Nº de Registros encontrados: 4001
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Nº | Fecha | Indicador | Ley | Art Ordenar ascendente | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha | |
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048/2021 | 22/02/2021 |
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Tanto el art. 22.4 LTAIBG como el art. 6 g) LTPA, aun partiendo de la regla general del carácter gratuito del acceso a la información, habilitan a los sujetos obligados a establecer tasas o precios públicos por la expedición de copias o por la previa tarea de trasponer la información a un formato diferente del original. | DESESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR | Ver | |
202/2022 | 15/03/2022 |
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Se solicita documentación sobre el proyecto “genoma funcionarial”. El órgano respondió que la información solicitada no existía: se desestima la reclamación por no exitir motivo alguno para cuestionar la veracidad de la información solicitada. | DESESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | SECRETARIA GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA | Ver | |
195/2023 | 23/03/2023 |
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Se solicita información sobre organización recursos humanos de determinado centro educativo. Se declara la terminación del procedimiento por entrega de la información durante la tramitación de la reclamación. | DECLARACIÓN DE TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO | JUNTA DE ANDALUCÍA | CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL | Ver | |
228/2023 | 13/04/2023 |
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Se solicita información sobre un expediente de consumo. La entidad informó de que las infracciones denunciadas estaban descritas, pero no del contenido del expediente. El sujeto obligado debe responder expresamente a las peticiones, no basta con informar de determinados hechos que impliquen unas consecuencias jurídicas que no tienen que ser conocidas por la persona solicitante. La entidad remite la información al Consejo, pero es al solicitante a quien ha de remitirse, pues el Consejo no puede convertirse en receptor o transmisor de la información pública, sino velar por el cumplimiento del ejercicio de este derecho de acceso a la misma en los términos previstos en la LTPA y que la información llegue al ciudadano solicitante por parte del órgano reclamado. Consideración de interesado en el procedimiento: el Consejo no es competente para esta decisión, sino el órgano que tramite el procedimiento. | ESTIMADA PARCIALMENTE | JUNTA DE ANDALUCÍA | DIRECCIÓN GENERAL DE CONSUMO | Ver | |
580/2023 | 14/09/2023 |
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Se solicita información sobre gasto en ortopedia de un hospital. El reclamante alega la falta de veracidad de la información enviada: el Consejo no puede comprobar la veracidad de los datos enviados: se desestima la reclamación. | DESESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) | Ver | |
672/2023 | 18/10/2023 |
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Se solicita certificación urbanística. Se entrega la documentación pero se afirma que es falta: el Consejo no dispone de elementos para valorar la veracidad de los hechos denunciados: se desestima la reclamación. | DESESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE PADUL | Ver | |
678/2023 | 23/10/2023 |
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Se solicita información sobre requisitos que se exigieron para cubrir una plaza. El organo respondio indicando que no disponia de la informacion. No corresponde al Consejo revisar si una determinada informacion deberia o no existir, ni enjuiciar la correccion juridica de la eventual carencia de la misma | DESESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | EMPRESA PÚBLICA PARA LA GESTIÓN DEL TURISMO Y DEL DEPORTE DE ANDALUCÍA, S.A. | Ver | |
004/2018 | 03/01/2018 |
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Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuenta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS | Ver | |
008/2018 | 10/01/2018 |
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Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuenta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. Se estima parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA | Ver | |
010/2018 | 17/01/2018 |
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Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. Se estima parcialmente. |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO | Ver | |
024/2018 | 31/01/2018 |
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Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Estimada parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO | Ver | |
031/2018 | 31/01/2018 |
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Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Estimada parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE JAÉN | Ver | |
033/2018 | 31/01/2018 |
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Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Estimada parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE MENGÍBAR | Ver | |
039/2018 | 31/01/2018 |
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Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Estimada parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS | Ver | |
046/2018 | 07/02/2018 |
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Se analiza solicitud al Ayuntamiento de bienes inmuebles exentos del pago del IBI. Frente al deber de confidencialidad del art. 95 de la Ley General Tributaria se sitúa el derecho de acceso a la información pública. No basta la aplicación puramente mecánica del art. 95 LGT para eludir proporcionar la información solicitada. Ha de analizarse en qué medida los derechos del obligado tributario prevalecen sobre el derecho de acceso. Se concilia el acceso a la información teniendo en cuanta la consideración de los datos protegidos a que se refiere la Ley del Catastro Inmobiliario. No cabe entender que la LGT contenga una normativa específica reguladora del acceso a la información, resultando por ende de plena aplicación la legislación en materia de transparencia. Estimada parcialmente |
ESTIMADA PARCIALMENTE | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE LAS CABEZAS DE SAN JUAN | Ver |