Nº de Registros encontrados: 4001
Mostrando del 3001 al 3015
En los campos marcados con O puedes introducir varios elementos separados por comas.
Posicionándonos sobre el campo se ofrece ayuda para su implementación.
Nº | Fecha | Indicador | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha | |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
131/2016 | 21/12/2016 |
|
|
|
|
Desistimiento |
DESISTIMIENTO | JdA | EMPRESA PUBLICA PARA LA GESTIÓN DEL TURISMO Y DEL DEPORTE EN ANDALUCÍA | Ver | |
156/2018 | 09/05/2018 |
|
|
|
|
Desistimiento |
DESISTIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE ANTEQUERA | Ver | |
004/2018 | 03/01/2018 |
|
|
|
|
Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuenta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS | Ver | |
008/2018 | 10/01/2018 |
|
|
|
|
Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuenta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. Se estima parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA | Ver | |
010/2018 | 17/01/2018 |
|
|
|
|
Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. Se estima parcialmente. |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO | Ver | |
024/2018 | 31/01/2018 |
|
|
|
|
Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Estimada parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO | Ver | |
031/2018 | 31/01/2018 |
|
|
|
|
Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Estimada parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE JAÉN | Ver | |
033/2018 | 31/01/2018 |
|
|
|
|
Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Estimada parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE MENGÍBAR | Ver | |
039/2018 | 31/01/2018 |
|
|
|
|
Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Estimada parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS | Ver | |
046/2018 | 07/02/2018 |
|
|
|
|
Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Estimada parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE LAS CABEZAS DE SAN JUAN | Ver | |
047/2018 | 07/02/2018 |
|
|
|
|
Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Estimada parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA | Ver | |
048/2018 | 07/02/2018 |
|
|
|
|
Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Estimada parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE OSUNA | Ver | |
063/2018 | 21/02/2018 |
|
|
|
|
Información sobre bienes exentos del Impuesto de Bienes Inmuebles de un Ayuntamiento. Se analiza qué debe anonimizarse. Estimada parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA | Ver | |
92/2019 | 07/04/2019 |
|
|
|
|
Información sobre procesos electorales en un Colegio Profesional. No existe la extemporaneirdad alegada: al no existir una resolución expresa dictada por el órgano reclamado, el interesado puede interponer la reclamación “en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que […] se produzca el acto presunto.// Información sobre procesos electorales en un Colegio Profesional.// No se precisa ningún interés cualificado para ejercitar el derecho de acceso a la información ante los sujetos obligados al cumplimiento de la legislación de transparencia.// La información solicitada no se incardina en ningún prcedimiento específico de acceso a la información, por lo que no es de aplicación la DA Cuarta LTPA. // Es manifiesto el interés público en que se difunda la información relativa al proceso electoral, y resulta acorde con la legislación de transparencia que se facilite las actas objeto de la pretensión. Relevancia pública que resulta tanto más evidente en el presente caso, habida cuenta del mandato constitucional que exige que la estructura interna y el funcionamiento de los Colegios Profesionales sean democráticos. Se ha de realizar una disociación de datos personales. Se estima | ESTIMADA | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | COLEGIO OFICIAL DE ENFERMERÍA DE GRANADA | Ver | |
221/2019 | 15/07/2019 |
|
|
|
|
La interesada basa su pretensión de información en una normativa ajena a la LTPA que establece específicamente un sistema propio de acceso a la información, por lo que aplicando la doctrina seguida por el Consejo en estos supuestos, se desestima. | DESESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS | Ver |