Nº de Registros encontrados: 4001
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Nº | Fecha | Indicador | Ley Ordenar ascendente | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha | |
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011/2021 | 21/01/2021 |
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No constando el trámite de alegaciones previsto en el art. 19.3 LTAIBG, procede retrotraer el procedimiento de resolución de la solicitud al momento en el que el órgano reclamado conceda dicho trámite. | RETROACCIÓN | JUNTA DE ANDALUCÍA | DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL | Ver | |
016/2021 | 28/01/2021 |
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Se solicita la información por quien resulta ser interesado de un procedimiento en curso. | INADMITIDA | JUNTA DE ANDALUCÍA | SECRETARIA GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA | Ver | |
019/2021 | 29/01/2021 |
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Solicitud de información sobre regulación funeraria. De acuerdo con la regla general de acceso a la información pública ha de ponerse a disposición del reclamante la información, y si no existe debe expresarse esta circunstancia. Estimada. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE AGRÓN | Ver | |
022/2021 | 01/02/2021 |
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Información sobre expediente sancionador correspondiente al propio interesado. De acuerdo con la regla general de acceso a la información pública ha de ponerse a disposición del reclamante la información, y si no existe debe expresarse esta circunstancia. Estimada. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE PUNTA UMBRÍA | Ver | |
71/2021 | 23/03/2021 |
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El objeto de la reclamación se centra en que sólo se ofreció determinada información respecto del "expediente del Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos alimentarios de Andalucía, en donde se censan las empresas de restauración (bares, restaurantes, comedores.....)”, referido a un Instituto de Educación Secundaria.//Al no poder apreciarse que el acceso conlleve un riesgo real de perjuicio para las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control, no procede aplicar el límite invocado por el órgano reclamado ex art. 14.1 g) LTAIBG. Se estima. | ESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS | Ver | |
72/2021 | 23/03/2021 |
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El objeto de la reclamación se centra en que sólo se ofreció determinada información respecto del "expediente del Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos alimentarios de Andalucía, en donde se censan las empresas de restauración (bares, restaurantes, comedores.....)”, referido a un Instituto de Educación Secundaria.//Al no poder apreciarse que el acceso conlleve un riesgo real de perjuicio para las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control, no procede aplicar el límite invocado por el órgano reclamado ex art. 14.1 g) LTAIBG. Se estima. | ESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS | Ver | |
73/2021 | 23/03/2021 |
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No resultan de aplicación las causas de inadmisión alegadas por el Ayuntamiento referidas al artículo 18.1.c) y e) LTAIBG a la solicitud en cuestión. La reclamación debe ser estimada y el Ayuntamiento debe facilitar a la interesada la información solicitada relativa al inventario de bienes inmuebles (incluyendo inventario de caminos), tanto propios como en régimen de arrendamiento, ocupados o adscritos al Ayuntamiento. Y en el caso de que no existiera alguno de los extremos de la información solicitada, habrá de indicarle expresamente esta circunstancia. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ADAMUZ | Ver | |
74/2021 | 23/03/2021 |
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No resultan de aplicación las causas de inadmisión alegadas por el Ayuntamiento referidas al artículo 18.1.c) y e) LTAIBG a la solicitud en cuestión. La reclamación debe ser estimada y el Ayuntamiento debe facilitar a la interesada la información solicitada relativa a las “ordenanzas reguladoras y fiscales municipales, vigentes” y a la “relación de puestos de trabajo aprobada y vigente en la actualidad. Informe de valoración de puestos de trabajo”. Y en el caso de que no existiera alguno de los extremos de la información solicitada, habrá de indicarle expresamente esta circunstancia. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ADAMUZ | Ver | |
75/2021 | 23/03/2021 |
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No resultan de aplicación las causas de inadmisión alegadas por el Ayuntamiento referidas al artículo 18.1.c) y e) LTAIBG a la solicitud en cuestión. La reclamación debe ser estimada y el Ayuntamiento debe facilitar a la interesada la información solicitada relativa a copia de las “licencias de apertura y de actividad, en caso de que corresponda, de todos los edificios municipales”. Y en el caso de que no existiera alguno de los extremos de la información solicitada, habrá de indicarle expresamente esta circunstancia. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ADAMUZ | Ver | |
