Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1003
Mostrando del 841 al 855
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Nº | Fecha | Indicador Ordenar descendente | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha | |
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111/2023 | 24/10/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa municipal una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | DOÑANA COMUNICACIÓN, S.A. | Ver | |
126/2023 | 20/11/2023 |
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La persona denunciante achaca a la entidad local una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la entidad local denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO | Ver | |
132/2023 | 27/11/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa municipal una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, se requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. Por otra parte, aunque la denuncia también reseña que la información publicada incumple el principio de reutilización, el Consejo no aprecia vulneración alguna de dicho principio, en tanto en cuanto los documentos que se encuentran publicados no dan muestras de contrariar el mismo. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AGUAS DEL PUERTO EMPRESA MUNICIPAL, S.A. (APEMSA) | Ver | |
167/2020 | 31/07/2020 |
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Se analiza la ausencia de información institucional y organizativa, así como el organigrama; publicación de acuerdos o pactos reguladores de las condiciones de trabajo y convenios colectivos vigentes;“[l]a identificación de las personas que forman parte de los órganos de representación del personal y el número de personas que gozan de dispensa total de asistencia al trabajo; ausencia de agenda institucional; las retribuciones de cualquier naturaleza percibidas anualmente por los altos cargos; datos estadísticos de los contratos; subvenciones y datos de repercusión económica | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE TOMARES | Ver | |
165/2020 | 28/07/2020 |
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La denuncia se interpone contra una Asociación de carácter privado. | ARCHIVO | OTRAS | ASOCIACION MANOS ISLEÑAS GRUPO DE AYUDA SOLIDARIA (MIGAS) | Ver | |
78/2018 | 14/09/2018 |
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La denuncia se dirige contra un órgano no incluido en el ámbito subjetivo de la LTPA | ARCHIVO | ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO | CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR | Ver | |
34/2023 | 24/05/2023 |
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La denuncia plantea un presunto incumplimiento de obligaciones de publicidad activa por parte del organismo autónomo local, al no encontrarse publicada en su página web diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. Sin embargo, el Consejo ha podido confirmar que dicho ente ha sido disuelto, quedando extinguido y siendo asumidos sus fines y competencias por los servicios municipales del Consistorio de Vélez-Málaga a partir del 1 de enero de 2023. En consecuencia, se declara el archivo de la denuncia presentada así como la terminación del procedimiento tramitado por el Consejo que trae causa de la misma. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL DE DESARROLLO INTEGRAL DEL MUNICIPIO DE VÉLEZ-MÁLAGA (OALDIM) | Ver | |
52/2023 | 30/06/2023 |
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La sociedad mercantil denunciada no se encuentra incluida en el ámbito subjetivo de aplicación de la LTPA de acuerdo con lo dispuesto en el art. 3.1 LTPA, en tanto en cuanto la participación en la misma de entidades que integran la Administración local andaluza o de sociedades mercantiles constituidas por éstas no supera el 50%. En consecuencia, el Consejo inadmite a trámite la denuncia formulada. |
ARCHIVO | ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO | MERCALGECIRAS, S.A.S.M.E.M.P. | Ver | |
55/2023 | 05/07/2023 |
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La denuncia plantea un presunto incumplimiento de obligaciones de publicidad activa por parte de la agencia pública administrativa local al no encontrarse publicada en su página web diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. Asimismo, se señala que no se encuentra habilitado un portal de transparencia. Sin embargo, el Consejo ha podido confirmar que dicho ente ha sido definitivamente disuelto, quedando extinguido y siendo sucedido por el Ayuntamiento de Rincón de la Victoria en todos sus bienes, derechos y demás relaciones jurídicas. En consecuencia, se declara el archivo de la denuncia presentada así como la terminación del procedimiento tramitado por el Consejo que trae causa de la misma. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AGENCIA ADMINISTRATIVA PÚBLICA LOCAL DELPHOS DE RINCÓN DE LA VICTORIA (APAL DELPHOS) | Ver | |
