Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1239

Mostrando del 721 al 735

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Fecha desde
Fecha Indicador Ley Art Ordenar descendente Párrafo Resumen Sentido Ámbito Órgano Ficha
130/2024 18/12/2024
  • Normas generales PA
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Procesos de selección de personal
  • Respeto normativa para reutilización
  • Principio de reutilización
  • Principio de reutilización
  • Posibilidad reutilización
  • Formatos para reutilización
  • Derechos reconocidos en la Ley de Transparencia
  • Derecho a la publicidad activa
  • Principios aplicables
  • Principio de Transparencia
  • ·
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • ·
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
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  • 10.1 k)
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La persona denunciante manifiesta que a raíz de la ejecución de una Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo relativa a un proceso de selección del personal efectuado por el Ayuntamiento, no se ha publicado la información correspondiente sobre el citado procedimiento selectivo. Hechos que así expuestos se encuentran relacionados con la obligación de publicidad activa prevista en el art. 10.1 k) LTPA. En cuanto al alcance del contenido de esta obligación, el Consejo considera ¿que se deben publicar, como mínimo, aquellos documentos y aquella información que permita a la ciudadanía conocer la existencia del proceso selectivo y sus reglas de funcionamiento, así como la relacionada con su tramitación y resultados¿. Tras realizar las oportunas comprobaciones, el órgano de control solo ha podido confirmar la publicación en el Portal de Transparencia municipal de tres Resoluciones de Alcaldía sobre el proceso selectivo, atinentes a sendos nombramientos y cese del funcionario correspondiente. En lo que atañe a la publicación de las actas del Tribunal calificador durante el periodo señalado en las alegaciones, como otra documentación preceptiva alegada en defensa del cumplimiento del deber de información que se analiza, no puede ser admitida como adecuada puesto que ni siquiera se mantuvo durante todo el tiempo de vigencia del proceso selectivo. En consecuencia, conforme al art. 23 LTPA se requiere al Ayuntamiento la publicación de la documentación relacionada con el proceso selectivo, dejando al margen las resoluciones de Alcaldía ya publicadas. SUBSANACIÓN No consta Ayuntamiento de Cortes y Graena Ver
2/2025 20/01/2025
  • Normas generales PA
  • Documentación sometida a información pública
  • Documentación sometida a información pública
  • Información no sujeta a PA
  • Tram.inf.pública Modificaciones crédito EELL
  • Tram.inf.pública Modificaciones crédito EELL
  • Publicidad exigida art. 54 LAULA
  • ·
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • ·
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
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  • 13
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  • 13.1 e)
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  • 13.1 e)
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  • 10.3
La denuncia atribuye al Ayuntamiento un supuesto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 13.1 e) LTPA, al no resultar accesibles telemáticamente los documentos que conforman el expediente de modificación presupuestaria aprobado inicialmente por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento. Igualmente, se señala que la publicación se ha omitido también tras su aprobación definitiva. Al procedimiento para la aprobación inicial de las citadas modificaciones presupuestarias en el ámbito local le resulta aplicable el mismo régimen jurídico previsto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales para la aprobación de los presupuestos generales en dicho ámbito. En este sentido, el Consejo ya dispone de doctrina (consagrada en la Consulta 4/2022, resuelta en fecha 8 de abril) que permite afirmar que no resulta de aplicación (cuando de la aprobación inicial de los Presupuestos Generales se trata, en cuanto norma presupuestaria) la obligación de publicidad activa prevista en el art. 13.1 e) LTPA [art. 7 e) LTAIBG]. Asimismo, la denuncia plantea la imposibilidad de acceder a la citada documentación una vez aprobado definitivamente el expediente de modificación presupuestaria por el Pleno. Información que, en cambio, no se encuentra incluida entre las obligaciones de publicidad activa previstas en las leyes de transparencia; y, en particular, en las relativas a la información presupuestaria previstas en los arts. 16 a) LTPA y 54.1 k) LAULA (por remisión del art. 10.3 LTPA). En consecuencia, el Consejo archiva la denuncia. ARCHIVO No consta AYUNTAMIENTO DE SANLÚCAR LA MAYOR Ver
125/2024 10/12/2024