77/2021 | 23/03/2021 |
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No resultan de aplicación las causas de inadmisión alegadas por el Ayuntamiento referidas al artículo 18.1.c) y e) LTAIBG a la solicitud en cuestión. La reclamación debe ser estimada y el Ayuntamiento debe facilitar a la interesada la información solicitada relativa a determinada información urbanística. Y en el caso de que no existiera alguno de los extremos de la información solicitada, habrá de indicarle expresamente esta circunstancia. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ADAMUZ | Ver | |
96/2021 | 31/03/2021 |
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El objeto de la reclamación se centra en obtener diversa información relacionada con un centro educativo que constituye inequívocamente información pública.// El interesado incluye, adicionalmente, en su reclamación una nueva petición (que la documentación que le ha sido facilitada no es original ni se encuentra firmada electrónicamente) que no era objeto de su solicitud inicial lo que impide su consideración.//Pretender acceder a la relación de todos los contratos menores celebrados por el centro educativo durante el periodo solicitado (especificando la empresa contratista, tipo de contrato formalizado e importe) podría llegar a obstaculizar el normal funcionamiento de la Administración involucrada, afectándose así “la eficacia del funcionamiento de los servicios públicos”. Se desestima la reclamación. | DESESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | Delegación Territorial de Educación y Deporte de Málaga | Ver | |
100/2021 | 04/04/2021 |
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El objeto de la reclamación se centra en obtener diversa información relacionada con un centro educativo que constituye inequívocamente información pública.// El interesado incluye, adicionalmente, en su reclamación nuevas pretensiones que no eran objeto de su solicitud inicial lo que impide su consideración.// Pretender acceder a la relación de todos los contratos menores celebrados por el centro educativo durante el periodo solicitado con el nivel de concreción que exige el reclamante podría llegar a obstaculizar el normal funcionamiento de la Administración involucrada, afectándose así “la eficacia del funcionamiento de los servicios públicos”. Se desestima la reclamación. | DESESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUACIÓN Y DEPORTE EN ALMERÍA | Ver | |
99/2021 | 04/04/2021 |
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El objeto de la reclamación se centra en obtener diversa información relacionada con un centro educativo que constituye inequívocamente información pública.// El interesado incluye, adicionalmente, en su reclamación nuevas pretensiones que no eran objeto de su solicitud inicial lo que impide su consideración.// Pretender acceder a la relación de todos los contratos menores celebrados por el centro educativo durante el periodo solicitado con el nivel de concreción que exige el reclamante podría llegar a obstaculizar el normal funcionamiento de la Administración involucrada, afectándose así “la eficacia del funcionamiento de los servicios públicos”. Se desestima la reclamación. | DESESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN Y DEPORTE DE ALMERÍA | Ver | |
103/2021 | 06/04/2021 |
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Al afectar a terceros la información solicitada, y advertido en el expediente la ausencia del trámite de alegaciones que ha de concederse previo a la resolución, se acuerda la retroacción tras la cual se ha de dictar resolución expresa. | RETROACCIÓN | JUNTA DE ANDALUCÍA | AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE ANDALUCÍA (IDEA) | Ver | |
106/2021 | 07/04/2021 |
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El órgano reclamado no ha podido acreditar documentalmente la fecha en que resultó notificada la Resolución objeto de la reclamación, lo que impide constatar la extemporaneidad de ésta.// El objeto de la reclamación se centra en obtener diversa información relacionada con un centro educativo que constituye inequívocamente información pública.// Puede pedirse cualquier información con independencia de la fecha en que la misma hubiese sido elaborada o adquirida por el sujeto obligado por lo que resulta indiferente los cuatro años fijados por la LGT para comprobar e investigar los libros de contabilidad y otros registros obligatorios.// No resulta de aplicación la causa de inadmisión alegada por el órgano reclamado referida al artículo 18.1 e) LTAIBG a la solicitud en cuestión, ya que no supondría una excesiva carga administrativa atender la solicitud de información en sus estrictos términos e individualmente considerada.// El acceso a la relación de todos los contratos menores celebrados por el centro educativo durante el periodo solicitado debe hacerse garantizando un equilibrio que impida obstaculizar el normal funcionamiento de la Administración involucrada, afectándose así “la eficacia del funcionamiento de los servicios públicos”.// La reclamación debe ser estimada y el órgano reclamado debe facilitar al interesado la información solicitada en los términos indicados. | ESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE | Ver |