Nº de Registros encontrados: 242

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Fecha desde
Fecha Tipológia Ley Art Párrafo Resumen Sentido Ordenar descendente Ámbito Órgano Ficha
RED-2024/008 04/03/2024
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso ante el Centro de Emergencias Sanitarias 061 del Servicio Andaluz de Salud, en relación con la solicitud de copia de la grabación de una llamada y la identidad de la operadora que la atendió. Durante la tramitación del procedimiento, y una vez trasladada la reclamación al delegado de protección de datos, se dio respuesta al derecho ejercitado dentro del plazo previsto por la normativa. Por ello, se declara la pérdida sobrevenida del objeto de la reclamación y, en consecuencia, la terminación del procedimiento, al haberse ofrecido una respuesta adecuada a la solicitud formulada por la persona reclamante. ARCHIVO JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-2024/010 21/03/2024
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso ante el Servicio Andaluz de Salud, en relación con la solicitud de trazabilidad de los accesos a la historia clínica en el Hospital Universitario Virgen de la Victoria. Durante la tramitación del procedimiento, el órgano reclamado ofreció respuesta al derecho ejercitado dentro del plazo conferido tras el traslado de la reclamación al delegado de protección de datos. Por ello, se declara la pérdida sobrevenida del objeto de la reclamación y, en consecuencia, la terminación del procedimiento, al haberse ofrecido respuesta adecuada a la solicitud de la persona reclamante. ARCHIVO JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-2024/014 26/03/2024
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de acceso ante el Hospital [nombre del centro hospitalario] del Servicio Andaluz de Salud, en relación con la solicitud de historial clínico e informe de accesos realizados por profesionales a la historia clínica de su hijo menor. Acreditada la entrega de la información solicitada —con detalle de accesos por categoría profesional, fecha y centro, excluyendo la identificación nominativa— tras la intervención del Consejo, se declara la PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL OBJETO de la reclamación. ARCHIVO JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-2024/019 16/05/2024
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso ante la Empresa Municipal Almería XXI solicitando información sobre los datos personales almacenados tras una modificación no confirmada. En el transcurso de la tramitación, tras la remisión al Delegado de Protección de Datos de la reclamación, la entidad contactó con el reclamante y le remitió la información solicitada dentro del plazo de un mes que establece la normativa. Por ello, se declara la PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL OBJETO DE LA RECLAMACIÓN y, consiguientemente, la terminación del procedimiento, en la medida en que la Empresa Municipal Almería XXI ha dado adecuada respuesta a la solicitud formulada por la persona reclamante. ARCHIVO ENTIDADES LOCALES EMPRESA MUNICIPAL ALMERÍA XXI Ver
RED-2024/025 23/07/2024
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso ante el Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla del Servicio Andaluz de Salud solicitando los accesos producidos por profesionales a la historia de salud del reclamante durante un periodo determinado.
Se declara la PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL OBJETO DE LA RECLAMACIÓN y, consiguientemente, la terminación del procedimiento, en la medida en que el Hospital Universitario Virgen del Rocío ha dado adecuada respuesta a la solicitud formulada por la persona reclamante durante la tramitación de la reclamación, tras la remisión de la misma al Delegado de Protección de Datos.
ARCHIVO JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-2024/032 02/08/2024
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso ante la Diputación Provincial de Málaga en relación con los datos personales del reclamante.
Se declara la PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL OBJETO DE LA RECLAMACIÓN Y, CONSIGUIENTEMENTE, LA TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, en la medida en que la Diputación Provincial de Málaga dio adecuada respuesta a la solicitud formulada por la persona reclamante dentro del plazo otorgado tras la comunicación de la reclamación al responsable del tratamiento.
ARCHIVO ENTIDADES LOCALES DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA Ver
RPS-2024/069 22/11/2024
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 5.1.f)
  • 32.1
  • Vulneración del principio de “integridad y confidencialidad"
  • Falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas
El Instituto de Empleo y Desarrollo Socioeconómico y Tecnológico (IEDT) de la Diputación Provincial de Cádiz publicó en el Boletín Oficial de la Provincia un acuerdo que incluía el nombre completo y DNI íntegro del reclamante, en relación con un recurso potestativo de reposición que este había interpuesto.
La entidad reclamada, el IEDT de la Diputación de Cádiz, fue objeto de denuncia por exponer públicamente datos personales de identificación completos, incumpliendo lo establecido en la Disposición adicional séptima de la LOPDGDD, que prohíbe expresamente publicar conjuntamente el nombre y apellidos con el número completo del documento nacional de identidad.
Aunque inicialmente se consideró que podía existir una infracción del principio de integridad y confidencialidad (art. 5.1.f RGPD) y de las obligaciones sobre seguridad del tratamiento (art. 32.1 RGPD), la entidad acreditó durante el procedimiento que había adoptado medidas preventivas adecuadas antes de producirse los hechos, pues había difundido entre su personal circulares e instrucciones sobre protección de datos y publicación correcta de DNI en 2019. Además, tras el incidente, aplicó medidas para minimizar los daños, como la desindexación del anuncio en buscadores.