  • Normas generales PA
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Declaraciones bienes y actividades representantes EELL
  • Derechos reconocidos en la Ley de Transparencia
  • Derecho a la publicidad activa
  • Principios aplicables
  • Principio de Transparencia
  • ·
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • ·
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
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La persona denunciante reprocha la ausencia de publicación de las declaraciones de actividades y bienes patrimoniales y documentación anexa (liquidaciones de los impuestos sobre la Renta, Patrimonio y, en su caso, Sociedades) de la persona que ha ostentado el cargo de Teniente de Alcalde entre los años 2019-2023, conforme dispone el art. 11 e) LTPA. Las liquidaciones de los citados impuestos no son preceptivas como documentación anexa a las declaraciones anuales que el precepto mandata publicar. E igualmente, en ningún caso, se puede suplir el cumplimiento del deber de información previsto en el citado precepto con el del derecho de acceso a la información pública establecido en el art. 24 LTPA, como así lo pretende el Ayuntamiento en sus alegaciones. Tras las oportunas comprobaciones, el Consejo constata la ausencia de publicación en la sede electrónica, portal y/o página web del Ayuntamiento de las declaraciones anuales de bienes y actividades referidas en la denuncia. Así, pues, se requiere la subsanación teniendo en cuenta, además, el criterio establecido por este órgano de control en la Consulta 2/2024, de 2 de julio, acerca del ¿Periodo de tiempo por el que resulta exigible mantener publicadas las declaraciones anuales de bienes y actividades de las personas representantes locales tras dejar de serlo¿. Asimismo, tras identificar sendos Portales de Transparencia municipales con contenidos distintos, en aplicación de los principios generales que articulan el sistema de publicidad activa, se advierte al Consistorio la necesidad de eliminar esta duplicidad, bien suprimiendo uno de ellos o bien homogeneizando la información que contienen. SUBSANACIÓN Jaén AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO-PONTONES Ver
122/2024 10/12/2024
  • Normas generales PA
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Declaraciones bienes y actividades representantes EELL
  • Derechos reconocidos en la Ley de Transparencia
  • Derecho a la publicidad activa
  • Principios aplicables
  • Inf. Altos cargos y máximos responsables
  • Principio de Transparencia
  • ·
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
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  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
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La persona denunciante manifiesta la ausencia de publicación del documento de declaración de bienes y actividades de una concejala del Consistorio. Hechos relacionados con la obligación de publicidad activa prevista en el art. 11 e) LTPA. El Ayuntamiento justifica esta incidencia en la existencia de un error en el enlace disponible en el Portal de Transparencia, afirmando que ya ha procedido a su rectificación. Y en prueba de ello facilita sendas direcciones electrónicas que permiten realizar la oportuna comprobación. El Consejo, tras la consulta de estos enlaces, ha podido confirmar que se encuentra disponible la declaración de bienes y actividades de la representante local referida en la denuncia. Por ello, y aún asumiendo que dicha información hubiera podido publicarse tras la interposición de la denuncia, se considera que el propósito de la transparencia ha quedado satisfecho, procediendo al archivo de la misma. ARCHIVO Administración Local AYUNTAMIENTO DE TORREMOLINOS Ver
40/2024 22/04/2024
  • Contratación o Convenios
  • Inf. Contratos, convenios y subvenciones
  • Perceptores de ayudas o subvenciones
  • Contratos
  • Contratos
  • CUENTAS ANUALES
  • CUENTAS ANUALES
  • Inf. institucional y organizativa
  • Inf. institucional y organizativa
  • Inf. Económica, financiera y presupuestaria
  • Inf. Económica, financiera y presupuestaria
  • Otros sujetos obligados a PA
  • Otros sujetos obligados a PA
  • Datos de contratos
  • Contratos menores
  • Convenios
  • Convenios
  • Cuentas anuales que deban rendirse
  • Subvenciones
  • Subvenciones
  • Estructura organizativa
  • Estructura organizativa
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  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
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  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
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La entidad subvencionada ha procedido a subsanar en su integridad los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2023-2024, por lo que se archiva el procedimiento iniciado de oficio por el Consejo por presunto incumplimiento de obligaciones de publicidad activa previstas en la legislación básica (LTAIBG). ARCHIVO OTRAS Asociación Profesional de Trabajadores Autónomos de Andalucía (ata Andalucía) Ver
