Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 904
Mostrando del 871 al 885
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Nº | Fecha | Indicador | Ley | Art | Párrafo Ordenar ascendente | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha | |
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01/2017 | 11/01/2017 |
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No publican organigrama de órganos de gobierno ni retribuciones ediles |
REQUERIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE | Ver | |
26/2017 | 19/07/2016 |
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Ausencia de publicación del Plan Económico Financiero; de las cuentas anuales; de relación de órganos colegiados; de Curriculum Vitae y trayectoria profesional; RPT; declaración de bienes y actividades; y contratos |
REQUERIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO COGOLLOS VEGA | Ver | |
31/2017 | 20/09/2017 |
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Organigrama con identificación de empleados. Ha de conocerse la estructura orgánica municipal y la información sobre los titulares de las unidades al menos de Jefes de servicio |
REQUERIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE TARIFA | Ver | |
115/2021 | 10/09/2021 |
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La federación deportiva no ha procedido a subsanar los incumplimientos detectados en el marco del Plan Anual de Control e Inspección sobre Publicidad Activa de 2018, por lo que procede requerir que publique la información de publicidad activa omitida que le resulta exigible. | SUBSANACIÓN | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | FEDERACIÓN ANDALUZA DE PÁDEL | Ver | |
118/2021 | 17/09/2021 |
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La entidad subvencionada no ha procedido a subsanar los incumplimientos detectados en el marco del Plan Anual de Control e Inspección sobre Publicidad Activa de 2018, por lo que procede requerir que publique la información de publicidad activa omitida que le resulta exigible. | SUBSANACIÓN | OTRAS | UNIÓN DE AGRICULTORES Y GANADEROS DE ANDALUCÍA | Ver | |
134/2021 | 13/12/2021 |
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Se constata un cumplimiento deficiente por parte de la empresa pública municipal denunciada de diversas obligaciones de publicidad activa recogidas en el Título II de la LTPA que le resultan aplicables en atención a su naturaleza jurídica mercantil, por lo que ha de requerirse la oportuna subsanación. | SUBSANACIÓN | OTRAS | PROVISE BENAMIEL S.L.M. | Ver | |
6/2022 | 09/02/2022 |
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Se constata un cumplimiento deficiente por parte del Ayuntamiento de determinadas exigencias de publicidad activa previstas en el art. 10.1 LTPA en relación con la información institucional y organizativa que facilita en su página web y portal de transparencia relativa a: organigrama actualizado, sede física y correo electrónico de contacto, relación de órganos colegiados adscritos y normas por las que se rigen, resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afecten a los empleados públicos, acuerdos o pactos reguladores de las condiciones de trabajo y convenios colectivos vigentes, personas representantes del personal y agenda institucional de la Alcaldía. Así pues, se requiere la oportuna subsanación. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DEL TESORILLO | Ver | |
20/2022 | 11/04/2022 |
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El Consejo advierte un cumplimiento defectuoso de la obligación de publicidad activa establecida en el art. 10.1 c) LTPA por parte de la empresa pública denunciada, ya que la identificación de las personas responsables de los distintos órganos societarios (Junta General, Consejo de Administración y Gerencia) y de las personas responsables de las unidades administrativas o similares reflejadas en el organigrama no incluyen el teléfono y el correo electrónico corporativo. Tampoco se facilita el perfil y trayectoria profesional de las personas responsables del resto de órganos societarios establecidos estatutariamente distintos a la Gerencia (Junta General y Consejo de Administración). Se requiere, por tanto, la oportuna subsanación. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | EMPRESA MANCOMUNADA DEL ALJARAFE S.A. (ALJARAFESA) | Ver | |
36/2022 | 09/06/2022 |
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La entidad subvencionada no ha procedido a subsanar los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2019-2021, por lo que procede requerir que publique la información de publicidad activa omitida que le resulta exigible. | SUBSANACIÓN | OTRAS | AGUAS DEL MARQUESADO, S.L. | Ver | |
