Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1260
Mostrando del 871 al 885
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| Nº Ordenar descendente | Fecha | Indicador | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha |
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| 50/2020 | 27/02/2020 |
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Ausencia de publicación telemática en trámite de información pública sobre expediente de expropiación. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR VEGA | Ver |
| 50/2021 | 28/04/2021 |
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Ausencia de publicación de información sobre el perfil y trayectoria profesional de responsables. Ausencia de publicación de información sobre contratos, convenios y encomiendas, subvenciones y cuentas anuales. Se archiva por cumplimiento durante la tramitación del procedimiento. |
ARCHIVO | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | REAL FEDERACIÓN ANDALUZA DE FÚTBOL | Ver |
| 50/2022 | 25/07/2022 |
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Se atribuyen al ente local denunciado dos supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa en relación con los convenios suscritos y las ayudas y subvenciones públicas concedidas. El Consejo ha podido confirmar que se encuentra publicada diversa información referente a los convenios celebrados por el Ayuntamiento, por lo que no se aprecia deficiencia alguna. Esta conclusión se confirma aun aceptando que dicha publicación hubiera podido producirse tras la denuncia interpuesta, ya que resultando posible consultar en el Portal de Transparencia municipal la información de publicidad activa referente a los convenios suscritos por el Consistorio, el Consejo considera que el propósito de la transparencia debe reputarse satisfecho. En lo que respecta a las subvenciones y ayudas públicas concedidas, sin embargo, el Consejo ha podido advertir la falta de publicación electrónica de la información relativa a la gestión administrativa de las subvenciones y ayudas públicas concedidas en el año 2017, por lo que debe requerirse la oportuna subsanación a este respecto. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE | Ver |
| 50/2023 | 23/06/2023 |
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La denuncia reseña que no se encuentra publicado en la página web del Consistorio el archivo audiovisual correspondiente a la sesión plenaria celebrada en fecha 31/01/2023 así como un determinado convenio, en cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa previstas en los arts. 21 y 15 b) LTPA. El Consejo ha podido confirmar que el citado archivo se encuentra disponible para su consulta en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento. En cuanto al convenio, dado que el ente local afirma que no existe como tal, no se advierte incumplimiento alguno. En este sentido, debe subrayarse que la labor del Consejo se ciñe a valorar en exclusiva la observancia por parte de la entidad local del deber de publicar electronicamente la información a la que interpela la denuncia o la confirmación, en su caso, de su no existencia. De tal modo que, cualquier otro examen atinente a posibles incorrecciones o deficiencias de la información ofrecida así como sobre las posibles consecuencias asociadas a la ausencia de la misma, constituyen cuestiones que trascienden al ejercicio de la función de control que le corresponde. Esto último no impide que cualquier persona pueda solicitar (en ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el art. 24 LTPA) toda suerte de información que en relación con la documentación anterior obre en poder del Ayuntamiento. Solicitud que en el caso de ser inobservada o inadecuamente atendida por la misma podría legitimar la interposición de una reclamación ante el Consejo al amparo de lo que establece el citado artículo. En cualquier caso, se archiva la denuncia interpuesta. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE TARIFA | Ver |
| 50/2024 | 07/05/2024 |
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La persona denunciante achaca al Ayuntamiento que no tiene publicada la Ordenanza fiscal que regula las tasas del Cementerio. La obligación de publicar por el ente local en su página web dicha Ordenanza se infiere de lo dispuesto en el art. 54.1 LAULA, letras c) y j), por remisión del art. 10.3 LTPA. Sin embargo, el Consejo no ha podido confirmar que se encuentre publicada. En consecuencia, se requiere expresamente a la entidad local para que proceda a publicar esta Ordenanza en su sede electrónica, portal o página web, sin perjuicio de declarar adicionalmente el incumplimiento la obligación de publicidad activa prevista en la letra j) del art. 54.1 LAULA por remisión del art. 10.3 LTPA tras su incumplimiento reiterado y acordar que se tramite el procedimiento para instar la incoación de un procedimiento sancionador o disciplinario, de acuerdo con lo establecido en el art. 57.2 LTPA. |
INCUMPLIMIENTO Y SUBSANACIÓN | Sevilla | AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS | Ver |
| 51/2018 | 30/05/2018 |
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Denuncia sobre incumplimiento de publicación electrónica de los documentos en trámite de información pública. |
ARCHIVO | JdA | DELEGACIÓN TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE SEVILLA | Ver |
| 51/2020 | 27/02/2020 |
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Ausencia de publicación telemática de documentos en trámite de información pública de Proyecto de Actuación. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE BAZA | Ver |
