Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1012

Mostrando del 946 al 960

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Fecha desde
Fecha Indicador Ley Art Párrafo Ordenar descendente Resumen Sentido Ámbito Órgano Ficha
136/2021 21/12/2021
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • LTPA
  • 9
  • 9.4
En contra de lo manifestado por la persona denunciante el Consejo ha podido constatar que el Ayuntamiento dispone de una página web que permite acceder a una amplia variedad de información pública cuya divulgación resulta preceptiva para la entidad local denunciada conforme a lo dispuesto por el Titulo II de la LTPA.
Teniendo en cuenta que la resolución no puede entrar a valorar la idoneidad de la información que en dicha página web se ofrece al no haber sido alegado por la persona denunciante ante el Consejo ningún incumplimiento específico de obligaciones de publicidad activa en relación con la misma que puedan venir exigidas por el mencionado título, se archiva la denuncia.
ARCHIVO ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE CASTRIL Ver
14/2022 17/03/2022
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Datos de especial protección o comisión infracc penal o adva
  • Niveles de protección por tipología de dato personal
  • Publicidad activa en materia de personal
  • Procesos de selección de personal
  • LTPA
  • LTAIBG
  • LTAIBG
  • ·
  • LTPA
  • 9
  • 15
  • 15
  • ·
  • 10
  • 9.4
  • 15.1
  • 15
  • ·
  • 10.1 k)
Las entidades locales están obligadas a facilitar en sus páginas web los procesos de selección del personal a su servicio en virtud de lo establecido en el art. 10.1 k) LTPA, lo que en el supuesto denunciado debe traducirse en la necesaria publicación por parte del Ayuntamiento de la relación de personas que integran la Bolsa de Técnicos de Orientación Laboral junto al orden de prelación que ocupan cada uno de los integrantes de la misma.
Para la identificación de las personas incluidas en dicha Bolsa el Consistorio deberá atender a lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. Por otra parte, el principio de minimización de datos [art. 5.1 c) RGPD] y el art. 15 LTBG (respecto a la protección de datos personales) exigen la no inclusión de categorías especiales de datos en la publicación que se efectúe como parte de la publicidad activa del organismo. Tampoco se deberán publicar los datos de personas que puedan encontrarse en una situación de especial protección que desaconseje que se revele su identidad.
En consecuencia, existe un cumplimiento deficiente de la citada obligación de publicidad activa por lo que ha de requerirse su oportuna subsanación.
SUBSANACIÓN ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS Ver
62/2022 04/10/2022
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Inf. institucional y organizativa
  • Estatutos y normas entes instrumentales
  • Normas generales PA
  • Inf. institucional y organizativa
  • Principios aplicables
  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
  • ·
  • LTAIBG
  • LTPA
  • 9
  • 10
  • 10
  • ·
  • 6
  • 6
  • 9.4
  • 10.1
  • 10.1 b)
  • ·
  • 6.1
  • 6
La persona denunciante atribuye a la EUC un supuesto incumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa como consecuencia de la falta de publicación del Anexo I de sus Estatutos. En este sentido, dicho anexo es un documento que forma parte del contenido intrínseco de los Estatutos por lo que su publicación resulta plenamente exigible como parte integrante de la información institucional y organizativa de la entidad urbanística que el art. 10.1 b) LTPA le obliga a proporcionar electronicamente en su página web o portal, al igual que la del resto del texto estatutario.
Ante la imposibilidad de consultar esta información en la página web de la EUC, el Consejo entiende que concurre un deficiente cumplimiento de la obligación de publicidad activa precitada. Conclusión que no se refutaría por el hecho de que esta concreta información haya podido ser elaborada por el Ayuntamiento del que depende la entidad urbanística, al tratarse de una circunstancia que en el ámbito de la publicidad activa carece de cualquier relevancia.
Así las cosas, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, se requiere la oportuna subsanación.
INCUMPLIMIENTO Y SUBSANACIÓN OTRAS ENTIDAD URBANÍSTICA DE CONSERVACIÓN DE COSTA ESURI Ver
63/2022 04/10/2022
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Inf. Contratos, convenios y subvenciones
  • Contratación o Convenios
  • Convenios
  • Convenios
  • Principios aplicables
  • Normas generales PA
  • LTPA
  • LTPA
  • ·
  • LTAIBG
  • LTPA
  • LTPA
  • ·
  • 9
  • 15
  • ·
  • 8
  • 15
  • 6
  • ·
  • 9.4
  • 15
  • ·
  • 8.1 b)
  • 15 b)
  • 6
  • ·
La persona denunciante atribuye al ente local un supuesto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 15 b) LTPA en relación con la publicación de un determinado convenio. Sin embargo, el Consejo ha podido confirmar que resulta accesible la información atinente al convenio requerido, por lo que no se aprecia deficiencia alguna.
