Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-375/2018
Fecha
20/09/2018
Resumen
El contenido de las solicitudes planteadas no apunta a determinados documentos o contenidos que previamente obren en poder de la entidad reclamada -como exige el art. 2 a) LTPA-, sino que en puridad se limitan a exponer diferentes alegaciones, demandas y discrepancias que mantiene con la misma; cuestiones que quedan extramuros del ámbito objetivo delimitado en la LTPA. Desestimada.
Indicador
Objeto no susceptible de AIP
Ley
LTPA
Artículo
2
Párrafo
2 a)
Ámbito
JUNTA DE ANDALUCÍA
Órgano
AGENCIA PÚBLICA EMPRESARIAL SANITARIA BAJO GUADALQUIVIR
Provincia
·
Sentido
DESESTIMADA
Resolución