122/2023 | 15/11/2023 |
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Los Grupos Políticos Municipales no se encuentran concernidos por las obligaciones de publicidad activa dispuestas por el marco normativo regulador de la transparencia, al no encontrar acomodo en ninguno de los órganos u entidades que conforman el ámbito subjetivo de aplicación de la LTPA establecido en el art. 3 LTPA, así como tampoco entre los 'Otros sujetos obligados' previstos en el art. 5 LTPA. En consecuencia, el Consejo no puede entrar a examinar las deficiencias que se achacan por parte de la persona denunciante al Grupo Municipal denunciado, lo que conlleva a declarar el archivo de la denuncia interpuesta. Ello no implica la inexistencia para los Ayuntamientos de obligaciones de publicidad activa que cumplimentar derivadas de la integración en la estructura municipal de dichos grupos, en tanto cuanto aquéllos sí resultan ser un sujeto concernido de modo pleno por las mismas en virtud de lo dispuesto en los arts. 3.1 d) LTPA y 2.1 a) LTAIBG. |
ARCHIVO | OTRAS | GRUPO MUNICIPAL CIUDADANOS (C´S) (AYTO. JEREZ DE LA FRONTERA) | Ver | |
189/2020 | 29/10/2020 |
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Se solicita un informe en cuestión no formó parte de expediente alguno sometido a consideración del Consejo de Gobierno por lo que no concurre el supuesto de hecho establecido en el art. 22.1 LTPA. Se archiva | ARCHIVO | JUNTA DE ANDALUCÍA | CONSEJO DE GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA | Ver | |
002/2021 | 18/01/2021 |
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Incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 22.1 LTPA como consecuencia de la no publicación de la documentación integrante de diversos expedientes correspondientes a asuntos tratados en sesiones del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía. | SUBSANACIÓN | JUNTA DE ANDALUCÍA | CONSEJO DE GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA | Ver | |
128/2021 | 15/11/2021 |
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Se confirma la publicación en el Portal de la Junta de Andalucía tanto de los acuerdos adoptados por el Consejo de Gobierno a los que se refiere la denuncia como de la documentación integrante de los expedientes respectivos, por lo que no se aprecia incumplimiento alguno de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 22.1 LTPA, aun cuando dicha publicación hubiera podido producirse tras la denuncia interpuesta. | ARCHIVO | JUNTA DE ANDALUCÍA | CONSEJO DE GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA | Ver | |
35/2022 | 09/06/2022 |
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La entidad subvencionada no ha procedido a subsanar los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2019-2021, por lo que procede requerir que publique la información de publicidad activa omitida que le resulta exigible. | SUBSANACIÓN | OTRAS | NICOPAN ESPAÑA, S.L. | Ver | |
83/2022 | 31/10/2022 |
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La sociedad mercantil denunciada no se encuentra incluida en el ámbito subjetivo de aplicación definido en el art. 3.1 LTPA ni entre los sujetos obligados previstos en el art. 5 LTPA. De igual modo, la ausencia hasta la fecha de una normativa de desarrollo de las previsiones del art. 5.3 LTPA que pudiera imponer el cumplimiento de obligaciones de publicidad activa a las empresas prestadoras de servicios públicos locales en régimen de gestión indirecta así como, en particular, por parte del Ayuntamiento de Benalmádena, en el ámbito del servicio público que presta la mercantil denunciada; priva de aplicación práctica lo dispuesto en el art. 5.3 LTPA. Así pues, no cabe admitir a trámite la denuncia interpuesta y se procede a su archivo. Sin perjuicio de lo anterior, en virtud de lo que establece el art. 4 LTPA, la entidad denunciada queda obligada a suministrar al Ayuntamiento de Benalmádena toda la información necesaria para que la entidad local cumpla las obligaciones previstas en la normativa de transparencia. Esto es, deberá suministrar la información que el Ayuntamiento le requiera para resolver solicitudes de acceso o bien cumplir sus obligaciones de publicidad activa. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | EMABESA (EMPRESA MUNICIPAL DE AGUAS DE BENALMÁDENA, S.A.) | Ver |