En consecuencia, se archiva la denuncia.
ARCHIVO ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS Ver
78/2022 28/10/2022
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Publicidad exigida art. 54 LAULA
  • Publicidad exigida art. 54 LAULA
  • Normas generales PA
  • Derecho a la publicidad activa
  • Principios aplicables
  • LTPA
  • LAULA
  • LTPA
  • ·
  • ·
  • LTPA
  • 9
  • 54
  • 10
  • ·
  • ·
  • 6
  • 9.4
  • 54.1
  • 10.3
  • ·
  • ·
  • 6
Se denuncia que no se encuentra publicada en el Portal de Transparencia del Consistorio la Ordenanza Fiscal que regula el importe de las tasas establecidas para la obtención o renovación de la tarjeta de armas concedida por la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Bormujos.
Aunque el Consejo ha podido advertir publicada cierta información relacionada con la Ordenanza Municipal Reguladora de la Expedición de Tarjetas de Armas y de su Utilización, no ha podido identificar en cambio publicación alguna en lo que atañe a la Ordenanza fiscal, tal y como reseña la persona denunciante.
En estos términos, el Consejo estima que concurre un cumplimiento deficiente de lo dispuesto en el art. 54.1 j) LAULA por remisión del art. 10.3 LTPA, por lo que ha de requerirse la correspondiente subsanación para la publicación electrónica de la citada Ordenanza fiscal.
En cualquier caso, si la información no existiera deberá darse expresamente cuenta de ello en el apartado correspondiente de la página web, sede electrónica o portal de transparencia; en tanto en cuanto éste es el criterio que debe observarse cuando concurre dicha circunstancia.
SUBSANACIÓN ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS Ver
83/2022 31/10/2022
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Otros sujetos obligados a PA
  • Entidad no sujeta a PA
  • Prestadores de servicios públicos locales en régimen de gestión indirecta
  • Otros sujetos obligados a PA
  • Perceptores de ayudas o subvenciones
  • Otras exigencias específicas de PA
  • Normas generales PA
  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
  • ·
  • LTAIBG
  • ·
  • ·
  • ·
  • 9
  • 5
  • 3
  • ·
  • 3
  • ·
  • ·
  • ·
  • 9.4
  • 5
  • 3
  • ·
  • 3
  • ·
  • ·
  • ·
La sociedad mercantil denunciada no se encuentra incluida en el ámbito subjetivo de aplicación definido en el art. 3.1 LTPA ni entre los sujetos obligados previstos en el art. 5 LTPA.
De igual modo, la ausencia hasta la fecha de una normativa de desarrollo de las previsiones del art. 5.3 LTPA que pudiera imponer el cumplimiento de obligaciones de publicidad activa a las empresas prestadoras de servicios públicos locales en régimen de gestión indirecta así como, en particular, por parte del Ayuntamiento de Benalmádena, en el ámbito del servicio público que presta la mercantil denunciada; priva de aplicación práctica lo dispuesto en el art. 5.3 LTPA.
Así pues, no cabe admitir a trámite la denuncia interpuesta y se procede a su archivo.
Sin perjuicio de lo anterior, en virtud de lo que establece el art. 4 LTPA, la entidad denunciada queda obligada a suministrar al Ayuntamiento de Benalmádena toda la información necesaria para que la entidad local cumpla las obligaciones previstas en la normativa de transparencia. Esto es, deberá suministrar la información que el Ayuntamiento le requiera para resolver solicitudes de acceso o bien cumplir sus obligaciones de publicidad activa.
