Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 904
Mostrando del 766 al 780
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Nº | Fecha | Indicador Ordenar descendente | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha | |
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193/2020 | 10/11/2020 |
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Se analiza la publicidad activa de las declaraciones de bienes e intereses de los Diputados Provinciales. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ | Ver | |
201/2020 | 30/11/2020 |
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Se analiza el incumplimiento sobre la publicación de la declaración de bienes patrimoniales e incompatibilidad de los ediles de un ayuntamiento. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO | Ver | |
204/2020 | 02/12/2020 |
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Asuencia de declaraciones de bienes e intereses de los Diputados Provinciales. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA | Ver | |
200/2020 | 30/11/2020 |
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Se analiza la publicidad activa en la información sobre retribuciones/indemnizaciones de los miembros de la Junta General y del Consejo de Administración de una empresa pública municipal. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | EMPRESA MANCOMUNADA DEL ALJARAFE S.A. (ALJARAFESA) | Ver | |
38/2023 | 31/05/2023 |
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La denuncia achaca a la empresa pública que no está publicando las retribuciones brutas de todos sus altos cargos con contrato de Dirección (sólo la del Consejero Delegado) ni tampoco las indemnizaciones, por lo que está incumpliendo lo dispuesto en el art. 8.1 f) LTAIBG, en relación con lo que a su vez dispone el art. 11 LTPA en sus letras b) y c). El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, no se encuentran publicadas las retribuciones de cualquier naturaleza percibidas anualmente por los altos cargos o personas máximos responsables con contrato de dirección (inclusive el Consejero Delegado), por lo que se requiere a la entidad la subsanación y su oportuna publicación desde que la obligación le resultó exigible (2016). En cuanto a las indemnizaciones, la empresa informa en su portal sobre la inexistencia de las mismas, por lo que al no existir la información y hacerse constar en este sentido, no puede admitirse que concurra un deficiente cumplimiento de la obligación de publicidad activa establecida en el art. 11 c) LTPA. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | EMASESA | Ver | |
159/2020 | 15/07/2020 |
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Incumplimiento de obligación de publicar las actas de las sesiones plenarias y contratos | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE COGOLLOS DE LA VEGA | Ver | |
203/2020 | 30/11/2020 |
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Incumplimiento de publicidad activa relativo a adjudicación de contratos. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA | Ver | |
198/2020 | 24/11/2020 |
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Se analiza la información publica de contratos de una ayuntamiento. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | PUERTO DEPORTIVO DE BENALMÁDENA, S.A.M. | Ver | |
197/2020 | 24/11/2020 |
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Ser analiza la publicación de contratos y la publicación previa de las sesiones plenarias. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ESPELUY | Ver | |
40/2022 | 21/06/2022 |
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La entidad subvencionada no ha procedido a subsanar en su integridad los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2019-2021, por lo que procede requerir que publique la información de publicidad activa omitida que le resulta exigible. | SUBSANACIÓN | OTRAS | ACERINOX EUROPA, S.A. | Ver | |
52/2022 | 19/08/2022 |
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La ausencia de publicación en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de diversa información relacionada con la edificación e inauguración de un monumento no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa definidas por el Título II LTPA. Esta conclusión se alcanza, igualmente, en lo que respecta al ejemplar del contrato firmado para la edificación del citado monumento, ya que la exigencia prevista en el art. 15 a) LTPA viene referida a los concretos elementos de publicidad que se estipulan en el mismo y no al contrato en sí. Ello no impide que cualquier persona pueda solicitar (en ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el artículo 24 LTPA) toda suerte de información que en relación con la documentación a la que se refiere la denuncia obre en poder del Consistorio. Solicitud que en el caso ser inobservada o inadecuamente atendida por el ente local podría legitimar la interposición de una reclamación ante el Consejo al amparo de lo que establece dicho artículo, tal y como de hecho ha asumido acertadamente la persona denunciante. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA | Ver | |
4/2023 | 30/01/2023 |
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Se constata un cumplimiento deficiente por parte de la Mancomunidad de diversas obligaciones de publicidad activa, ya que no facilita en su página web (o lo hace de modo incompleto) diversa información institucional y organizativa; sobre las personas que ejercen la máxima responsabilidad en la entidad; sobre planificación y evaluación; de relevancia jurídica; sobre procedimientos, cartas de servicio y participación ciudadana; sobre convenios; económica, financiera y presupuestaria; así como respecto de su inventario de actividades de tratamiento. Se requiere, en consecuencia, la oportuna subsanación. Por otra parte, en el caso de que la Mancomunidad pueda verse afectada por la escasez de medios económicos y/o técnicos, antes de inclinarse por asumir el incumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa debe recurrir al cauce del auxilio institucional de la Diputación Provincial (art. 20 LTPA). |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS BAHIA DE CADIZ | Ver | |
26/2023 | 09/05/2023 |
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La persona denunciante achaca a la entidad local una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa respecto de contratos menores, cuentas anuales, datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público e informes de auditoría de empresas municipales. El Consejo sólo ha podido advertir incumplimiento en lo que atañe a la información que se facilita acerca de los datos estadísticos, en tanto en cuanto la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere al Consistorio la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información descrita. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA | Ver | |
30/2023 | 16/05/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa pública una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa en materia de presupuestos, cuentas anuales, informes de auditoría, contratos, convenios e informe de bienes. También reseña que no dispone de portal de transparencia. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Sin embargo, de la simple ausencia de un portal de transparencia expresamente habilitado por la entidad no puede derivarse incumplimiento alguno, al disponer ésta de una página web en uso donde poder satisfacer sus obligaciones de publicidad activa. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | OTRAS | EMPRESA MUNICIPAL ALMERÍA XXI, S.A. | Ver | |
158/2020 | 15/07/2020 |
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Incumplimiento de publicidad de contratos públicos, empleo público y agenda del regidor. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE LOPERA | Ver |