Ficha Resumen de la Resolución

Número
PA-135/2021
Fecha
16/12/2021
Resumen
Se constata un cumplimiento deficiente por parte del Ayuntamiento de diversas obligaciones de publicidad activa recogidas en el Título II de la LTPA, por lo que ha de requerirse la oportuna subsanación.
Por otra parte, en el caso de que el municipio pueda verse afectado por restricciones u incidencias de carácter económico o técnico, antes de inclinarse por asumir el incumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa debe recurrir al cauce del auxilio institucional de la Diputación Provincial (art. 20 LTPA). Premisa que no se satisface en el presente caso en tanto en cuanto el Consistorio no se planteó hacer uso del referido cauce hasta que la denuncia fue presentada ante el Consejo.
Indicador
Publicidad exigida art. 54 LAULA
Retribuciones anuales puestos de trabajo
Condiciones de trabajo vigentes (acuerdos, pactos o convenios colectivos)
Estado ejecución presupuestos
Publicidad exigida art. 54 LAULA
Actuaciones control sobre presupuestos
Inf. Económica, financiera y presupuestaria
Información urbanística
Inf. institucional y organizativa
PRESUPUESTOS
Retribuciones AACC y máximos responsables
Inf. Económica, financiera y presupuestaria
Inf. Contratos, convenios y subvenciones
Objetivos estabilidad y sostenibilidad presupuestos
Inf. institucional y organizativa
RPT o información sobre puestos
Convenios
Agendas institucionales de los gobiernos
Contratación o Convenios
Retribuciones AACC y máximos responsables
Subvenciones
Ley
LAULA
LTPA
LTPA
LTPA
LTPA
LTPA
LTAIBG
·
LTAIBG
LTPA
LTAIBG
LTPA
LTPA
LTPA
LTPA
·
LTPA
LTPA
·
LTPA
LTPA
Artículo
54
10
10
16
10
16
8
·
6
16
8
16
15
16
10
·
15
10
·
11
15
Párrafo
54.1
10.1 g)
10.1 i)
16 a)
10.3
16 a)
8.1 d)
·
6.1
16 a)
8.1 f)
16
15
16 a)
10.1
·
15 b)
10.1 m)
·
11 b)
15 b)
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE LA RODA DE ANDALUCÍA
Provincia
SEVILLA
Sentido
SUBSANACIÓN
Resolución