Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1160
Mostrando del 46 al 60
En los campos marcados con O puedes introducir varios elementos separados por comas.
Posicionándonos sobre el campo se ofrece ayuda para su implementación.
Nº | Fecha Ordenar ascendente | Indicador | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
91/2024 | 20/09/2024 |
|
|
|
|
La persona denunciante no ha procedido a subsanar las incidencias de las que adolece la denuncia presentada en el plazo que le ha sido conferido, por lo que el Consejo acuerda tenerla por desistida. | ARCHIVO | Málaga | Ayuntamiento de Benarrabá | Ver |
88/2024 | 18/09/2024 |
|
|
|
|
La persona denunciante achaca al Ayuntamiento una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, se requiere a la entidad local denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. Por otra parte, aunque la denuncia también reseña que la información publicada incumple el principio de reutilización, el Consejo no aprecia vulneración alguna de dicho principio, en tanto en cuanto los documentos que se encuentran publicados no dan muestras de contrariar el mismo. | SUBSANACIÓN | No consta | AYUNTAMIENTO DE TREBUJENA | Ver |
85/2024 | 18/09/2024 |
|
|
|
|
La persona denunciante achaca al ente local que no se encuentra publicada el acta de la sesión celebrada por el Pleno en fecha 29 de noviembre de 2023, en cumplimiento de la obligación de publicidad activa impuesta por el art. 10.3 LTPA. Dicha ausencia ha podido ser corroborada por el Consejo tras consultar la página web del Consistorio. En consecuencia, se le requiere para que proceda a su publicación. | SUBSANACIÓN | No consta | AYUNTAMIENTO DE GÉRGAL | Ver |
87/2024 | 18/09/2024 |
|
|
|
|
La persona denunciante achaca al Ayuntamiento una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, se requiere a la entidad local denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. Por otra parte, aunque la denuncia también reseña que la información publicada incumple el principio de reutilización, el Consejo no aprecia vulneración alguna de dicho principio, en tanto en cuanto los documentos que se encuentran publicados no dan muestras de contrariar el mismo. | SUBSANACIÓN | No consta | Ayuntamiento de Puerto Serrano | Ver |
84/2024 | 18/09/2024 |
|
|
|
|
La persona denunciante achaca a la empresa pública una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información prevista en los artículos 10 y 11 LTPA. El Consejo ha podido advertir que la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, se requiere a la empresa pública la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. | SUBSANACIÓN | No consta | Aira Gestión Ambiental S.A.M. | Ver |
86/2024 | 18/09/2024 |
|
|
|
|
El Consejo ha constatado un cumplimiento deficiente por parte de la empresa pública denunciada de las exigencias de publicidad activa previstas en los artículos 10.1 c) y 11 b) LTPA, ya que resulta deficiente la información que facilita en sede electrónica, portal o página web referente a su estructura organizativa y a las retribuciones de cualquier naturaleza percibidas anualmente por las personas que ejercen la máxima responsabilidad en la misma. Teniendo en cuenta que el órgano de control ya constató el deficiente cumplimiento por parte de esta empresa de dichas obligaciones con motivo de una denuncia anterior, el Consejo procede a declarar su incumplimiento y acordar que se tramite el procedimiento para instar la incoación de un procedimiento sancionador o disciplinario, de acuerdo con lo previsto en el art. 57.2 LTPA. | INCUMPLIMIENTO Y SUBSANACIÓN | Huelva | Gestión Integral del Agua de Huelva S.A. (GIAHSA) | Ver |
83/2024 | 18/09/2024 |
|
|
|
|
La persona denunciante señala que la página web de la Fundación carece de información adecuada en relación con las exigencias de publicidad activa de carácter económico que le resultan exigibles. Aunque a la entidad denunciada le resultan de aplicación las obligaciones de transparencia establecidas en la legislación básica estatal reguladas con carácter general en el Capítulo II del Título I de la LTAIBG, el Consejo ha podido advertir que la información que se encuentra publicada al respecto en relación con la denuncia resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, se requiere a la Fundación la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en su portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente las exigencias de publicidad activa a las que se refiere la denuncia. |
SUBSANACIÓN | No consta | Fundación Destino Rocío | Ver |
81/2024 | 29/08/2024 |
|
|
|
|
Se denuncia que no se encuentra publicado un determinado convenio en el Portal de Transparencia del Consistorio. De la obligación de publicidad activa prevista en el art. 15 b) LTPA no se puede inferir la exigencia de publicar el texto íntegro de un convenio sino únicamente la de satisfacer los elementos de publicidad activa que en dicho artículo se recogen. Tras consultar las distintas plataformas electrónicas con las que cuenta el Ayuntamiento, el Consejo no ha podido advertir publicada ninguna información acerca del mismo pero sí la presencia de indicios que sugieren su existencia. Así pues, el Consejo considera que concurre un cumplimiento deficiente de lo dispuesto en el art. 15 b) LTPA derivado de la falta de publicación de la información que resulta exigible acerca del convenio en cuestión, por lo que se requiere al ente local denunciado la correspondiente subsanación. | SUBSANACIÓN | Sevilla | AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS | Ver |
