Ficha Resumen de la Resolución

Número
PA-76/2022
Fecha
23/10/2022
Resumen
El ente local inspeccionado no ha procedido a subsanar los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2019-2021, por lo que debe requerirse la oportuna subsanación de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 6 bis LTAIBG para la publicación electrónica del inventario actualizado de sus actividades de tratamiento.
Indicador
Derecho a la publicidad activa
Inventario de actividades de tratamiento
Principios aplicables
Normas generales PA
Ley
·
LTAIBG
LTPA
·
Artículo
·
6 bis LTAIBG
6
·
Párrafo
·
6 bis LTAIBG
6
·
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE ALGALLARÍN
Provincia
CÓRDOBA
Sentido
SUBSANACIÓN
Resolución