| 51/2021 | 28/04/2021 |
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Se archiva la solictud por cumplimiento durante la tramitación del procedimiento | ARCHIVO | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | FEDERACIÓN ANDALUZA DE CAZA | Ver |
| 51/2022 | 07/09/2022 |
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La ausencia de publicación en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de diversa información relacionada con la organización de tres eventos en el municipio no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa definidas por el Título II LTPA. Ello no impide que cualquier persona pueda solicitar (en ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el artículo 24 LTPA) toda suerte de información que en relación con la documentación a la que se refiere la denuncia obre en poder del Consistorio. Solicitud que en el caso ser inobservada o inadecuamente atendida por el ente local podría legitimar la interposición de una reclamación ante el Consejo al amparo de lo que establece dicho artículo, tal y como de hecho ha asumido acertadamente la persona denunciante. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA | Ver |
| 51/2023 | 30/06/2023 |
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La persona denunciante achaca al Consistorio el supuesto incumplimientos de las siguientes exigencias de publicidad activa: publicidad de los plenos (art. 21 LTPA), actas de las sesiones plenarias (art. 10.3 LTPA) e información económica, financiera y presupuestaria (art. 16 LTPA). El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la entidad local denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE BENAOCAZ | Ver |
| 51/2024 | 07/05/2024 |
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La denuncia atribuye a la Mancomunidad un presunto incumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el Título II LTPA que le resultan exigibles, derivado de la imposibilidad de acceder al portal de transparencia. En este sentido, debe recordarse que el marco normativo regulador de la transparencia faculta a los órganos y entidades concernidas a dar adecuado cumplimiento a sus obligaciones de esta naturaleza utilizando cualquiera de estos instrumentos (sede electrónica, portal o página web), por lo que no supedita su cumplimiento a la previa puesta en funcionamiento por su parte de un portal de transparencia en sentido estricto. De tal modo, que los sujetos obligados pueden y deben ofrecer la información en sus correspondientes páginas web, sedes electrónicas o portales en función de sus disponibilidades tecnológicas. En cualquier caso, el Consejo ha podido confirmar la existencia de una página web en funcionamiento titularidad de la citada entidad (que también incorpora sendos espacios dedicados a Portal de Transparencia y Sede Electrónica), que permite acceder a una amplia variedad de información pública cuya divulgación resulta preceptiva para la misma conforme a lo dispuesto por el Titulo II de la LTPA. Así pues, teniendo en cuenta la circunstancia advertida y que la persona denunciante no ha reseñado ningún incumplimiento concreto de obligaciones de publicidad activa en el que pueda incurrir la Mancomunidad, se archiva la denuncia presentada. |
ARCHIVO | No consta | Mancomunidad para la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos Guadalquivir | Ver |
| 52/2018 | 29/05/2018 |
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Entre las obligaciones previstas en el Título II LTPA no se establece ninguna exigencia de publicidad activa para las entidades locales de Andalucía en lo que concierne a las actas de las Juntas de Gobierno Local // La denuncia por la ausencia de información de una obra aduce el Ayuntamiento la inexistencia de tal obra como tal. // Denuncias sobre retribución de cargos y de presupuestos. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE BENAMARGOSA | Ver |
| 52/2020 | 27/02/2020 |
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Ausencia de publicación telemática de documentos en trámite de información pública de Proyecto de Actuación. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE BAZA | Ver |
| 52/2021 | 28/04/2021 |
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Se archiva el procedimiento por cumplimiento durante su tramitación. | ARCHIVO | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | REAL FEDERACIÓN ANDALUZA DE GOLF | Ver |
| 52/2022 | 19/08/2022 |
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La ausencia de publicación en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de diversa información relacionada con la edificación e inauguración de un monumento no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa definidas por el Título II LTPA. Esta conclusión se alcanza, igualmente, en lo que respecta al ejemplar del contrato firmado para la edificación del citado monumento, ya que la exigencia prevista en el art. 15 a) LTPA viene referida a los concretos elementos de publicidad que se estipulan en el mismo y no al contrato en sí. Ello no impide que cualquier persona pueda solicitar (en ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el artículo 24 LTPA) toda suerte de información que en relación con la documentación a la que se refiere la denuncia obre en poder del Consistorio. Solicitud que en el caso ser inobservada o inadecuamente atendida por el ente local podría legitimar la interposición de una reclamación ante el Consejo al amparo de lo que establece dicho artículo, tal y como de hecho ha asumido acertadamente la persona denunciante. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA | Ver |