ARCHIVO ENTIDADES LOCALES EMABESA (EMPRESA MUNICIPAL DE AGUAS DE BENALMÁDENA, S.A.) Ver
72/2023 26/07/2023
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Acta sesiones plenarias EELL
  • Inf. institucional y organizativa
  • Inf. institucional y organizativa
  • Normas generales PA
  • Principios aplicables
  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
  • LTAIBG
  • ·
  • LTPA
  • 9
  • 10
  • 10
  • 6
  • ·
  • 6
  • 9.4
  • 10.3
  • 10.1
  • 6.1
  • ·
  • 6
El ente local inspeccionado ha procedido a subsanar los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2023-2024 en relación con la publicación electrónica de las actas correspondientes a las sesiones plenarias celebradas a partir del 10 de diciembre de 2016, por lo que se archiva el procedimiento iniciado de oficio por el Consejo por presunto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 10.3 LTPA. ARCHIVO ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE SALTERAS Ver
74/2023 27/07/2023
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Inf. institucional y organizativa
  • Inf. institucional y organizativa
  • Normas generales PA
  • Derecho a la publicidad activa
  • Procesos de selección de personal
  • LTPA
  • LTAIBG
  • LTPA
  • ·
  • ·
  • LTPA
  • 9
  • 6
  • 10
  • ·
  • ·
  • 10
  • 9.4
  • 6.1
  • 10.1
  • ·
  • ·
  • 10.1 k)
Se denuncia un presunto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 10.1 k) LTPA, derivado de que no se encuentra publicada información referente a las bases de la convocatoria del procedimiento de selección efectuado por el propio Ayuntamiento para ser personal de apoyo administrativo del Programa de Empleo y Formación (expediente n.º 1804/2022), el baremo aplicable a los méritos de las personas aspirantes y la puntuación obtenida por cada una de ellas tras la valoración efectuada por el Consistorio.
Tras consultar la página web municipal, el Consejo ha podido advertir que, efectivamente, dicha información no se encuentra publicada.
Así las cosas, el Consejo considera que existe un cumplimiento defectuoso de la citada obligación, por lo que en virtud del art. 23 LTPA se requiere la oportuna subsanación.
SUBSANACIÓN ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE VILCHES Ver
82/2023 02/08/2023
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Inf. institucional y organizativa
  • Acta sesiones plenarias EELL
  • Principios aplicables
  • Inf. institucional y organizativa
  • Normas generales PA
  • LTPA
  • LTAIBG
  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
  • ·
  • 9
  • 6
  • 10
  • 6
  • 10
  • ·
  • 9.4
  • 6.1
  • 10.3
  • 6
  • 10.1
  • ·
El ente local inspeccionado ha procedido a subsanar los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2023-2024 en relación con la publicación electrónica de las actas correspondientes a las sesiones plenarias celebradas a partir del 10 de diciembre de 2016, por lo que se archiva el procedimiento iniciado de oficio por el Consejo por presunto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 10.3 LTPA. ARCHIVO ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE ALMARGEN Ver
85/2023 07/08/2023
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Principios aplicables
  • Normas generales PA
  • Derechos reconocidos en la Ley de Transparencia
  • Normativa de aplicación
  • Publicidad activa de normativa
  • Derecho a la publicidad activa
  • Normativa de aplicación
  • Publicidad activa de normativa
  • Publicidad exigida art. 54 LAULA
  • Publicidad exigida art. 54 LAULA
  • LTPA
  • LTPA
  • ·
  • LTPA
  • LTAIBG
  • LTAIBG
  • ·
  • LTPA
  • LTPA
  • LAULA
  • LTPA
  • 9
  • 6
  • ·
  • 7
  • 6
  • 6
  • ·
  • 10
  • 10
  • 54
  • 10
  • 9.4
  • 6
  • ·
  • 7
  • 6.1
  • 6.1
  • ·
  • 10.1 b)
  • 10.1 b)
  • 54.1
  • 10.3
La persona denunciante achaca al Ayuntamiento que no tiene publicada la 'Ordenanza Municipal sobre Protección del Medio Ambiente contra los Ruidos y Vibraciones '.
La obligación de publicar por el ente local en su página web dicha Ordenanza se infiere de lo dispuesto en el art. 54.1 n) LAULA, por remisión del art. 10.3 LTPA. Sin embargo, el Consejo no ha podido confirmar que se encuentre publicada.
En este sentido, no resulta admisible el argumento expuesto por el Consistorio que pretende validar el cumplimiento de la obligación de publicidad activa en cuestión con la mera referencia a los boletines oficiales donde se encuentra disponible la información que resulta exigible proporcionar por el propio Consistorio.
En consecuencia se requiere expresamente a la entidad local para que proceda a publicar en sede electrónica, portal o página web el texto en vigor de la referida Ordenanza.
