Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1003
Mostrando del 121 al 135
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Nº | Fecha | Indicador | Ley | Art | Párrafo Ordenar descendente | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha | |
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112/2023 | 30/10/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa municipal una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | EMPRESA MUNICIPAL PARA LA INSERCIÓN LABORAL DEL DISCAPACITADO, S.A. (EMILADSA) | Ver | |
131/2023 | 27/11/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa municipal una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | IMPULSA EL PUERTO, S.L.U. | Ver | |
42/2022 | 23/06/2022 |
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La entidad subvencionada no ha procedido a subsanar en su integridad los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2019-2021, por lo que procede requerir que publique la información de publicidad activa omitida que le resulta exigible. | SUBSANACIÓN | OTRAS | SAMAFRAVA, S.A. | Ver | |
61/2023 | 18/07/2023 |
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La persona denunciante achaca a la Fundación una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la Fundación denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | OTRAS | FUNDACIÓN CAMPUS TECNOLÓGICO DE ALGECIRAS | Ver | |
76/2023 | 28/07/2023 |
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La denuncia atribuye a la EUC un supuesto incumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa como consecuencia de la falta de publicación de un determinado informe de auditoría privada realizada a la entidad así como del contrato formalizado para la emisión de dicho informe. En relación con el informe de auditoría, éste resulta por completo ajeno al ámbito de la publicidad activa que delimita el marco normativo regulador de la transparencia, ya que la previsión del art. 16 b) LTPA se circunscribe a los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización emitidos por los órganos de control de carácter externo (Tribunal de Cuentas y Cámara de Cuentas de Andalucía, en el caso andaluz) en relación con las cuentas anuales que deban rendirse por los sujetos concernidos por dicha obligación, dejando al margen de la previsión legal cualesquiera otros informes que, aun pudiendo ser confeccionados en referencia a las mismas, sean emitidos por cualquier otro tipo de órgano u entidad de naturaleza pública (como pudiera ser la propia Intervención General de un Ayuntamiento) o privada. En cuanto al contrato, el Consejo no ha podido advertir publicada información alguna de la que resulta exigible de conformidad con lo previsto en el art. 15 a) LTPA. En consecuencia, se requiere a la entidad a que publique en sede electrónica, portal o página web la información prevista en este último precepto en relación con el contrato formalizado para la emisión del informe de auditoría al que alude la denuncia. Si esta información no existiera por ausencia del repetido contrato, deberá darse expresamente cuenta de ello en el apartado correspondiente de las citadas plataformas electrónicas. |
SUBSANACIÓN | OTRAS | ENTIDAD URBANÍSTICA DE CONSERVACIÓN DE COSTA ESURI | Ver | |
105/2023 | 18/10/2023 |
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La persona denunciante achaca a la Fundación una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de índole económica, financiera y presupuestaria; así como respecto de contratos. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la Fundación denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | FUNDACIÓN BIBLIOTECA MANUEL RUIZ LUQUE | Ver | |
113/2023 | 30/10/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa municipal una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | SOCIEDAD MUNICIPAL DE SERVICIOS DE AYUDA A DOMICILIO DE ALMONTE (SADA, S.L.) | Ver | |
117/2023 | 06/11/2023 |
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La persona denunciante achaca a la entidad local una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la entidad local denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS | Ver | |
27/2017 | 19/07/2017 |
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Información de retribuciones de ediles |
REQUERIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE NERJA | Ver | |
101/2022 | 31/12/2022 |
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El Consejo ha constatado un cumplimiento deficiente por parte de la Mancomunidad de determinadas exigencias de publicidad activa ya que no facilita en su sede electrónica, portal o página web (o lo hace de modo incompleto) diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre los plenos y funcionamiento de la Junta General y de la Junta de Gobierno; sobre las retribuciones percibidas anualmente por las personas que ejercen la máxima responsabilidad en la entidad local; así como sobre sus Presupuestos. Se requiere, en consecuencia, la oportuna subsanación. Por otra parte, con motivo de una resolución anterior el Consejo ya advirtió la omisión de determinada información relativa a los contratos prevista en el art. 15 a) LTPA. Constatado de nuevo el incumplimiento procede, además de declararlo, acordar que se tramite el procedimiento para instar la incoación de un procedimiento sancionador o disciplinario, de acuerdo con lo previsto en el art. 57.2 LTPA. |
INCUMPLIMIENTO Y SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA TROPICAL | Ver | |
93/2023 | 20/09/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa municipal una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE PUENTE GENIL (SODEPO) | Ver | |
95/2023 | 25/09/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa municipal una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | EMPRESA DE SERVICIOS Y GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL DE PUENTE GENIL, S.A. (EGEMASA) | Ver | |
28/2017 | 02/08/2017 |
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Información sobre Presupuestos, Cuentas anuales y Agendas, deben publicarse en la página web. No resulta exigible lo dispuesto en el 22.1 LTPA a las Comisiones Informativas ni a la Comisión Especial de Cuentas. La documentación de la masa salarial no se exige normativamente que sea objeto de publicidad activa. |
REQUERIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE SANLÚCAR LA MAYOR | Ver | |
22/2022 | 20/04/2022 |
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El Consejo ha constatado que se siguen incumpliendo determinadas exigencias de publicidad activa cuya subsanación ya fue requerida al Ayuntamiento con motivo de una resolución anterior, al no facilitarse en su sede electrónica, portal o página web (o hacerlo de modo incompleto) información relativa a: organigrama ilustrativo de la estructura orgánica municipal; agenda institucional de la Alcaldía; retribuciones percibidas por cada uno de los máximos responsables de la entidad local; deuda pública y gasto público realizado en campañas de publicidad institucional. En consecuencia, se declara el incumplimiento y se acuerda tramitar el procedimiento para instar la incoación de un procedimiento sancionador o disciplinario, de acuerdo con lo establecido en el art. 57.2 LTPA. También se advierte que no se encuentran publicadas las Cuentas Generales del Consistorio de 2018 y 2019 así como los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización emitidos por parte de los órganos de control externo sobre ellas a partir de 2016, por lo que el Consejo requiere al ente local la oportuna subsanación para que proceda a publicar la correspondiente información. |
INCUMPLIMIENTO Y SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE TOMARES | Ver | |
17/2018 | 16/02/2018 |
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La información objeto de la denuncia se encuentra publicada en la web. Se archiva. |
ARCHIVO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA | Ver |