Ficha Resumen de la Resolución

Número
PA-34/2022
Fecha
09/06/2022
Resumen
Se atribuye al Ayuntamiento denunciado un supuesto doble incumplimiento de lo previsto en el art. 15 a) LTPA derivado de la ausencia de publicación electrónica de la información relativa, por un lado, a los contratos de concesión del servicio público de transporte adjudicados a una determina empresa así como, por el otro, al conjunto de contratos menores celebrados por la entidad local en las anualidades 2019 a 2021.
En relación con el primero de los contenidos cuya falta de publicación se denuncia, el Consejo no ha podido localizar información alguna acerca de los contratos formalizados por el Consistorio en los que se fundamenta la prestación del servicio ejecutada por la referida empresa de transportes. Se advierte, pues, un cumplimiento deficiente de lo dispuesto en el citado artículo y se requiere la oportuna subsanación.
En cuanto a la supuesta ausencia de información sobre todos los contratos menores adjudicados por la entidad local en los años 2019 a 2021, no concurren elementos de juicio suficientes que permitan confirmar el incumplimiento que sostiene la persona denunciante por lo que ha de asumirse la presunción de que la información ofrecida por el Consistorio responde a la realidad de su actividad contractual menor en el periodo denunciado y desestimar, en este aspecto, la denuncia planteada.
Indicador
Inf. Contratos, convenios y subvenciones
Contratación o Convenios
Datos estadísticos sobre contratación
Contratos
Contratos menores
Principios aplicables
Datos de contratos
Contratos
Ley
LTPA
·
LTPA
LTAIBG
LTPA
LTPA
LTPA
LTPA
Artículo
15
·
15
8
15
6
15
15
Párrafo
15
·
15 a)
8.1 a)
15 a)
6
15 a)
15 a)
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE CANTILLANA
Provincia
SEVILLA
Sentido
SUBSANACIÓN
Resolución