SUBSANACIÓN ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE NÍJAR Ver
88/2023 08/08/2023
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Reuniones Consejo Gobierno y órganos colegiados EELL
  • Orden del día previo a la reunión
  • Funcionamiento de los gobiernos
  • Derecho a la publicidad activa
  • Principios aplicables
  • Normas generales PA
  • Derechos reconocidos en la Ley de Transparencia
  • LTPA
  • ·
  • LTPA
  • LTPA
  • ·
  • LTPA
  • ·
  • LTPA
  • 9
  • ·
  • 22
  • 22
  • ·
  • 6
  • ·
  • 7
  • 9.4
  • ·
  • 22.1
  • 22
  • ·
  • 6
  • ·
  • 7
La denuncia se centra en dilucidar la falta de publicidad electrónica de las convocatorias de las sesiones de Pleno celebradas por el Consistorio desde el 10 de diciembre de 2016, en cumplimiento de la exigencia de publicidad activa prevista en el art. 22.1 LTPA.
Tras examinar el Portal de Transparencia municipal, el Consejo ha podido advertir publicada una relación de órdenes del día correspondientes a sesiones plenarias celebradas por el ente local entre 2015 y 2023.
Así pues, a la vista de la información publicada, y aun aceptando que dicha publicación hubiera podido producirse tras la denuncia interpuesta, el Consejo considera que el propósito de la transparencia ha quedado satisfecho. Se archiva, en consecuencia, la denuncia presentada.
ARCHIVO ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE SALTERAS Ver
90/2023 08/08/2023
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Principios aplicables
  • Normas generales PA
  • Inexistencia de portal de transparencia
  • Diversos incumplimientos PA
  • Derechos reconocidos en la Ley de Transparencia
  • Derecho a la publicidad activa
  • LTPA
  • LTPA
  • ·
  • LTPA
  • ·
  • LTPA
  • ·
  • 9
  • 6
  • ·
  • 9
  • ·
  • 7
  • ·
  • 9.4
  • 6
  • ·
  • 9.4
  • ·
  • 7
  • ·
La denuncia atribuye al Ayuntamiento un presunto incumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el Título II LTPA que le resultan exigibles, derivado de la imposibilidad de acceder al portal de transparencia municipal en un periodo concreto.
Sin embargo, en consonancia con lo expresado por el ente local en sus alegaciones, el Consejo ha podido confirmar la existencia de un portal de transparencia que permite acceder a una amplia variedad de información pública cuya divulgación resulta preceptiva para la entidad local denunciada conforme a lo dispuesto por el Titulo II de la LTPA.
Así pues, teniendo en cuenta la presencia de un portal operativo y que la persona denunciante no ha reseñado ningún incumplimiento concreto de obligaciones de publicidad activa en el que pueda incurrir el Consistorio, se archiva la denuncia presentada.
ARCHIVO ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE RUS Ver
118/2023 09/11/2023
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • PRESUPUESTOS
  • Contratos
  • Inf. Económica, financiera y presupuestaria
  • Normas generales PA
  • Datos de contratos
  • Inf. Contratos, convenios y subvenciones
  • Datos estadísticos sobre contratación
  • Estado ejecución presupuestos
  • Contratos
  • Principios aplicables
  • Retribuciones AACC y máximos responsables
  • Retribuciones AACC y máximos responsables
  • Inf. Altos cargos y máximos responsables
  • Derecho a la publicidad activa
  • Contratos menores
  • Inf. Económica, financiera y presupuestaria
  • PRESUPUESTOS
  • Principales partidas presupuestarias
  • LTPA
  • LTAIBG
  • LTAIBG
  • LTPA
  • ·
  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
  • LTAIBG
  • LTPA
  • ·
  • LTPA
  • LTAIBG
  • LTPA
  • LTPA
  • 9
  • 8
  • 8
  • 16
  • ·
  • 15
  • 15
  • 15
  • 16
  • 15
  • 6
  • 11
  • 8
  • 11
  • ·
  • 15
  • 8
  • 16
  • 16
  • 9.4
  • 8.1 d)
  • 8.1 a)
  • 16
  • ·
  • 15 a)
  • 15
  • 15 a)
  • 16 a)
  • 15 a)
  • 6
  • 11 b)
  • 8.1 f)
  • 11
  • ·
  • 15 a)
  • 8.1 d)
  • 16 a)
  • 16 a)
El Consejo ha constatado que la empresa pública sigue incumpliendo la obligación de publicidad activa impuesta en el art. 10.1 c) LTPA cuya subsanación ya le fue requerida con motivo de sendas resoluciones anteriores, al no facilitar en su portal o página web (o hacerlo de modo incompleto) información relativa a su estructura organizativa. En consecuencia, se declara el incumplimiento y se acuerda tramitar el procedimiento para instar la incoación de un procedimiento sancionador o disciplinario, de acuerdo con lo establecido en el art. 57.2 LTPA.
