Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1003
Mostrando del 106 al 120
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Nº | Fecha | Indicador | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha | |
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93/2022 | 01/12/2022 |
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El hecho de que el visor urbanístico que se incluye en la página web de una Consejería no contenga la fecha de comienzo de vigencia de las figuras de planeamiento de forma expresa, no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa definidas por el Título II LTPA. En este sentido, la única exigencia prevista en la normativa de transparencia que pudiera guardar relación con la misma es la prevista en el art. 54.1 a) LAULA por remisión del art. 10.3 LTPA. Sin embargo, esta obligación de naturaleza urbanística solo resulta aplicable para los ayuntamientos y sus organismos y entidades dependientes o vinculadas en exclusiva, no para la Administración de la Junta de Andalucía. Así pues, ante la falta de acreditación del incumplimiento de alguna obligación de publicidad activa prevista en la normativa de transparencia, procede el archivo de la denuncia. Ello no impide que cualquier persona pueda solicitar (en ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el artículo 24 LTPA) toda suerte de información que en relación con la información denunciada obre en poder de la citada Consejería. Solicitud que, en el caso de ser inobservada o inadecuamente atendida, podría legitimar la interposición de una reclamación ante este órgano de control al amparo de lo que establece el citado precepto. |
ARCHIVO | JUNTA DE ANDALUCÍA | CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA | Ver | |
62/2023 | 18/07/2023 |
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El ente local inspeccionado ha procedido a subsanar los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2023-2024 en relación con la publicación electrónica de las actas correspondientes a las sesiones plenarias celebradas a partir del 10 de diciembre de 2016, por lo que se archiva el procedimiento iniciado de oficio por el Consejo por presunto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 10.3 LTPA. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA ZONA SUBBÉTICA | Ver | |
19/2017 | 12/06/2017 |
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Publicación de remuneraciones y declaraciones de bienes de concejales |
ARCHIVO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE ALGAIDAS | Ver | |
193/2020 | 10/11/2020 |
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Se analiza la publicidad activa de las declaraciones de bienes e intereses de los Diputados Provinciales. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ | Ver | |
201/2020 | 30/11/2020 |
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Se analiza el incumplimiento sobre la publicación de la declaración de bienes patrimoniales e incompatibilidad de los ediles de un ayuntamiento. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO | Ver | |
204/2020 | 02/12/2020 |
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Asuencia de declaraciones de bienes e intereses de los Diputados Provinciales. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA | Ver | |
200/2020 | 30/11/2020 |
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Se analiza la publicidad activa en la información sobre retribuciones/indemnizaciones de los miembros de la Junta General y del Consejo de Administración de una empresa pública municipal. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | EMPRESA MANCOMUNADA DEL ALJARAFE S.A. (ALJARAFESA) | Ver | |
38/2023 | 31/05/2023 |
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La denuncia achaca a la empresa pública que no está publicando las retribuciones brutas de todos sus altos cargos con contrato de Dirección (sólo la del Consejero Delegado) ni tampoco las indemnizaciones, por lo que está incumpliendo lo dispuesto en el art. 8.1 f) LTAIBG, en relación con lo que a su vez dispone el art. 11 LTPA en sus letras b) y c). El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, no se encuentran publicadas las retribuciones de cualquier naturaleza percibidas anualmente por los altos cargos o personas máximos responsables con contrato de dirección (inclusive el Consejero Delegado), por lo que se requiere a la entidad la subsanación y su oportuna publicación desde que la obligación le resultó exigible (2016). En cuanto a las indemnizaciones, la empresa informa en su portal sobre la inexistencia de las mismas, por lo que al no existir la información y hacerse constar en este sentido, no puede admitirse que concurra un deficiente cumplimiento de la obligación de publicidad activa establecida en el art. 11 c) LTPA. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | EMASESA | Ver | |
136/2023 | 07/12/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa pública una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, se requiere a la entidad denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. Por otra parte, aunque la denuncia también reseña que la información publicada incumple el principio de reutilización, el Consejo no aprecia vulneración alguna de dicho principio, en tanto en cuanto los documentos que se encuentran publicados no dan muestras de contrariar el mismo. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | EL PUERTO DE SANTA MARÍA GLOBAL, S.L.U. | Ver | |
27/2017 | 19/07/2017 |
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Información de retribuciones de ediles |
REQUERIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE NERJA | Ver | |
90/2018 | 09/10/2018 |
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Se denuncian varios incumplimientos: las retribuciones anuales percibidas por los altos cargos del mismo, la publicación telemática de los órdenes del día previos a la celebración de las reuniones de la Junta de Gobierno de la Mancomunidad. Información organizativa referida a la identificación de los responsables de los órganos y unidades administrativas. Sobre lo anterior se decide la obligación de subsanar. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | MANCOMUNIDAD DE DESARROLLO Y FOMENTO DEL ALJARAFE | Ver | |
149/2020 | 15/06/2020 |
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Ausencia de publicación de identificación y retribuciones sobre altos cargos y personas que ejerzan la máxima responsabilidad | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA SA (GIAHSA) | Ver | |
208/2020 | 14/12/2020 |
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Ausencia de publicidad activa de la estructura organizativa de la fundación y de las retribuciones percibidas anualmente por sus máximos responsables. | SUBSANACIÓN | OTRAS | MUSEO PICASSO MÁLAGA | Ver | |
59/2022 | 16/09/2022 |
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El Consejo ha podido constatar que no se encuentran publicadas las retribuciones de las personas que ejercen la máxima responsabilidad en el Ayuntamiento desde el año 2016, por lo que se requiere su oportuna publicación. A este respecto, el Consejo viene subrayando reiteradamente que la adecuada materialización de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 11 b) LTPA exige la publicación de forma individualizada del importe de las retribuciones realmente percibidas por cada uno de los máximos responsables de la entidad local que comprenda cualquier asignación económica recibida anualmente como consecuencia del ejercicio de sus cargos, independientemente de la naturaleza jurídica que puedan revestir los distintos conceptos retributivos (como pudieran ser indemnizaciones, asistencias o similar). | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS | Ver | |
101/2022 | 31/12/2022 |
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El Consejo ha constatado un cumplimiento deficiente por parte de la Mancomunidad de determinadas exigencias de publicidad activa ya que no facilita en su sede electrónica, portal o página web (o lo hace de modo incompleto) diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre los plenos y funcionamiento de la Junta General y de la Junta de Gobierno; sobre las retribuciones percibidas anualmente por las personas que ejercen la máxima responsabilidad en la entidad local; así como sobre sus Presupuestos. Se requiere, en consecuencia, la oportuna subsanación. Por otra parte, con motivo de una resolución anterior el Consejo ya advirtió la omisión de determinada información relativa a los contratos prevista en el art. 15 a) LTPA. Constatado de nuevo el incumplimiento procede, además de declararlo, acordar que se tramite el procedimiento para instar la incoación de un procedimiento sancionador o disciplinario, de acuerdo con lo previsto en el art. 57.2 LTPA. |
INCUMPLIMIENTO Y SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA TROPICAL | Ver |