Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1012
Mostrando del 166 al 180
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Nº | Fecha | Indicador | Ley | Art | Párrafo Ordenar descendente | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha |
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4/2022 | 01/02/2022 |
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Se constata un cumplimiento deficiente por parte del Ayuntamiento de sus obligaciones de publicidad activa respecto de las retribuciones anuales percibidas por las personas que ejercen la máxima responsabilidad de la entidad local durante 2019 y 2020, la relación de puestos de trabajo de personal eventual correspondiente a la actual legislatura con sus retribuciones anuales, las actas de las sesiones plenarias celebradas por el Consistorio a partir de diciembre de 2020 y la Cuenta General del ejercicio 2020. Así pues, se requiere la oportuna subsanación. Por otra parte, en el caso de que el municipio pueda verse afectado por la escasez de medios materiales y/o personales, antes de inclinarse por asumir el incumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa debe recurrir al cauce del auxilio institucional de la Diputación Provincial (art. 20 LTPA). |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE NERJA | Ver |
27/2022 | 17/05/2022 |
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Las entidades locales tienen la obligación de divulgar, con carácter previo a la celebración de sus reuniones, el orden del día previsto y, una vez celebradas, los acuerdos que se hayan aprobado, así como la información contenida en el expediente que se haya sometido a su consideración, junto al propio acta de la sesión celebrada. Por otra parte, la obligación de satisfacer estos elementos de publicidad activa (añadidos por la LTPA) sólo resultó exigible para las entidades locales a partir del 10 de diciembre de 2016. Tras consultar el Portal de Transparencia del Ayuntamiento el Consejo ha podido advertir que no se encuentran publicados en su totalidad los órdenes del día y las actas correspondientes a las sesiones plenarias de 2017 y 2018, por lo que se requiere la oportuna subsanación para su debida publicación. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE SANLÚCAR LA MAYOR | Ver |
93/2022 | 01/12/2022 |
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El hecho de que el visor urbanístico que se incluye en la página web de una Consejería no contenga la fecha de comienzo de vigencia de las figuras de planeamiento de forma expresa, no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa definidas por el Título II LTPA. En este sentido, la única exigencia prevista en la normativa de transparencia que pudiera guardar relación con la misma es la prevista en el art. 54.1 a) LAULA por remisión del art. 10.3 LTPA. Sin embargo, esta obligación de naturaleza urbanística solo resulta aplicable para los ayuntamientos y sus organismos y entidades dependientes o vinculadas en exclusiva, no para la Administración de la Junta de Andalucía. Así pues, ante la falta de acreditación del incumplimiento de alguna obligación de publicidad activa prevista en la normativa de transparencia, procede el archivo de la denuncia. Ello no impide que cualquier persona pueda solicitar (en ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el artículo 24 LTPA) toda suerte de información que en relación con la información denunciada obre en poder de la citada Consejería. Solicitud que, en el caso de ser inobservada o inadecuamente atendida, podría legitimar la interposición de una reclamación ante este órgano de control al amparo de lo que establece el citado precepto. |
ARCHIVO | JUNTA DE ANDALUCÍA | CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA | Ver |
62/2023 | 18/07/2023 |
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El ente local inspeccionado ha procedido a subsanar los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2023-2024 en relación con la publicación electrónica de las actas correspondientes a las sesiones plenarias celebradas a partir del 10 de diciembre de 2016, por lo que se archiva el procedimiento iniciado de oficio por el Consejo por presunto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 10.3 LTPA. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA ZONA SUBBÉTICA | Ver |
14/2018 | 07/02/2018 |
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Se acuerda tener por desistida a la denunciante. |
ARCHIVO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA | Ver |
15/2018 | 07/02/2018 |
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Se acuerda tener por desistida a la denunciante |
ARCHIVO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA | Ver |
21/2018 | 21/02/2018 |
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Ausencia de publicación de documentos en trámite de información pública. |
REQUERIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE GUADALCANAL | Ver |
50/2018 | 23/05/2018 |
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Denuncia por la no publicación de un Convenio. Denuncia por no publicación de Acta de Juntas de Gobierno Loca: no forma parte de las obligaciones de publicidad activa impuestas directamente por la LTPA la exigencia de difundir electrónicamente en el portal dichas Actas. No obstante, el Reglamento de Transparencia del Ayuntamiento obliga a dicha publicación, por lo que resulta exigible la misma. |
REQUERIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE ALMUÑÉCAR | Ver |
209/2020 | 14/12/2020 |
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Publicación de subvenciones a grupos políticos municipales. Estas asignaciones económicas participan de la naturaleza jurídica de las “subvenciones”, aspecto este último que es precisamente el que conlleva que les resulte plenamente aplicable las exigencias de publicidad activa previstas en el art. 15 c) LTPA. Se requiere la publicación electrónica de la información relativa a la dotación otorgada a grupos políticos referente a partir del 10 de diciembre de 2015, fecha desde la cual era exigible esta obligación. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA | Ver |
50/2021 | 28/04/2021 |
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Ausencia de publicación de información sobre el perfil y trayectoria profesional de responsables. Ausencia de publicación de información sobre contratos, convenios y encomiendas, subvenciones y cuentas anuales. Se archiva por cumplimiento durante la tramitación del procedimiento. |
ARCHIVO | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | REAL FEDERACIÓN ANDALUZA DE FÚTBOL | Ver |
52/2021 | 28/04/2021 |
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Se archiva el procedimiento por cumplimiento durante su tramitación. | ARCHIVO | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | REAL FEDERACIÓN ANDALUZA DE GOLF | Ver |
211/2020 | 22/12/2020 |
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La entidad ha de publicar las retribuciones percibidas por los altos cargos (11. b) LTPA); las indemnizaciones percibidas tras su cese (11.c LTPA); las declaraciones de bienes e intereses de los representantes locales (11.e LTPA); las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afectan a los empleados públicos (10.1 h LTPA); las subvenciones y ayudas concedidas por la entidad (15. c) LTPA) y los presupuestos del Ayuntamiento (16 a) LTPA). Igualmente, en relación con la información institucional y organizativa, ha de completarse la información referida a las funciones que desarrolla la entidad (10.1 a) LTPA) y su estructura organizativa (10.1 c) LTPA.) y publicarse las relativas a los siguientes contenidos: la normativa que le sea de aplicación a la entidad (10.1.b) LTPA); las relaciones de puestos de trabajo (10.1 g) LTPA); los acuerdos o pactos reguladores de las condiciones de trabajo y convenios (10.1.i) LTPA); así como las actas de las sesiones plenarias (10.3 LTPA). Finalmente, ha de publicarse una dirección de correo electrónico de contacto de todos los centros municipales junto al horario de atención al público de los mismos (10.1 d) LTPA). |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ALGODONALES | Ver |
111/2021 | 01/09/2021 |
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La entidad subvencionada ha procedido a subsanar las incidencias advertidas en el marco del Plan Anual de Control e Inspección sobre Publicidad Activa de 2018, por lo que procede acordar el archivo del procedimiento iniciado de oficio por el Consejo para resolver los incumplimientos detectados. | ARCHIVO | OTRAS | MOYSEAFOOD S.A. | Ver |
24/2022 | 09/05/2022 |
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El Consejo ha constatado que se siguen incumpliendo determinadas exigencias de publicidad activa cuya subsanación ya fue requerida al Ayuntamiento con motivo de sendas resoluciones anteriores, al no facilitarse en su sede electrónica, portal o página web (o hacerlo de modo incompleto) información relativa tanto a las retribuciones percibidas por los máximos responsables de la entidad local como en relación con los órdenes del día de ciertas sesiones plenarias. En consecuencia, se declara el incumplimiento y se acuerda tramitar el procedimiento para instar la incoación de un procedimiento sancionador o disciplinario, de acuerdo con lo establecido en el art. 57.2 LTPA. También se advierte que no se encuentra publicada información relacionada con ciertos datos identificativos de algunas personas miembros de la Corporación Local (teléfono y correo electrónico corporativos, perfil y trayectoria profesional); declaraciones anuales de bienes y actividades de las personas representantes locales; de relevancia jurídica; actos de órganos judiciales de necesaria publicación para el Consistorio; contratación menor; convenios y encomiendas de gestión; archivos audiovisuales correspondientes a las sesiones plenarias; relativa al funcionamiento de la Junta de Gobierno Local y el Inventario de Caminos municipal. Así pues, el Consejo requiere al ente local la oportuna subsanación para que proceda a publicar la correspondiente información. |
INCUMPLIMIENTO Y SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE CASTILBLANCO DE LOS ARROYOS | Ver |
35/2022 | 09/06/2022 |
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La entidad subvencionada no ha procedido a subsanar los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2019-2021, por lo que procede requerir que publique la información de publicidad activa omitida que le resulta exigible. | SUBSANACIÓN | OTRAS | NICOPAN ESPAÑA, S.L. | Ver |