Ficha Resumen de la Resolución

Número
PA-136/2021
Fecha
21/12/2021
Resumen
En contra de lo manifestado por la persona denunciante el Consejo ha podido constatar que el Ayuntamiento dispone de una página web que permite acceder a una amplia variedad de información pública cuya divulgación resulta preceptiva para la entidad local denunciada conforme a lo dispuesto por el Titulo II de la LTPA.
Teniendo en cuenta que la resolución no puede entrar a valorar la idoneidad de la información que en dicha página web se ofrece al no haber sido alegado por la persona denunciante ante el Consejo ningún incumplimiento específico de obligaciones de publicidad activa en relación con la misma que puedan venir exigidas por el mencionado título, se archiva la denuncia.
Indicador
Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
Ley
LTPA
Artículo
9
Párrafo
9.4
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE CASTRIL
Provincia
GRANADA
Sentido
ARCHIVO
Resolución