4/2025 20/01/2025
  • Normas generales PA
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Declaraciones bienes y actividades representantes EELL
  • Derechos reconocidos en la Ley de Transparencia
  • Derecho a la publicidad activa
  • Principios aplicables
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  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
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  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
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  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
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La persona denunciante manifiesta la ausencia de publicación de las declaraciones de bienes y actividades de los miembros de la Corporación Local en el Portal de Transparencia del Consistorio. Hechos relacionados con la obligación de publicidad activa prevista en el art. 11 e) LTPA. El Ayuntamiento alega que esta incidencia fue debida a un problema informático y que ha procedido a su subsanación, facilitando al efecto la dirección electrónica para su oportuna comprobación. El Consejo ha podido confirmar tras su consulta que se encuentran disponibles las declaraciones de bienes y actividades de las personas representantes locales del mandato 2023-2027 con motivo de su toma de posesión. Por ello, y aún asumiendo que dicha información hubiera podido publicarse tras la interposición de la denuncia, se considera que el propósito de la transparencia ha quedado satisfecho, procediéndose al archivo de la denuncia. ARCHIVO Administración Local AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DEL RIO Ver
5/2025 23/01/2025
  • Normas generales PA
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Inf. Contratos, convenios y subvenciones
  • Contratación o Convenios
  • Convenios
  • Convenios
  • Derechos reconocidos en la Ley de Transparencia
  • Derecho a la publicidad activa
  • Principios aplicables
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  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
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Se denuncia que no se encuentra publicado un determinado convenio en el Portal de Transparencia del Consistorio. De la obligación de publicidad activa prevista en el art. 15 b) LTPA no se puede inferir la exigencia de publicar el texto íntegro de un convenio sino únicamente la de satisfacer los elementos de publicidad activa que en dicho artículo se recogen. Tras consultar las distintas plataformas electrónicas con las que cuenta el Ayuntamiento, el Consejo no ha podido advertir publicada ninguna información acerca del mismo pero sí la presencia de indicios que sugieren su existencia. Así pues, el Consejo considera que concurre un cumplimiento deficiente de lo dispuesto en el art. 15 b) LTPA derivado de la falta de publicación de la información que resulta exigible acerca del convenio en cuestión, por lo que se requiere al ente local denunciado la correspondiente subsanación. SUBSANACIÓN Administración Local AYUNTAMIENTO DE AZNALCÓLLAR Ver
7/2025 23/01/2025
  • Normas generales PA
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Inf. institucional y organizativa
  • Inf. institucional y organizativa
  • Principio de reutilización
  • Principio de reutilización
  • Derechos reconocidos en la Ley de Transparencia
  • Publicidad exigida art. 54 LAULA
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  • Principio de Transparencia
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La denuncia señala la ausencia de publicación de la norma que regula el coste económico del servicio municipal de expedición de certificados como el de empadronamiento. Hechos que se relacionan con la obligación de publicidad activa prevista en el art. 54.1 letra j) LAULA, por remisión del artículo 10.3 LTPA. El Ayuntamiento en sus alegaciones reconoce implícitamente los hechos denunciados comunicando su subsanación mediante la publicación de la Ordenanza fiscal correspondiente en el Portal de Transparencia. El Consejo, tras la comprobación de su disponibilidad en dicho Portal y aún asumiendo que dicha información hubiera podido publicarse tras la interposición de la denuncia, considera que el propósito de la transparencia ha quedado satisfecho. Se procede, en consecuencia, al archivo de la denuncia. ARCHIVO Administración Local Ayuntamiento de Brenes Ver
133/2024 23/12/2024
  • Normas generales PA
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Respeto normativa para reutilización
  • Principio de reutilización
  • Principio de reutilización
  • Posibilidad reutilización
  • Formatos para reutilización
