Nº de Registros encontrados: 4001
Mostrando del 3301 al 3315
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Nº | Fecha | Indicador Ordenar ascendente | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha | |
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723/2023 | 08/11/2023 |
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Se solicita información sobre el inventario de caminos. La entidad remite la información al Consejo, pero es al solicitante a quien ha de remitirse, pues el Consejo no puede convertirse en receptor o transmisor de la información pública, sino velar por el cumplimiento del ejercicio de este derecho de acceso a la misma en los términos previstos en la LTPA y que la información llegue al ciudadano solicitante por parte del órgano reclamado. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ALANÍS | Ver | |
728/2023 | 09/11/2023 |
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Se solicita información sobre proceso selectivo. La entidad remite la información al Consejo, pero es al solicitante a quien ha de remitirse, pues el Consejo no puede convertirse en receptor o transmisor de la información pública, sino velar por el cumplimiento del ejercicio de este derecho de acceso a la misma en los términos previstos en la LTPA y que la información llegue al ciudadano solicitante por parte del órgano reclamado. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MORÓN DE LA FRONTERA | Ver | |
755/2023 | 17/11/2023 |
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Se solicita información sobre gastos y datos en recogida de residuos. La entidad remite la información al Consejo, pero es al solicitante a quien ha de remitirse, pues el Consejo no puede convertirse en receptor o transmisor de la información pública, sino velar por el cumplimiento del ejercicio de este derecho de acceso a la misma en los términos previstos en la LTPA y que la información llegue al ciudadano solicitante por parte del órgano reclamado. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ALMONTE | Ver | |
091/2016 | 21/09/2016 |
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No se otorgó a un denunciante la información del resultado de un expediente sancionador basándose en el artículo 15.1 LTAIBG. Improcedente. No resulta de aplicación la LOPD a las personas jurídicas. Como hubo oposición de tercero se aplica el 22.2 LTAIBG. Se estima parcialmente. |
ESTIMADA PARCIALMENTE | JdA | DELEGACIÓN TERRITORIAL DE SALUD, IGUALDAD Y POLÍTICAS SOCIALES | Ver | |
079/2016 | 03/08/2016 |
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Solicitud de acceso a expedientes y solicitud de documentación. La información que no exista no es información pública a efectos de la LTPA. Parte de la información solicitada se ofreció. La información ha de concretarse lo más precisamente posible (art. 8.b LTPA). No cabe reformulación de la solicitud a través de la reclamación con nuevas peticiones. Solicitud de documentos con datos de carácter personal. Artículo 15.3 LTPA. Ponderación interés público. Sacrificio excesivo de datos de carácter personal sin que exista interés público. |
DESESTIMADA | JdA | DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES LABORALES Y SEGURIDAD Y SALUD LABORAL | Ver | |
078/2016 | 03/08/2016 |
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Información sobre canon de mejora de infraestructuras hidráulicas. Cantidades recaudadas por un Ayuntamiento y las cantidades abonadas a la Agencia Tributaria de Andalucía por el Ayuntamiento. Principio antiformalista de la LTPA: “cualquier persona puede solicitar el acceso a información”, no es necesario que acredite condición de vocal de la junta de la entidad solicitante. No se aplica DA 4ª. 2 LTPA pues de la Ley General Tributaria no se deriva un régimen jurídico específico de acceso a la información. Análisis del deber de confidencialidad del artículo 95 de la Ley General Tributaria. Ponderación de interés público. |
ESTIMADA | JdA | AGENCIA TRIBUTARIA DE ANDALUCÍA | Ver | |
144/2017 | 30/11/2017 |
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Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuenta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. Se estima parcialmente. |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE SEVILLA | Ver | ||
152/2017 | 20/12/2017 |
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Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuenta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Se estima parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE LA PALMA DEL CONDADO | Ver | ||
004/2018 | 03/01/2018 |
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Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuenta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS | Ver | |
008/2018 | 10/01/2018 |
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Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuenta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. Se estima parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA | Ver | |
010/2018 | 17/01/2018 |
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Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. Se estima parcialmente. |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO | Ver | |
024/2018 | 31/01/2018 |
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Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Estimada parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO | Ver | |
031/2018 | 31/01/2018 |
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Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Estimada parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE JAÉN | Ver | |
033/2018 | 31/01/2018 |
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Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Estimada parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE MENGÍBAR | Ver | |
039/2018 | 31/01/2018 |
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Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Estimada parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS | Ver |