Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-114/2019
Fecha
09/04/2019
Resumen
Información sobre procesos electorales en un Colegio Profesional.// No se precisa ningún interés cualificado para ejercitar el derecho de acceso a la información ante los sujetos obligados al cumplimiento de la legislación de transparencia.// La información solicitada no se incardina en ningún prcedimiento específico de acceso a la información, por lo que no es de aplicación la DA Cuarta LTPA. // Es manifiesto el interés público en que se difunda la información relativa al proceso electoral, y resulta acorde con la legislación de transparencia que se facilite las actas objeto de la pretensión. Relevancia pública que resulta tanto más evidente en el presente caso, habida cuenta del mandato constitucional que exige que la estructura interna y el funcionamiento de los Colegios Profesionales sean democráticos. Se ha de realizar una disociación de datos personales. Se estima
Indicador
Regímenes jurídicos específicos de acceso
MOTIVACIÓN DE SOLICITUDES
Corporación Derecho Público
Regímenes jurídicos específicos de acceso
Acceso con disociación de los datos
Ley
LTPA
LTAIBG
LTPA
LTAIBG
LTAIBG
Artículo
D.A.4ª
17
3
D.A.1ª
15
Párrafo
D.A.4ª
17
3.1 h)
D.A.1ª
15.4
Ámbito
CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO
Órgano
COLEGIO OFICIAL DE ENFERMERÍA DE JAÉN
Provincia
JAÉN
Sentido
ESTIMADA
Recurso Judicial
Resolución