Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1218
Mostrando del 811 al 825
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| Nº Ordenar descendente | Fecha | Indicador | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha |
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| 44/2022 | 30/06/2022 |
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Se archiva la denuncia interpuesta ante el Consejo tras acreditarse por parte del Ayuntamiento denunciado la anulación del proceso selectivo sobre el que versa la misma y la iniciación de uno nuevo que resulta distinto al anterior en el que la denuncia se incardina, dada la imposibilidad material de continuar el procedimiento por causas sobrevenidas. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE COLOMERA | Ver |
| 44/2023 | 14/06/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa municipal una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. También reseña que no dispone de portal de transparencia. Aunque de la simple ausencia de un portal de transparencia expresamente habilitado por la entidad no puede derivarse incumplimiento alguno (siempre que se disponga de una sede electrónica y/o página web en uso donde poder satisfacer sus obligaciones de publicidad activa), el Consejo ha podido confimar que éste sí se encuentra en funcionamiento. No obstante, también ha podido advertirse que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | EMPRESA MUNICIPAL DE LIMPIEZA DE COLEGIOS Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES, S.A. (EMLICODEMSA) | Ver |
| 44/2024 | 24/04/2024 |
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La entidad subvencionada no ha procedido a subsanar en su integridad los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2023-2024, por lo que procede requerir que publique la información de publicidad activa omitida que le resulta exigible. | SUBSANACIÓN | OTRAS | Ab Azucarera Iberia, S.l. | Ver |
| 44/2025 | 29/04/2025 |
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La denuncia señala un presunto incumplimiento por parte del ente local de las obligaciones de publicidad activa previstas en el art. 15) LTPA, referido al periodo comprendido entre el 01/07/2024 y el 03/02/2025. Tras realizar las oportunas comprobaciones, el Consejo constata el deficiente cumplimiento de la información publicada sobre contratos, convenios, encomiendas de gestión y subvenciones, por lo que se requiere la oportuna subsanación. En cuanto a la información sobre subvenciones y si el Ayuntamiento no las ha concedido, la subsanación debe consistir en informar de forma expresa sobre esta circunstancia. Por último, ante la disponibilidad constatada de dos Portales de Transparencia con contenidos distintos, se traslada la necesidad de que el ente local proceda a suprimir uno de los dos portales transparencia o bien a homogeneizar los contenidos incluidos en los mismos, en cumplimiento de los principios generales aplicables en el sistema de publicidad activa. | SUBSANACIÓN | Administración Local | AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO-PONTONES | Ver |
| 45/2017 | 20/12/2017 |
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Se considera que la aprobación inicial de los presupuestos de las entidades locales no comporta la publicación del presupuesto en el Portal de Transparencia ex art. 13.1.e) LTPA. El art. 133.4 LPAC confía a la decisión de las Administraciones optar o no por el trámite de información pública que contempla el 133.2 LPCA cuando "de normas presupuestarias" se trata, deviniendo potestativa la publicación en el portal web de la documentación que el trámite comporta. |
ARCHIVO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE EL CUERVO | Ver |
| 45/2018 | 16/05/2018 |
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Información sobre planeamiento urbanístico. Se considera que el órgano cumple la obligación. |
ARCHIVO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE MORÓN DE LA FRONTERA | Ver |
| 45/2019 | 12/02/2019 |
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Ausencia de publicación telemática de los documentos en trámite de información pública de estudio ambiental. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ALANÍS | Ver |
| 45/2020 | 24/02/2020 |
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Ausencia de publicación telemática de documentos en trámite de información pública de Proyecto de Actuación. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE DARRO | Ver |
| 45/2021 | 22/04/2021 |
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Ausencia de publicación telemática de documentos en trámite de información pública de expediente de modificación de Ordenanza fiscal. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE PALOS DE LA FRONTERA | Ver |
| 45/2022 | 13/07/2022 |
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La persona denunciante señala la falta de disponibilidad electrónica de la información sobre planificación y evaluación que resulta exigible a la Administración autonómica, de conformidad con lo dispuesto en el art. 12 LTPA. Debe advertirse que este artículo, en lo que a 'evaluaciones' se refiere, solo exige la publicación de aquéllas que tengan por objeto valorar el grado de cumplimiento y los resultados obtenidos en relación a un plan o programa previamente aprobado por el sujeto obligado. Asimismo, la labor del Consejo se ciñe a valorar en exclusiva la observancia por parte de la Administración denunciada del deber de publicar electrónicamente la información relacionada con los planes y evaluaciones que se prevé en el antedicho precepto. Cualquier otro examen atinente a posibles incorrecciones o deficiencias de la información ofrecida, constituye una cuestión que trasciende al ejercicio de su función de control. En cualquier caso, tras analizar el Portal de la Junta de Andalucía el Consejo ha podido confirmar que la información a la que alude la persona denunciante se encuentra publicada, teniendo en cuenta las prácticas aceptadas por este órgano de control relativas al 'link' y al 'propósito de la transparencia'. En consecuencia, se archiva la denuncia. |
ARCHIVO | JUNTA DE ANDALUCÍA | JUNTA DE ANDALUCÍA | Ver |
| 45/2023 | 14/06/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa municipal una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | EMPRESA MUNICIPAL HUELVA DIGITAL TDTL, S.A. | Ver |
| 45/2024 | 24/04/2024 |
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Se denuncia que no se encuentra publicado un determinado convenio en la página web del Consistorio. De la obligación de publicidad activa prevista en el art. 15 b) LTPA no se puede inferir la exigencia de publicar el texto íntegro de un convenio sino únicamente la de satisfacer los elementos de publicidad activa que en dicho artículo se recogen. No obstante, aunque el deber de información previsto en el citado artículo se cumple con la mera satisfacción de los elementos de publicidad activa que respecto de los convenios el precepto establece (partes firmantes, objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, personas obligadas a la realización de las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas), resulta evidente que la publicación en sí misma de los convenios satisface de igual modo, por motivos obvios, la precitada obligación de transparencia. Y en este sentido, el Consejo ha podido confirmar que en el Portal de Transparencia municipal se encuentra publicado el Convenio que se denuncia. En consecuencia, se archiva la denuncia. |
ARCHIVO | Sevilla | AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS | Ver |
| 45/2025 | 29/04/2025 |
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Se constata un cumplimiento deficiente por parte del Instituto Municipal de la obligación de de publicidad activa prevista en el artículo 10.1 g) LTPA, ya que la relación vigente de puestos de trabajo publicada en su página web no asocia a cada puesto el importe anual de sus retribuciones, como así lo exige el precepto. En consecuencia, el Consejo requiere su subsanación de conformidad con el art. 23 LTPA. | SUBSANACIÓN | Administración Local | Instituto Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Sevilla | Ver |
| 46/2017 | 20/12/2017 |
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Se solicita la publicación de la RPT del Ayuntamiento. Ya había sido publicada. |
ARCHIVO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE ALMUÑÉCAR | Ver |
| 46/2018 | 23/05/2018 |
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Incumplimiento de publicación electrónica de documentos de un proyecto de actuación en el trámite de información pública |
REQUERIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE MARTIN DE LA JARA | Ver |