57/2022 | 15/09/2022 |
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El Consejo ha podido constatar una publicación deficiente por parte del Ayuntamiento de la información relacionada con su estructura organizativa, ya que no se identifica a las personas responsables de las distintas unidades administrativas (nombre y apellidos, teléfono y correo electrónico) en el organigrama municipal, así como el perfil y trayectoria profesional y datos de contacto completos (teléfono y correo electrónico) de todas las personas miembros de la Corporación; la información publicada sobre los nombres y asignaciones de las Delegaciones o Áreas municipales disponibles en la página web municipal al igual que sobre la relación de los órganos de gobierno ofrecida en el Portal de Transparencia no se encuentra actualizada; así como tampoco la información publicada sobre las funciones desarrolladas en las Delegaciones municipales. En consecuencia, se requiere la oportuna subsanación. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS | Ver | |
72/2022 | 23/10/2022 |
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El Consejo ha constatado un cumplimiento deficiente por parte del Ayuntamiento de determinadas exigencias de publicidad activa ya que no facilita en su sede electrónica, portal o página web (o lo hace de modo incompleto) información sobre las funciones que desarrolla; un organigrama datado (fecha de elaboración y/o actualización) que refleje la estructura organizativa actualizada del Consistorio con la identificación completa de las personas responsables de los distintos órganos municipales (nombre y apellidos, teléfono y correo electrónico corporativos), junto a su perfil y trayectoria profesional, así como la identificación de las personas responsables de las distintas unidades administrativas (nombre y apellidos, teléfono y correo electrónico corporativos); y sobre las retribuciones de cualquier naturaleza percibidas anualmente por las personas que ejerzan la máxima responsabilidad durante el periodo comprendido entre los años 2016 a 2021. Se requiere, en consecuencia, la oportuna subsanación. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE VILLAMANRIQUE DE LA CONDESA | Ver | |
91/2022 | 23/11/2022 |
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Se constata un cumplimiento deficiente por parte del Consorcio Provincial de diversas obligaciones de publicidad activa recogidas en el Título II LTPA, ya que no facilita en su página web (o lo hace de modo incompleto) información institucional y organizativa; sobre las personas que ejercen la máxima responsabilidad en la entidad; sobre contratos, convenios y subvenciones; presupuestaria; así como en relación con la publicidad de sus sesiones plenarias y funcionamiento. Se requiere, en consecuencia, la oportuna subsanación. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | CONSORCIO PROVINCIAL DE BOMBEROS DE HUELVA | Ver | |
95/2022 | 14/12/2022 |
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La entidad denunciada debe cumplir las obligaciones de transparencia establecidas en la legislación básica, a la luz de lo establecido en el art. 5.1 LTPA. Sin embargo, el Consejo ha podido corroborar que, a excepción de las funciones que desarrolla, no facilita en su página web la información relativa a las obligaciones básicas que le resultan exigibles de acuerdo con lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. En consecuencia, se requiere la oportuna subsanación. |
SUBSANACIÓN | OTRAS | UNIÓN DE PEQUEÑOS AGRICULTORES Y GANADEROS DE ANDALUCÍA (UPA Andalucía) | Ver | |
44/2023 | 14/06/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa municipal una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. También reseña que no dispone de portal de transparencia. Aunque de la simple ausencia de un portal de transparencia expresamente habilitado por la entidad no puede derivarse incumplimiento alguno (siempre que se disponga de una sede electrónica y/o página web en uso donde poder satisfacer sus obligaciones de publicidad activa), el Consejo ha podido confimar que éste sí se encuentra en funcionamiento. No obstante, también ha podido advertirse que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | EMPRESA MUNICIPAL DE LIMPIEZA DE COLEGIOS Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES, S.A. (EMLICODEMSA) | Ver | |
01/2016 | 09/11/2016 |
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Asistentes a sesiones plenarias pueden grabar sesiones por sus propios medios |
REQUERIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO COGOLLOS VEGA | Ver |