Ficha Resumen de la Resolución

Número
PA-52/2022
Fecha
19/08/2022
Resumen
La ausencia de publicación en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de diversa información relacionada con la edificación e inauguración de un monumento no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa definidas por el Título II LTPA.
Esta conclusión se alcanza, igualmente, en lo que respecta al ejemplar del contrato firmado para la edificación del citado monumento, ya que la exigencia prevista en el art. 15 a) LTPA viene referida a los concretos elementos de publicidad que se estipulan en el mismo y no al contrato en sí.
Ello no impide que cualquier persona pueda solicitar (en ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el artículo 24 LTPA) toda suerte de información que en relación con la documentación a la que se refiere la denuncia obre en poder del Consistorio. Solicitud que en el caso ser inobservada o inadecuamente atendida por el ente local podría legitimar la interposición de una reclamación ante el Consejo al amparo de lo que establece dicho artículo, tal y como de hecho ha asumido acertadamente la persona denunciante.
Indicador
Contratos
Reclamación administrativa
Datos de contratos
Contratos menores
Información no sujeta a PA
Contratos
Inf. Contratos, convenios y subvenciones
Contratación o Convenios
Reclamación administrativa
Ley
LTAIBG
LTAIBG
LTPA
LTPA
·
LTPA
LTPA
·
LTPA
Artículo
8
24
15
15
·
15
15
·
33
Párrafo
8.1 a)
24
15 a)
15 a)
·
15 a)
15
·
33
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA
Provincia
JAÉN
Sentido
ARCHIVO
Resolución