Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1160
Mostrando del 46 al 60
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Nº | Fecha | Indicador | Ley | Art | Párrafo Ordenar descendente | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha |
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20/2022 | 11/04/2022 |
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El Consejo advierte un cumplimiento defectuoso de la obligación de publicidad activa establecida en el art. 10.1 c) LTPA por parte de la empresa pública denunciada, ya que la identificación de las personas responsables de los distintos órganos societarios (Junta General, Consejo de Administración y Gerencia) y de las personas responsables de las unidades administrativas o similares reflejadas en el organigrama no incluyen el teléfono y el correo electrónico corporativo. Tampoco se facilita el perfil y trayectoria profesional de las personas responsables del resto de órganos societarios establecidos estatutariamente distintos a la Gerencia (Junta General y Consejo de Administración). Se requiere, por tanto, la oportuna subsanación. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | EMPRESA MANCOMUNADA DEL ALJARAFE S.A. (ALJARAFESA) | Ver |
47/2022 | 14/07/2022 |
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Se constata un cumplimiento deficiente por parte de la sociedad mercantil denunciada de diversas obligaciones de publicidad activa recogidas en el Título II LTPA que le resultan aplicables en atención a su naturaleza jurídica mercantil, ya que no facilita en su página web (o lo hace de modo incompleto) información institucional y organizativa; sobre las personas que ejercen la máxima responsabilidad; sobre contratos y convenios; así como económica, financiera y presupuestaria. Se requiere, en consecuencia, la oportuna subsanación. En este sentido, debe indicarse que la empresa puede cumplimentar sus obligaciones de publicidad activa a través de la página web que ya dispone en funcionamiento, sin tener que recurrir a la habilitación de un portal de transparencia específico como solicita la persona denunciante. Por otra parte, las exigencias de publicación previstas en el Título III LTPA de formularios, plataformas de información y guías de orientación para el ejercicio de derecho de acceso (arts. 29.2 y 31.1 LTPA) a las que alude la persona denunciante deben igualmente cumplirse, aunque no pueden ser objeto de requerimiento al amparo de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, al no estar incardinadas en el Título II LTPA. En cambio, la entidad societaria denunciada no se encuentra concernida por las obligaciones de publicidad activa previstas en los arts. 13 LTPA (información de relevancia jurídica) y 14 LTPA (información sobre procedimientos, cartas de servicio y participación ciudadana), al resultar exclusivamente aplicables a las Administraciones Públicas andaluzas. |
SUBSANACIÓN | OTRAS | COMERCIALIZADORA ELÉCTRICA DE CÁDIZ, S.A. | Ver |
57/2022 | 15/09/2022 |
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El Consejo ha podido constatar una publicación deficiente por parte del Ayuntamiento de la información relacionada con su estructura organizativa, ya que no se identifica a las personas responsables de las distintas unidades administrativas (nombre y apellidos, teléfono y correo electrónico) en el organigrama municipal, así como el perfil y trayectoria profesional y datos de contacto completos (teléfono y correo electrónico) de todas las personas miembros de la Corporación; la información publicada sobre los nombres y asignaciones de las Delegaciones o Áreas municipales disponibles en la página web municipal al igual que sobre la relación de los órganos de gobierno ofrecida en el Portal de Transparencia no se encuentra actualizada; así como tampoco la información publicada sobre las funciones desarrolladas en las Delegaciones municipales. En consecuencia, se requiere la oportuna subsanación. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS | Ver |
96/2022 | 14/12/2022 |
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La asociación denunciante atribuye a la entidad local un supuesto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 10.1 g) LTPA, derivado de la falta de publicación de la vigente relación de puestos de trabajo municipal con indicación de las retribuciones anuales correspondientes a cada puesto. El Consejo, por su parte, ha podido confirmar que, efectivamente, concurre un cumplimiento deficiente de dicha obligación, toda vez que si bien se ha podido distinguir la disponibilidad de la relación de puestos de trabajo del presente ejercicio 2022, solo se facilita, en cuanto a las retribuciones anuales asociadas a cada puesto se refiere, cierta información sobre el importe del complemento específico. En consecuencia, se requiere la oportuna subsanación. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA | Ver |
102/2023 | 10/10/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa municipal una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | EMPRESA MUNICIPAL PARA LA PROMOCIÓN DEL SUELO Y LA VIVIENDA ATRIUM ULIA , S.L. | Ver |
130/2023 | 27/11/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa municipal una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | EMPRESA DE SUELO ISLEÑA, S.A. (ESISA) | Ver |
133/2023 | 27/11/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa municipal una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | EMPRESA MUNICIPAL DE SUELO Y VIVIENDA DE EL PUERTO DE SANTA MARÍA, S.A. (SUVIPUERTO) | Ver |
141/2023 | 19/12/2023 |
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La persona denunciante achaca al Ayuntamiento una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, se requiere a la entidad local denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. Por otra parte, aunque la denuncia también reseña que la información publicada incumple el principio de reutilización, el Consejo no aprecia vulneración alguna de dicho principio, en tanto en cuanto los documentos que se encuentran publicados no dan muestras de contrariar el mismo. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALJARAFE | Ver |
38/2017 | 18/10/2017 |
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Publicación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía. Se ofrece la información en el Portal. Se archiva |
ARCHIVO | JdA | CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA | Ver |
46/2017 | 20/12/2017 |
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Se solicita la publicación de la RPT del Ayuntamiento. Ya había sido publicada. |
ARCHIVO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE ALMUÑÉCAR | Ver |
53/2018 | 30/05/2018 |
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Denuncia por falta de publicación de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento. |
REQUERIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE | Ver |
02/2017 | 11/01/2017 |
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Ausencia de publicación de documentos en trámite de información pública. |
REQUERIMIENTO | JdA | DELEGACIÓN TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN ALMERÍA | Ver |
04/2017 | 11/01/2017 |
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Ausencia de publicación de documentos en trámite de información pública |
REQUERIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE ABLA | Ver |
05/2017 | 11/01/2017 |
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Ausencia de publicación de documentos en trámite de información pública |
REQUERIMIENTO | JdA | DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO DE ALMERÍA | Ver |
06/2017 | 11/01/2017 |
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Ausencia de publicación de documentos en trámite de información pública |
REQUERIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE LA LUISIANA | Ver |