80/2024 | 28/08/2024 |
|
|
|
|
El Consejo ha constatado un cumplimiento deficiente por parte del ente local denunciado de la exigencia de publicidad activa prevista en el art. 10.1 g) LTPA, ya que no facilita en sede electrónica, portal o página web información sobre la relación vigente de puestos de trabajo, catálogo de puestos o documento equivalente referidos a todo tipo de personal, con indicación de sus retribuciones anuales. Se requiere, en consecuencia, la oportuna subsanación. | SUBSANACIÓN | Málaga | AYUNTAMIENTO DE BENAHAVÍS | Ver |
79/2024 | 19/07/2024 |
|
|
|
|
ARCHIVO | Sevilla | AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS | Ver | |
78/2024 | 19/07/2024 |
|
|
|
|
La denuncia atribuye al Ayuntamiento un supuesto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 11 e) LTPA asociado a la ausencia de publicación de las declaraciones anuales de bienes y actividades de las personas representantes locales durante la legislatura 2019-2023 y, en particular, en el momento de la finalización de su mandato. Esta deficiencia ha podido ser corroborada por el Consejo tras consultar el Portal de Transparencia del ente local, ya que la información que ofrece no se corresponde con la totalidad de las declaraciones anuales de bienes y actividades de las personas representantes locales durante la legislatura 2019-2023. En consecuencia, concurre un cumplimiento deficiente de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 11 e) LTPA y se requiere la oportuna subsanación. |
SUBSANACIÓN | No consta | AYUNTAMIENTO DE HORNACHUELOS | Ver |
77/2024 | 16/07/2024 |
|
|
|
|
Se denuncia que no se encuentra publicada información alguna relacionada con un determinado contrato en el Portal de Transparencia del Consistorio. Tras consultar las distintas plataformas electrónicas con las que cuenta el Ayuntamiento, el Consejo no ha podido advertir publicada ninguna información acerca del mismo pero sí la presencia de indicios que sugieren su existencia. Así pues, el Consejo considera que concurre un cumplimiento deficiente de lo dispuesto en el art. 15 a) LTPA derivado de la falta de publicación de la información que resulta exigible acerca del contrato en cuestión, por lo que se requiere al ente local denunciado la correspondiente subsanación. |
SUBSANACIÓN | Sevilla | AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS | Ver |
76/2024 | 16/07/2024 |
|
|
|
|
El Consejo ha constatado un cumplimiento deficiente por parte del ente local denunciado de la exigencia de publicidad activa prevista en el art. 11 b) LTPA, ya que no facilita en sede electrónica, portal o página web información referente a las retribuciones de cualquier naturaleza percibidas anualmente por las personas que ejercen la máxima responsabilidad en el mismo. Teniendo en cuenta que el órgano de control ya constató el deficiente cumplimiento por parte del Consistorio de esta obligación con motivo de una denuncia anterior, el Consejo procede a declarar este incumplimiento y acordar que se tramite el procedimiento para instar la incoación de un procedimiento sancionador o disciplinario, de acuerdo con lo previsto en el art. 57.2 LTPA. |
INCUMPLIMIENTO Y SUBSANACIÓN | No consta | Ayuntamiento de Padules | Ver |
75/2024 | 09/07/2024 |
|
|
|
|
Se denuncia que no se encuentra publicada información alguna relacionada con un determinado contrato en el Portal de Transparencia del Consistorio. Tras consultar las distintas plataformas electrónicas con las que cuenta el Ayuntamiento, el Consejo no ha podido advertir publicada ninguna información acerca del mismo pero sí la presencia de indicios que sugieren su existencia. Así pues, el Consejo considera que concurre un cumplimiento deficiente de lo dispuesto en el art. 15 a) LTPA derivado de la falta de publicación de la información que resulta exigible acerca del contrato en cuestión, por lo que se requiere al ente local denunciado la correspondiente subsanación. |
SUBSANACIÓN | Sevilla | AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS | Ver |
74/2024 | 09/07/2024 |
|
|
|
|
Se denuncia que no se encuentra publicada información alguna relacionada con un determinado contrato en el Portal de Transparencia del Consistorio. Tras consultar las distintas plataformas electrónicas con las que cuenta el Ayuntamiento, el Consejo no ha podido advertir publicada ninguna información pero tampoco indicio alguno que permita confirmar que los hechos a los que se refiere la persona denunciante hayan conllevado la formalización de un contrato, presunción en la que basa íntegramente su denuncia. De este modo, el Consejo no dispone de elementos de juicio suficientes para poder concluir un deficiente cumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 15 a) LTPA atribuible a la entidad local en los términos que plantea la persona denunciante, por lo que se archiva la denuncia. |
ARCHIVO | Sevilla | AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS | Ver |