Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1260
Mostrando del 106 al 120
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| Nº | Fecha | Indicador | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito Ordenar descendente | Órgano | Ficha |
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| 123/2024 | 10/12/2024 |
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Se constata un cumplimiento deficiente por parte del ente local de diversas obligaciones de publicidad activa, ya que no facilita en su página web, Sede Electrónica o Portal de Transparencia información sobre subvenciones y ayudas públicas concedidas; relación de puestos de trabajo; contratos formalizados, incluidos los contratos menores; cuentas anuales que hayan podido rendirse por parte de la entidad local, así como los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización que sobre las mismas se hayan podido emitir por órganos de control externo. Se requiere, en consecuencia, la oportuna subsanación. En cuanto a las subvenciones que le han sido otorgadas por todas las Administraciones Públicas al Consistorio, ningún precepto de la LTPA (tampoco de la LTAIBG) prevé de modo expreso el deber de publicar este información telemáticamente, puesto que el art. 15 c) LTPA solo impone esta exigencia a las subvenciones concedidas por las entidades sujetas a las leyes de transparencia, no así a las recibidas. | SUBSANACIÓN | Almería | Ayuntamiento de Enix | Ver |
| 8/2025 | 24/01/2025 |
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La denuncia reprocha la falta de publicación de las grabaciones de dos concretos plenos municipales. Hechos que se relacionan con la obligación de publicidad activa prevista en el art. 21 LTPA. El Consejo ha podido constatar que en el Portal de Transparencia municipal se excusa esta incidencia en que se están arbitrando las medidas técnicas necesarias para la retransmisión de los Plenos. Afirmación que no sirve de excusa para eludir el cumplimiento del deber de información que nos ocupa, puesto que el art. 21 LTPA posibilita el uso de otro medio de publicación para satisfacer esta obligación como es facilitar telemáticamente los archivos audiovisuales de las sesiones plenarias una vez celebradas. Salvo que, también en este supuesto, existan causas justificadas de imposibilidad técnica o económica. Circunstancias que en ningún caso han resultado acreditadas por el Consistorio. En consecuencia, el Consejo requiere la subsanación de conformidad con el art. 23 LTPA, tras comprobar la efectiva celebración de los plenos en las fechas aludidas en la denuncia al encontrarse publicadas las actas respectivas en el Portal de Transparencia. | SUBSANACIÓN | Almería | Ayuntamiento de Padules | Ver |
| 6/2025 | 23/01/2025 |
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Se constata un cumplimiento deficiente por parte del Ayuntamiento de diversas obligaciones de publicidad activa, ya que no facilita en sede electrónica (o lo hace de modo incompleto) diversa información sobre retribuciones e indemnizaciones percibidas por los altos cargos previstas en el art. 11 b) y c) LTPA; así como de tipo presupuestario establecida en los arts. 16 a) LTPA y 54.1 k) LAULA, por remisión del art. 10.3 LTPA. En consecuencia, el Consejo requiere la oportuna subsanación. No obstante, en relación a las obligaciones dispuestas en los arts. 11 b) LTPA y 54.1 k) LAULA (por remisión del art. 10.3 LTPA), se declara a su vez el incumplimiento al haber sido ya objeto de requerimiento de subsanación mediante Resolución previamente dictada por este órgano de control ante otras denuncias presentadas igualmente ante supuestas deficiencias de publicidad activa por parte del Ayuntamiento. Asimismo, la denuncia también reprocha la ausencia de publicación de un expediente de designación de un abogado gestionado por el Consistorio así como de cierta información sobre arrendamientos o cesiones de bienes públicos realizadas por el Ayuntamiento. En estos supuestos, los términos en que se plantea la denuncia no permiten identificar la efectiva materialización del supuesto incumplimiento de obligaciones de publicidad activa al que se refiere. | INCUMPLIMIENTO Y SUBSANACIÓN | Almería | Ayuntamiento de Padules | Ver |
| 20/2024 | 19/02/2024 |
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La persona denunciante manifiesta que no se encuentra publicada información alguna sobre la sesión plenaria celebrada en fecha 5 de octubre de 2023, lo que puede revelar el incumplimiento por parte del Ayuntamiento de las obligaciones de publicidad acta previstas en los arts. 10.3, 21 y 22.1 LTPA. Sin embargo, el Consejo ha podido confirmar que en el Portal de Transparencia municipal se encuentran publicados sendos archivos audiovisuales pertenecientes a la primera y segunda parte de la sesión plenaria en cuestión, así como el acta correspondiente. En estos términos, el Consejo considera que, independientemente de las fechas en las que se haya podido producir la incorporación efectiva de la citada información al Portal de Transparencia, una vez que ha quedado confirmada la posibilidad de su consulta, el propósito de la transparencia ha quedado satisfecho; sin que, por tanto, pueda reputarse incumplimiento alguno de las exigencias de publicidad activa reseñadas en los términos denunciados. En consecuencia, se archiva la denuncia. |
ARCHIVO | Cádiz | AYUNTAMIENTO DE TARIFA | Ver |
