LTPA
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  • LTPA
  • LTAIBG
  • (COMPLETAR)
  • LTPA
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  • 15
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La persona denunciante achaca al Consorcio un presunto incumplimientos de sus obligaciones de publicidad activa en materia de presupuestos y contratos; así como que carece de portal de transparencia.
El Consejo ha podido confirmar que, efectivamente, la información que se ofrece sobre presupuestos y contratos en la página web de la entidad resulta escasa e insuficiente.
Sin embargo, de la simple ausencia de un portal de transparencia expresamente habilitado por el Consorcio no puede derivarse incumplimiento alguno, al disponer éste de una página web en uso donde poder satisfacer sus obligaciones de publicidad activa.
Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la entidad denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente las exigencias de publicidad activa citadas.
SUBSANACIÓN ENTIDADES LOCALES CONSORCIO CENTRO FEDERICO GARCÍA LORCA Ver
26/2023 pdf 09/05/2023
  • Contratos
  • Contratos menores
  • Inf. Económica, financiera y presupuestaria
  • Derecho a la publicidad activa
  • Principios aplicables
  • Normas generales PA
  • CUENTAS ANUALES
  • Cuentas anuales que deban rendirse
  • Contratos
  • Inf. Económica, financiera y presupuestaria
  • Informes externos de auditoría y fiscalización de cuentas
  • Datos estadísticos sobre contratación
  • Inf. Contratos, convenios y subvenciones
  • Datos de contratos
  • CUENTAS ANUALES
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • LTPA
  • LTPA
  • LTAIBG
  • ·
  • LTPA
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  • LTPA
  • LTPA
  • (COMPLETAR)
  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
  • (COMPLETAR)
  • LTPA
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  • 16
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La persona denunciante achaca a la entidad local una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa respecto de contratos menores, cuentas anuales, datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público
e informes de auditoría de empresas municipales.
El Consejo sólo ha podido advertir incumplimiento en lo que atañe a la información que se facilita acerca de los datos estadísticos, en tanto en cuanto la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente.
Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere al Consistorio la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información descrita.
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27/2023 pdf 09/05/2023
  • Objetivos estabilidad y sostenibilidad presupuestos
  • CUENTAS ANUALES
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  • Inf. Contratos, convenios y subvenciones
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
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  • Estado ejecución presupuestos
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  • Contratación o Convenios
  • Derecho a la publicidad activa
  • CUENTAS ANUALES
  • Inf. Económica, financiera y presupuestaria
  • PRESUPUESTOS
  • Inf. Económica, financiera y presupuestaria
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La persona denunciante achaca a la empresa pública una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa respecto de los contratos menores del cuarto trimestre de 2022, convenios de 2023, presupuestos, cuentas anuales y datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público.
El Consejo ha podido confirmar que, en lo que atañe a contratos y convenios, la información se encuentra publicada. Sin embargo, en lo que respecta a presupuestos, cuentas anuales y datos estadísticos, la información que resulta accesible resulta escasa e insuficiente.
Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente estas últimas exigencias de publicidad activa.
SUBSANACIÓN ENTIDADES LOCALES EMPRESA MUNICIPAL ALMERÍA TURÍSTICA, S.A. Ver
24/2023 pdf 04/05/2023
  • Contratos menores
  • Normas generales PA
  • Contratos
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Principios aplicables
  • Datos de contratos
  • Contratos
  • Derecho a la publicidad activa
  • Inf. Contratos, convenios y subvenciones
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La persona denunciante atribuye al Ayuntamiento un supuesto incumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa como consecuencia de la ausencia de información sobre los procesos de contratación pública que afectan al Consistorio.
Sin embargo, tras consultar la página web del ente local, el Consejo ha podido confirmar que se ofrece diversa información sobre las adjudicaciones de contratos efectuadas por el Ayuntamiento entre 2015 y 2023, dando adecuado cumplimiento a lo dispuesto en el art. 15 a) LTPA. Todo ello teniendo en cuenta, además, que al objeto de satisfacer las exigencias de publicidad activa, se puede facilitar la información de que se trate mediante la habilitación de un link o enlace web que de acceso a la misma, siempre que queden inequívocamente identificados dichos enlaces en la propia sede electrónica, portal o página web del sujeto obligado, como sucede en el presente caso.
Se acuerda, en consecuencia, el archivo de la denuncia interpuesta.
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