Ficha Resumen de la Resolución

Número
PA-2/2022
Fecha
18/01/2022
Resumen
A pesar de lo que indica la denuncia, el Consejo ha podido corroborar la puesta a disposición en la página web del Ayuntamiento de la información relativa a la actividad contractual del Consistorio desde el año 2018. Todo ello teniendo en cuenta que constituye una práctica adecuada por parte de los sujetos obligados que, al objeto de satisfacer las exigencias de publicidad activa, se facilite la información mediante la habilitación de un link o enlace web que dé acceso a la misma, siempre que como sucede en el presente caso quede inequívocamente identificada la información de que se trate en la propia sede electrónica, portal o página web del sujeto obligado. En consecuencia, se archiva la denuncia.
En cualquier caso, resulta improcedente condicionar por parte del Ayuntamiento la satisfacción del derecho a la publicidad activa a la existencia de una solicitud previa o la cumplimentación de requisito alguno por parte de la persona denunciante, en tanto en cuanto actuaciones como éstas no satisfacen la exigencia impuesta en el artículo 9.4 LTPA, al no posibilitar el acceso a la información concernida en la sede electrónica, portal o página web de la entidad denunciada.
Indicador
Inf. Contratos, convenios y subvenciones
Derecho a la publicidad activa
Contratos menores
Datos de contratos
Contratación o Convenios
Contratos
Ley
LTPA
·
LTPA
LTPA
·
LTPA
Artículo
15
·
15
15
·
15
Párrafo
15
·
15 a)
15 a)
·
15 a)
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA
Provincia
JAÉN
Sentido
ARCHIVO
Resolución