  • Principios aplicables
  • Inf. Altos cargos y máximos responsables
  • Principio de Transparencia
  • Retribuciones AACC y máximos responsables
  • Retribuciones AACC y máximos responsables
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  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
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La persona denunciante reprocha la falta de actualización de las retribuciones percibidas por los máximos representantes de la Corporación municipal pertenecientes al mandato 2023-2027. Hechos que están relacionados con la obligación de publicidad activa prevista en el art. 11 b) LTPA. Tras analizar tanto la página web, como los portales de transparencia y la Sede Electrónica municipal, el Consejo ha comprobado la ausencia de dicha información. Por consiguiente, se requiere la oportuna subsanación de acuerdo con el art. 23 LTPA. Por otro lado, al distinguirse la existencia de dos Portales de Transparencia con contenidos distintos, se advierte al Ayuntamiento de la necesidad de suprimir uno de los Portales de Transparencia o bien homogeneizar sus contenidos. El objeto es poder garantizar que el acceso a la información se facilite del modo más comprensible y fácil posible, evitando de esta manera duplicidades que puedan favorecer cualquier equívoco o confusión entre la ciudadanía que realiza una consulta. SUBSANACIÓN Administración Local AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL ARISCAL Ver
23/2025 07/03/2025
  • Normas generales PA
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Orden del día previo a la reunión
  • Principio de reutilización
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  • Posibilidad reutilización
  • Formatos para reutilización
  • Derechos reconocidos en la Ley de Transparencia
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  • Principio de Transparencia
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  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
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La denuncia plantea la ausencia de publicación de los órdenes de día de las sesiones plenarias. Información cuya publicación resulta preceptiva de conformidad con el art. 22.1 LTPA. Tras realizar el Consejo las oportunas comprobaciones se confirma la falta de publicidad de la información denunciada desde que resultó exigible dicha obligación al ente local (10 diciembre de 2016; Disposición Final Quinta LTPA). En consecuencia, constatado el deficiente cumplimiento, se requiere la oportuna subsanación de conformidad con el art. 23 LTPA. SUBSANACIÓN Administración Local Ayuntamiento de Alhama de Almería Ver
1/2025 14/01/2025
  • Normas generales PA
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Procesos de selección de personal
  • Inexistencia de portal de transparencia
  • Información no sujeta a PA
  • Derechos reconocidos en la Ley de Transparencia
  • Derecho a la publicidad activa
  • Principios aplicables
  • Principio de Transparencia
  • ·
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
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Se denuncia en primer término la supuesta ausencia de publicación por parte de la empresa pública del número de contratos eventuales desde el año 2016 hasta la actualidad (junio del 2024) de determinadas categorías profesionales. Sin embargo, se trata de una cuestión que en ningún caso se refiere a un supuesto incumplimiento de obligaciones de publicidad activa definidas por el Título II LTPA. Por otra lado, en cuanto a la falta de disponibilidad electrónica de la información referente a una determinada bolsa de empleo y el concurso para la estabilización de empleo publicado en el BOP de Cádiz, al no ser posible localizar la información preceptiva dispuesta por el art. 10.1 k) LTPA en la página web de la entidad; el Consejo requiere la publicación de la documentación sobre sus normas de funcionamiento, tramitación y resultados, de conformidad con el criterio establecido por este órgano de control en cuanto al alcance del contenido que resulta exigible publicar. Por último, la falta de disponibilidad de un Portal de Transparencia por la citada entidad, también reprochada en la denuncia, no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa según lo dispuesto en el art. 9.4 LTPA. A este respecto, los sujetos obligados pueden y deben ofrecer la información en sus correspondientes páginas web, sedes electrónicas o portales, sin que se supedite el cumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa a la previa puesta en funcionamiento en exclusiva de cualquiera de estos instrumentos. SUBSANACIÓN EMPRESA DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN DE ALGECIRAS, S.A. (EMCALSA) Ver
44/2024 24/04/2024
  • Perceptores de ayudas o subvenciones
  • Contratos menores
  • Contratación o Convenios
  • Convenios
  • Convenios
