Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1003
Mostrando del 76 al 90
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Nº | Fecha | Indicador | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha | |
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167/2020 | 31/07/2020 |
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Se analiza la ausencia de información institucional y organizativa, así como el organigrama; publicación de acuerdos o pactos reguladores de las condiciones de trabajo y convenios colectivos vigentes;“[l]a identificación de las personas que forman parte de los órganos de representación del personal y el número de personas que gozan de dispensa total de asistencia al trabajo; ausencia de agenda institucional; las retribuciones de cualquier naturaleza percibidas anualmente por los altos cargos; datos estadísticos de los contratos; subvenciones y datos de repercusión económica | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE TOMARES | Ver | |
10/2022 | 01/03/2022 |
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El Consejo advierte un cumplimiento deficiente por parte de la empresa pública de determinadas exigencias de publicidad activa ya que no facilita en su portal o página web (o lo hace de modo incompleto) información relativa a: estatutos sociales de la entidad; datos identificativos junto al perfil y trayectoria profesional de las personas responsables; planes y programas anuales y plurianuales; convenios suscritos; presupuestos; informes de auditoría de cuentas y fiscalización emitidos por parte de órganos de control externo; retribuciones anuales percibidas por las personas que ejerzan la máxima responsablidad. Se requiere, en consecuencia, la oportuna subsanación. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AGUA Y RESIDUOS DEL CAMPO DE GIBRALTAR, S.A. (ARCGISA) | Ver | |
23/2022 | 21/04/2022 |
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Los hechos denunciados resultan ajenos al ámbito de la publicidad activa que delimita el marco normativo regulador de la transparencia ya que al responder las actuaciones concernientes a la Unidad de Ejecución sobre la que incide la denuncia a un sistema de compensación de actuación privada, en ningún caso se refieren a un contrato de obras formalizado por el ente local denunciado cuya publicación pueda resultar exigible conforme al art. 15 a) LTPA. Ello no impide que la asociación denunciante pueda solicitar (en aplicación de lo dispuesto en el artículo 24 LTPA) toda suerte de información que en relación con los hechos denunciados pueda encontrarse en poder del Ayuntamiento, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública. Solicitud que en el caso de ser inobservada o inadecuamente atendida por el Consistorio podría legitimar la interposición de una reclamación ante el Consejo al amparo de lo que establece el citado artículo. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE CÁDIZ | Ver | |
33/2022 | 03/06/2022 |
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El hecho de que no se encuentre publicada de forma telemática la copia literal de una serie de contratos de adjudicación de concesiones por parte del Ayuntamiento de Málaga no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa definidas por el Título II LTPA, ya que la exigencia prevista en su art. 15 a) viene referida a los concretos elementos de publicidad que se estipulan en el mismo. Ello no impide que cualquier persona pueda solicitar (en ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el artículo 24 LTPA) toda suerte de información que en relación con la documentación a la que se refiere la denuncia obre en poder del Consistorio. Solicitud que en el caso ser inobservada o inadecuamente atendida por el ente local podría legitimar la interposición de una reclamación ante el Consejo al amparo de lo que establece dicho artículo, tal y como de hecho ha asumido acertadamente la persona denunciante. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA | Ver | |
43/2022 | 27/06/2022 |
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La entidad subvencionada no ha procedido a subsanar en su integridad los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2019-2021, por lo que procede requerir que publique la información de publicidad activa omitida que le resulta exigible. | SUBSANACIÓN | OTRAS | ILUNION CEE OUTSOURCING, S.A.U. | Ver | |
63/2022 | 04/10/2022 |
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La persona denunciante atribuye al ente local un supuesto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 15 b) LTPA en relación con la publicación de un determinado convenio. Sin embargo, el Consejo ha podido confirmar que resulta accesible la información atinente al convenio requerido, por lo que no se aprecia deficiencia alguna. En consecuencia, se archiva la denuncia. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS | Ver | |
159/2020 | 15/07/2020 |
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Incumplimiento de obligación de publicar las actas de las sesiones plenarias y contratos | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE COGOLLOS DE LA VEGA | Ver | |
203/2020 | 30/11/2020 |
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Incumplimiento de publicidad activa relativo a adjudicación de contratos. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA | Ver | |
198/2020 | 24/11/2020 |
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Se analiza la información publica de contratos de una ayuntamiento. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | PUERTO DEPORTIVO DE BENALMÁDENA, S.A.M. | Ver | |
197/2020 | 24/11/2020 |
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Ser analiza la publicación de contratos y la publicación previa de las sesiones plenarias. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ESPELUY | Ver | |
40/2022 | 21/06/2022 |
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La entidad subvencionada no ha procedido a subsanar en su integridad los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2019-2021, por lo que procede requerir que publique la información de publicidad activa omitida que le resulta exigible. | SUBSANACIÓN | OTRAS | ACERINOX EUROPA, S.A. | Ver | |
52/2022 | 19/08/2022 |
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La ausencia de publicación en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de diversa información relacionada con la edificación e inauguración de un monumento no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa definidas por el Título II LTPA. Esta conclusión se alcanza, igualmente, en lo que respecta al ejemplar del contrato firmado para la edificación del citado monumento, ya que la exigencia prevista en el art. 15 a) LTPA viene referida a los concretos elementos de publicidad que se estipulan en el mismo y no al contrato en sí. Ello no impide que cualquier persona pueda solicitar (en ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el artículo 24 LTPA) toda suerte de información que en relación con la documentación a la que se refiere la denuncia obre en poder del Consistorio. Solicitud que en el caso ser inobservada o inadecuamente atendida por el ente local podría legitimar la interposición de una reclamación ante el Consejo al amparo de lo que establece dicho artículo, tal y como de hecho ha asumido acertadamente la persona denunciante. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA | Ver | |
4/2023 | 30/01/2023 |
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Se constata un cumplimiento deficiente por parte de la Mancomunidad de diversas obligaciones de publicidad activa, ya que no facilita en su página web (o lo hace de modo incompleto) diversa información institucional y organizativa; sobre las personas que ejercen la máxima responsabilidad en la entidad; sobre planificación y evaluación; de relevancia jurídica; sobre procedimientos, cartas de servicio y participación ciudadana; sobre convenios; económica, financiera y presupuestaria; así como respecto de su inventario de actividades de tratamiento. Se requiere, en consecuencia, la oportuna subsanación. Por otra parte, en el caso de que la Mancomunidad pueda verse afectada por la escasez de medios económicos y/o técnicos, antes de inclinarse por asumir el incumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa debe recurrir al cauce del auxilio institucional de la Diputación Provincial (art. 20 LTPA). |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS BAHIA DE CADIZ | Ver | |
26/2023 | 09/05/2023 |
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La persona denunciante achaca a la entidad local una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa respecto de contratos menores, cuentas anuales, datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público e informes de auditoría de empresas municipales. El Consejo sólo ha podido advertir incumplimiento en lo que atañe a la información que se facilita acerca de los datos estadísticos, en tanto en cuanto la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere al Consistorio la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información descrita. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA | Ver | |
30/2023 | 16/05/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa pública una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa en materia de presupuestos, cuentas anuales, informes de auditoría, contratos, convenios e informe de bienes. También reseña que no dispone de portal de transparencia. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Sin embargo, de la simple ausencia de un portal de transparencia expresamente habilitado por la entidad no puede derivarse incumplimiento alguno, al disponer ésta de una página web en uso donde poder satisfacer sus obligaciones de publicidad activa. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | OTRAS | EMPRESA MUNICIPAL ALMERÍA XXI, S.A. | Ver |