También se advierte que no se encuentra publicada la información presupuestaria correspondiente al periodo 2016-2018, las retribuciones de cualquier naturaleza percibidas en cómputo anual por las personas que ejerzan la máxima responsabilidad en la entidad societaria desde el ejercicio 2020, así como los datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público desde el 10 de diciembre de 2015. Ante esta tesitura, el Consejo requiere a la citada mercantil la oportuna subsanación para que proceda a publicar la correspondiente información.
INCUMPLIMIENTO Y SUBSANACIÓN ENTIDADES LOCALES ACTIVIDADES DE LIMPIEZA Y GESTIÓN, S.A. (ALGESA) Ver
98/2023 02/10/2023
  • Publicación PA en sede electrónica, portal o página web
  • Inf. institucional y organizativa
  • Información no sujeta a PA
  • Normativa de aplicación
  • Normas generales PA
  • Inf. institucional y organizativa
  • Derecho a la publicidad activa
  • Principios aplicables
  • Reclamación administrativa
  • Normativa de aplicación
  • Reclamación administrativa
  • LTPA
  • LTPA
  • ·
  • LTAIBG
  • ·
  • LTAIBG
  • ·
  • LTPA
  • LTPA
  • LTPA
  • LTAIBG
  • 9
  • 10
  • ·
  • 6
  • ·
  • 6
  • ·
  • 6
  • 33
  • 10
  • 24
  • 9.4
  • 10.1
  • ·
  • 6.1
  • ·
  • 6.1
  • ·
  • 6
  • 33
  • 10.1 b)
  • 24
La persona denunciante señala que la empresa municipal no publica determinada información relacionada con la actividad portuaria que desarrolla.
El Consejo ha podido confirmar, en cambio, que en el Portal de Transparencia de la entidad mercantil se localiza un espacio reservado a facilitar diversa información coincidente con la que reclama la persona denunciante, donde se puede consultar la misma.
Así las cosas, a la vista de la información publicada, y aun asumiendo que dicha publicación hubiera podido producirse tras la denuncia interpuesta, el Consejo considera que el propósito de la transparencia ha quedado satisfecho, por lo que se archiva la denuncia.
Esta conclusión se corrobora en tanto en cuanto la ausencia de publicación telemática de información relacionada con el estado de disponibilidad de los atraques y las listas de espera de los usuarios (que también demanda la persona denunciante) no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa definidas por el Título II LTPA.
En este sentido, a juicio del Consejo, la exigencia prevista en el 10.1 b) LTPA que impone publicar a este tipo de entidades en sus sedes electrónicas, portales o páginas web la información relativa a la normativa que les sea de aplicación, no da cobertura a esta pretensión.
De este modo, ante la falta de acreditación respecto de tales aspectos del incumplimiento de alguna obligación de publicidad activa prevista en la normativa de transparencia, se confirma el archivo de la denuncia.
Ello no impide que cualquier persona pueda solicitar (en ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el artículo 24 LTPA) toda suerte de información que en relación con esta última documentación denunciada obre en poder de la citada empresa municipal o incluso del propio Ayuntamiento del que es medio instrumental. Solicitud que en el caso de ser inobservada o inadecuadamente atendida podría legitimar la interposición de una reclamación ante el Consejo al amparo de lo que establece el citado artículo.
ARCHIVO ENTIDADES LOCALES PUERTO DEPORTIVO DE BENALMÁDENA, S.A.M. Ver
44/2022 30/06/2022
  • Principios aplicables
  • Derecho a la publicidad activa
  • Procesos de selección de personal
  • LTPA
  • ·
  • LTPA
  • 6
  • ·
  • 10
  • 6
  • ·
  • 10.1 k)
Se archiva la denuncia interpuesta ante el Consejo tras acreditarse por parte del Ayuntamiento denunciado la anulación del proceso selectivo sobre el que versa la misma y la iniciación de uno nuevo que resulta distinto al anterior en el que la denuncia se incardina, dada la imposibilidad material de continuar el procedimiento por causas sobrevenidas. ARCHIVO ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE COLOMERA Ver