  • Subvenciones
  • Subvenciones
  • CUENTAS ANUALES
  • CUENTAS ANUALES
  • Inf. Económica, financiera y presupuestaria
  • Inf. Económica, financiera y presupuestaria
  • Cuentas anuales que deban rendirse
  • Inf. Contratos, convenios y subvenciones
  • Contratos
  • Contratos
  • Otros sujetos obligados a PA
  • Otros sujetos obligados a PA
  • Datos de contratos
  • ·
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  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
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  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
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  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
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La entidad subvencionada no ha procedido a subsanar en su integridad los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2023-2024, por lo que procede requerir que publique la información de publicidad activa omitida que le resulta exigible. SUBSANACIÓN OTRAS Ab Azucarera Iberia, S.l. Ver
32/2025 01/04/2025
  • Normas generales PA
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Documentación sometida a información pública
  • Documentación sometida a información pública
  • Información no sujeta a PA
  • Derechos reconocidos en la Ley de Transparencia
  • Derecho a la publicidad activa
  • Principios aplicables
  • Principio de Transparencia
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  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
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  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
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  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
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La persona denunciante centra su denuncia en las complicaciones que a su entender presenta poder localizar información en relación con un determinado expediente durante el trámite de información pública al que ha sido sometido y no en la propia publicación electrónica de la misma, tal y como exige la obligación de publicidad activa prevista en el art. 13.1 e) LTPA. Dicha eventualidad en sí misma no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el Título II LTPA, aunque de hecho el Consejo ha podido localizar publicada la documentación a la que se refiere la denuncia en el Portal de la Junta de Andalucía. No cabe, por tanto, admitir a trámite la denuncia, procediendo su inadmisión y archivo. ARCHIVO JUNTA DE ANDALUCÍA Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural En Cádiz Ver
49/2025 13/05/2025
  • Normas generales PA
  • Denuncia genérica
  • Derecho a la publicidad activa
  • Principios aplicables
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  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
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El escrito de denuncia no identifica qué concretas exigencias de publicidad activa han sido pretendidamente desatendidas por la entidad local denunciada, derivando a este Consejo la tarea de llenar de un contenido preciso el objeto de la denuncia. Así pues, ante el carácter genérico e indeterminado de la misma y la falta de subsanación de esta incidencia, procede la inadmisión de la denuncia y su archivo. Ello no impide que la persona denunciante vuelva a plantear denuncia en el caso de que aprecie eventuales incumplimientos de las obligaciones de publicidad activa a las que pueda sujetarse la citada entidad. ARCHIVO Administración Local Ayuntamiento de Zalamea la Real Ver
93/2024 18/09/2024
  • Derecho a la publicidad activa
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  • Ley de Transparencia Pública de Andalucía
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  • Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
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Se denuncia que no se encuentra publicado un determinado convenio en el Portal de Transparencia del Consistorio. De la obligación de publicidad activa prevista en el art. 15 b) LTPA no se puede inferir la exigencia de publicar el texto íntegro de un convenio sino únicamente la de satisfacer los elementos de publicidad activa que en dicho artículo se recogen. Tras consultar las distintas plataformas electrónicas con las que cuenta el Ayuntamiento, el Consejo no ha podido advertir publicada ninguna información acerca del mismo pero sí la presencia de indicios que sugieren su existencia. Así pues, el Consejo considera que concurre un cumplimiento deficiente de lo dispuesto en el art. 15 b) LTPA derivado de la falta de publicación de la información que resulta exigible acerca del convenio en cuestión, por lo que se requiere al ente local denunciado la correspondiente subsanación. SUBSANACIÓN Administración Local AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS Ver