| 104/2024 | 15/10/2024 |
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La persona denunciante achaca al Ayuntamiento una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, se requiere a la entidad local denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. | SUBSANACIÓN | Cádiz | Ayuntamiento de Alcalá del Valle | Ver |
| 112/2024 | 13/11/2024 |
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La denuncia atribuye al Ayuntamiento un supuesto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 13.1 e) LTPA, al no resultar accesible telemáticamente la documentación de un expediente de calificación ambiental durante el trámite de información pública practicado, a tenor del texto del anuncio que apertura dicho trámite. El Reglamento de Calificación Ambiental de Andalucía aplicable al caso prevé la concesión del trámite de información pública, lo que activa a su vez la obligación de llevar a cabo la publicación de los documentos que lo conforman en la sede electrónica, portal o página web del ente local, en virtud de lo dispuesto en el artículo reseñado. Tras consultar el Portal de Transparencia municipal y analizar el informe técnico aportado por el Consistorio junto a sus alegaciones, el Consejo concluye que la documentación atinente al expediente se encontró disponible no sólo de forma presencial sino también electrónica durante el trámite sustanciado. En consecuencia, se procede el archivo de la denuncia. | ARCHIVO | Cádiz | AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE | Ver |
| 90/2024 | 20/09/2024 |
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La persona denunciante achaca al Ayuntamiento una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, se requiere a la entidad local denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. Por otra parte, aunque la denuncia también reseña que la información publicada incumple el principio de reutilización, el Consejo no aprecia vulneración alguna de dicho principio, en tanto en cuanto los documentos que se encuentran publicados no dan muestras de contrariar el mismo. | SUBSANACIÓN | Cádiz | Ayuntamiento de Bornos | Ver |
| 120/2024 | 29/11/2024 |
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La persona denunciante achaca al Ayuntamiento una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, se requiere a la entidad local denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. Finalmente, aunque la denuncia también reseña que toda la información publicada incumple el principio de reutilización, el Consejo no aprecia vulneración alguna de dicho principio, en tanto en cuanto los documentos que se encuentran publicados no dan muestras de contrariar el mismo. | SUBSANACIÓN | Cádiz | Ayuntamiento de Torre Alháquime | Ver |
| 163/2020 | 28/07/2020 |
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Los actos de las Corporaciones de derecho público sujetas al derecho administrativo están includos en el marco de la ley de transparencia.// La información sobre los litigios judiciales del Colegio Oficial no constituye obligación de publicidad activa.// La obligación de publicar las compatibilidades es exigible para las administraciones públicas andaluzas respecto del personal a su servicio que pueda verse afectado por causa de incompatibilidad en este u otro ámbito.// No es preciso ser interesado en el procedimiento de que se trate para denunciar presuntos incumplimientos, pues esta posibilidad alcanza a cualquier persona. | ARCHIVO | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | COLEGIO OFICIAL DE PERITOS E INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES | Ver |
| 196/2020 | 18/11/2020 |
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Se analiza la falta de información pública de las actas de asambleas de una Federación. | ARCHIVO | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | FEDERACIÓN ANDALUZA DE MOTOCICLISMO | Ver |
| 50/2021 | 28/04/2021 |
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Ausencia de publicación de información sobre el perfil y trayectoria profesional de responsables. Ausencia de publicación de información sobre contratos, convenios y encomiendas, subvenciones y cuentas anuales. Se archiva por cumplimiento durante la tramitación del procedimiento. |
ARCHIVO | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | REAL FEDERACIÓN ANDALUZA DE FÚTBOL | Ver |
| 51/2021 | 28/04/2021 |
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Se archiva la solictud por cumplimiento durante la tramitación del procedimiento | ARCHIVO | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | FEDERACIÓN ANDALUZA DE CAZA | Ver |
| 52/2021 | 28/04/2021 |
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Se archiva el procedimiento por cumplimiento durante su tramitación. | ARCHIVO | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | REAL FEDERACIÓN ANDALUZA DE GOLF | Ver |
| 54/2021 | 05/05/2021 |
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Se archiva el procedimiento por cumplimiento durante su tramitación. | ARCHIVO | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | FEDERACIÓN ANDALUZA DE BALONCESTO | Ver |
| 55/2021 | 05/05/2021 |
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Se archiva el procedimiento por cumplimiento durante su tramitación. | ARCHIVO | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | FEDERACIÓN ANDALUZA DE MONTAÑISMO | Ver |