El Consejo archivó el procedimiento sancionador por falta de culpabilidad, al considerar que se trató de un error humano puntual y no voluntario, que se produjo a pesar de existir protocolos preventivos adecuados, y porque se tomaron medidas inmediatas para reducir los posibles perjuicios causados.
ARCHIVO ENTIDADES LOCALES INSTITUTO DE EMPLEO Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO Y TECNOLÓGICO (DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ) Ver
RED-2024/035 27/09/2024
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso ante el Servicio Andaluz de Salud en relación con la falta de respuesta a la solicitud de acceso a la historia clínica ejercido en nombre de sus hijos.
Se declara el ARCHIVO DE ACTUACIONES por desistimiento de la persona reclamante, quien manifestó expresamente su voluntad de no continuar con el procedimiento, sin que proceda instar a otra actuación al órgano reclamado.
ARCHIVO JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-2024/039 14/11/2024
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso ante la Entidad Pública Empresarial Aparcamientos Municipales (Ayuntamiento de Lucena) en relación con la solicitud de acceso a imágenes de videovigilancia que captaron presuntamente un vehículo que colisionó con el de la reclamante.
Se declara el ARCHIVO DE ACTUACIONES dado que la solicitud no constituye un ejercicio del derecho de acceso a datos personales propios conforme al artículo 15 del RGPD, sino una petición de comunicación de datos de terceros, lo que debería evaluarse bajo otras bases legales y no como un ejercicio de derechos en materia de protección de datos.
ARCHIVO ENTIDADES LOCALES ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL APARCAMIENTOS MUNICIPALES (AYUNTAMIENTO DE LUCENA) Ver
RED-2024/043 18/12/2024
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 16
  • Derecho de rectificación
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de rectificación ante la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz de Salud en relación con errores contenidos en un informe médico de urgencias.
La persona reclamante solicitó la rectificación de diversos datos incorrectos en su historia clínica, presentando posteriormente una segunda solicitud al considerar que la primera respuesta seguía conteniendo errores.

Se declara la PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL OBJETO DE LA RECLAMACIÓN Y, CONSIGUIENTEMENTE, LA TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, al constatarse que, tras la presentación de la reclamación ante el Consejo pero antes de finalizar el plazo de un mes otorgado por aplicación del artículo 37.2 LOPDGDD, el organismo reclamado estimó la segunda solicitud de rectificación y procedió a corregir los errores del informe médico, quedando acreditado mediante la aportación de la resolución estimatoria remitida a la persona reclamante.
ARCHIVO JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-2024/048 20/12/2024
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso ante la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia (Centro Residencial) en relación con datos personales del familiar del reclamante durante su estancia en dicha residencia.

Se ARCHIVA la reclamación por no ser competente el Consejo para su conocimiento, al determinarse que la plaza ocupada por el familiar del reclamante era de naturaleza privada y no correspondía a ninguna de las plazas adjudicadas en el concierto social entre la residencia y la Agencia, quedando fuera del ámbito competencial del Consejo según el artículo 3.1 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Además, se constata que la Agencia Española de Protección de Datos ya había resuelto previamente sobre el mismo asunto, considerando ajustada a la normativa la denegación de la solicitud formulada por la parte reclamante.
ARCHIVO JUNTA DE ANDALUCÍA AGENCIA DE SERVICIOS SOCIALES Y DEPENDENCIA DE ANDALUCÍA Ver
RPS-2024/005 29/04/2024
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 58.1
  • Falta de colaboración con la Autoridad de Control en sus poderes de investigación
El 26 de mayo de 2023 el director del Consejo dictó Acuerdo de Inicio de procedimiento sancionador contra el Servicio Andaluz de Salud (sobre una Agencia Pública Empresarial Sanitaria), por la presunta infracción del artículo 58.1 RGPD, tipificada en el artículo 83.5.e) RGPD por no procurar al Consejo la información requerida reiteradamente en el marco de la tramitación de la reclamación referenciada y que resultaba necesaria para desarrollar la potestad de investigación que confiere el referido artículo 58.1 RGPD, en relación con el expediente RCO-2021/050.
Notificada la propuesta de resolución al órgano incoado, el 5 de abril de 2024, éste presentó alegaciones. Sin embargo, la información aportada en fase de alegaciones no atendía a la información que se solicitó en su día en relación con el expediente RCO-2021/050 en el marco de cuya tramitación se produjo la falta de colaboración.
Por ello, se DECLARA la INFRACCIÓN responsabilidad del Servicio Andaluz de Salud como sucesor de la extinguida Agencia Sanitaria, por la comisión de la infracción tipificada en el art. 83.5.e) RGPD y calificada a efectos de prescripción como muy grave en el artículo 72.1 ñ) LOPDGDD por vulneración sustancial del articulo 58.1 RGPD en relación con la falta de colaboración con la autoridad de control en el ejercicio de sus poderes de investigación.
DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RPS-2024/006 29/04/2024
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 58.1
  • Falta de colaboración con la Autoridad de Control en sus poderes de investigación
El 26 de mayo de 2023 el director del Consejo dictó Acuerdo de Inicio de procedimiento sancionador contra el Ayuntamiento de Almonte, por la presunta infracción del artículo 58.1 RGPD, tipificada en el artículo 83.5.e) RGPD por no procurar al Consejo la información requerida reiteradamente necesaria para desarrollar la potestad de investigación que confiere el referido artículo 58.1 RGPD, en relación con el expediente RCO-2023/006.
Notificada la propuesta de resolución al órgano incoado, el 5 de abril de 2024, éste no presentó alegaciones.
Por ello, se DECLARA la INFRACCIÓN responsabilidad del Ayuntamiento de Almonte, por la comisión de la infracción tipificada en el art. 83.5.e) RGPD y calificada a efectos de prescripción como muy grave en el artículo 72.1 ñ) LOPDGDD por vulneración sustancial del articulo 58.1 RGPD en relación con la falta de colaboración con la autoridad de control en el ejercicio de sus poderes de investigación.
DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE ALMONTE Ver
RPS-2024/008 02/05/2024
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 5.1.f)
  • 32
  • Vulneración del principio de “integridad y confidencialidad"
  • Falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas
Se reclama la notificación personal a la persona reclamante de varias resoluciones sin estar dichos documentos previamente introducidos en sobre, firmando directamente sobre ellos el “recibí”, con lo que sus datos personales estaban expuestos a la vista del personal de notificadores del Ayuntamiento y de cualquier otra persona que pudiera acceder a la mismas.
Tras un periodo de actuaciones previas de investigación, este Consejo consideró insuficientes o bien directamente inexistentes las medidas para impedir el acceso indebido por terceros al contenido de las comunicaciones, aparte del ineludible deber de confidencialidad de los empleados públicos. Por ello, se inició procedimiento sancionador.
Notificada la propuesta de resolución al órgano reclamado, éste, no presentó alegaciones.
Se procede a DECLARAR las INFRACCIONES responsabilidad del Ayuntamiento de Dos Hermanas, por la comisión de las infracciones de los artículos 5 y 32 RGPD, tipificada en el artículo 83.4.a) RGPD, como consecuencia de la falta de adopción de aquellas medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar que las notificaciones efectuadas por el Servicio de Notificadores del mencionado Ayuntamiento se efectúen de forma que garanticen la confidencialidad de las mismas.
Como medida, se ordena al Ayuntamiento de Dos Hermanas que remita al Consejo, en el plazo máximo de tres meses tras la notificación de la resolución definitiva, la documentación acreditativa de que el ensobrado es el modo sistemático y único de envío de notificaciones para todas las notificaciones que efectúe el Ayuntamiento.
DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS Ver
RPS-2024/009 03/05/2024
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 5.1.f)
  • 6
  • Vulneración del principio de “integridad y confidencialidad"
  • Vulneración de la "Licitud del tratamiento"
Se reclama la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla de Resolución de la Alcaldía en la que se contienen nombre, apellidos, número de identificación profesional de todos los policías locales que integran la plantilla, el grupo profesional al que pertenecen y el cuadrante anual de servicio de cada uno de los agentes.
Tras un periodo de actuaciones previas de investigación, este Consejo consideró que la publicación en el BOP de la Resolución de Alcaldía sobre el sistema provisional de organización de servicios de Policía Local de Marchena, carecía de legitimidad, pues dicha publicación no viene impuesta por la normativa de transparencia, como alegó el Ayuntamiento y, por tanto, no está amparada en ninguna de las causas de legitimidad del artículo 6 RGPD. Por lo tanto, el Ayuntamiento incumplió los artículos 5.1.a) y 6 RGPD. Asimismo, la citada publicación es también una vulneración del principio de confidencialidad, pues el sentido de contar con un número de identificación profesional para agentes de fuerzas y cuerpos de seguridad es precisamente el de que se puedan identificar en sus actuaciones oficiales sin por ello tener que revelar su nombre y apellidos a fin de preservar su seguridad. Por ello, se inició procedimiento sancionador.
Notificada la propuesta de resolución al órgano reclamado, éste, no presentó alegaciones.
Se procede a DECLARAR las INFRACCIONES responsabilidad del Ayuntamiento de Marchena, por la comisión de las infracciones de los artículos 5.1.f) por vulneración del principio de confidencialidad en relación con la divulgación indebida de datos a terceros y 6) RGPD, referido a la licitud del tratamiento en relación con la falta de legitimidad para la publicación de los datos, tipificadas en el artículo 83.5. RGPD
Como medida adicional se ordena al Ayuntamiento de Marchena que remita al Consejo, en el plazo máximo de tres meses tras la notificación de la resolución definitiva, la documentación acreditativa de que efectivamente se haya procedido a la reasignación de los números de identificación de los agentes afectados por la Consejería competente de la Junta de Andalucía a solicitud del Ayuntamiento de Marchena y que por la Diputación Provincial de Sevilla, en relación con el Boletín Oficial de la Provincia, se haya procedido efectivamente a la desindexación de los datos personales publicados a solicitud del Ayuntamiento de Marchena.
DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE MARCHENA Ver