Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-22/2020
Fecha
04/02/2020
Resumen
Documentación sobre un expediente de contratación de un empleado. El órgano deniega por estar afectados datos de carácter personal. Se reconoce el derecho de acceso a la información relativa al contratado considerando que la limitación del acceso a dicha información, basada en el hecho de que existen datos de carácter personal, cede en favor del interés público en el conocimiento del proceso de contratación del personal llevado a cabo por el órgano reclamado. Respecto al listado de candidatos ha de disociarse la información de los que no obtuvieron el puesto pues ello supone un sacrificio innecesario para su privacidad. Se acuerda retroacción por afectación de derechos de terceros sin que se haya concedido trámite de alegaciones. Ha de ofrecer también la retribución anual del puesto, puesto que dicha información constituye, per se, una obligación de publicidad activa. El que no fuera interesado en el expediente no es causa para no admitir la solicitud de información. Estimada parcialmente
Indicador
Titular del derecho
Regla general de acceso a la información pública
Acceso a datos personales. Ponderación interés público
Titular del derecho
Acceso con disociación de los datos
Trámite de alegaciones a terceros afectados
Ley
LTAIBG
LTPA
LTAIBG
LTPA
LTAIBG
LTAIBG
Artículo
12
24
15
24
15
19
Párrafo
·
24
15.3
24
15.4
19.3
Ámbito
JUNTA DE ANDALUCÍA
Órgano
CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y POLÍTICAS SOCIALES
Provincia
·
Sentido
ESTIMADA PARCIALMENTE
Resolución