Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1008
Mostrando del 76 al 90
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Nº | Fecha | Indicador Ordenar descendente | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha |
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12/2023 | 09/03/2023 |
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El Consejo ha constatado un cumplimiento deficiente por parte del ente local denunciado de determinadas exigencias de publicidad activa ya que no facilita en su sede electrónica, portal o página web (o lo hace de modo incompleto) información referente a la oferta pública de empleo; contratos de venta de naves; ordenes del día y actas de las sesiones plenarias; archivos audiovisuales correspondientes a las sesiones celebradas por el Pleno municipal; así como sobre sus Presupuestos. Se requiere, en consecuencia, la oportuna subsanación a partir de 2019, ya que es el periodo temporal al que la persona denunciante ciñe su denuncia. Por otra parte, en relación con la petición de sanción que efectúa la persona denunciante, debe advertirse que el Consejo carece de competencias sancionadoras a la vista del contenido de la LTPA, si bien el art. 57.2 lo habilita a instar la incoación de un procedimiento sancionador o disciplinario al órgano o entidad que resulte competente cuando constate incumplimientos que puedan ser calificados como alguna de las infracciones previstas en el Título VI de la Ley. Dado que esta Resolución insta a la entidad a la publicación de determinada información, su incumplimiento podría suponer el ejercicio de la habilitación prevista en el citado art. 57.2 LTPA. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE BENALÚA | Ver |
17/2023 | 05/04/2023 |
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La persona denunciante achaca a la sociedad mercantil local una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa en materia de contratos, presupuestos, relación de bienes inmuebles de su propiedad y declaraciones de bienes de las personas representantes locales. El Consejo ha podido confirmar que la información que atañe a contratos y presupuestos se encuentra publicada en la página web corporativa. Por su parte, la obligación de publicar la relación de los bienes inmuebles que sean de su propiedad o sobre los que ostenten algún derecho real que impone el art. 8.3 LTAIBG sólo alcanza a las Administraciones Públicas, por lo que no resulta exigible a sociedades mercantiles como la denunciada. Finalmente, en lo que respecta a las declaraciones de bienes, la obligación de publicidad activa prevista en el art. 11 e) LTPA solo despliega sus efectos en el ámbito de la Corporación local a la que las personas representantes locales representan, por lo que tampoco resulta de aplicación en el ámbito de la entidad societaria denunciada. En este sentido, extender dicha exigencia a cualquier otro órgano u entidad dependiente de la entidad local en la que coyunturalmente pueda ejercerse algún cargo de responsabilidad asociado a la condición de miembro de ésta (como parece suceder en el caso que nos ocupa), desborda ciertamente el alcance legal con el que dicha obligación se configura. Se acuerda, en consecuencia, el archivo de la denuncia interpuesta. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | EMPRESA MUNICIPAL DE GESTIÓN DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN DE MÁLAGA, S.A. | Ver |
51/2023 | 30/06/2023 |
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La persona denunciante achaca al Consistorio el supuesto incumplimientos de las siguientes exigencias de publicidad activa: publicidad de los plenos (art. 21 LTPA), actas de las sesiones plenarias (art. 10.3 LTPA) e información económica, financiera y presupuestaria (art. 16 LTPA). El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la entidad local denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE BENAOCAZ | Ver |
107/2023 | 23/10/2023 |
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La persona denunciante achaca a la entidad local una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la entidad local denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE LEPE | Ver |
110/2023 | 24/10/2023 |
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La persona denunciante achaca a la entidad local una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la entidad local denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ALMONTE | Ver |
29/2017 | 13/09/2017 |
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Publicidad de Anteproyecto de Ley cuando se somete a informe del Consejo Consultivo |
REQUERIMIENTO | JdA | CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO | Ver |
30/2017 | 13/09/2017 |
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Ausencia de publicación de publicación de aprobación inicial de ordenanza en web |
REQUERIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE FIÑANA | Ver |
32/2018 | 11/04/2018 |
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Ausencia de publicación en web de documentos en trámite de información pública. |
REQUERIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE TOCINA | Ver |
34/2017 | 27/09/2017 |
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El contenido de los Indicadores recogidos en ITA, ni por cualquier entidad pública o privada, no son exigibles por el Consejo. Unicamente exige el Consejo la publicación de la información exigida por la LTPA. Publicación de Planes y evaluación. Publicidad de la aprobación de normas: ha de publicarse el texto de la versión inicial de aprobación, las memorias e informes del expediente, y los documentos sometidos a información pública. Información de contratación: Es exigible la publicación de la información exigible por la LTPA desde la entrada en vigor de la misma. Ha de publicarse el anuncio previsto en la LTPA en los procedimientos negociados sin publicidad. Información presupuestaria. |
REQUERIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARÍA | Ver |
17/2018 | 16/02/2018 |
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La información objeto de la denuncia se encuentra publicada en la web. Se archiva. |
ARCHIVO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA | Ver | |
23/2018 | 07/03/2018 |
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La información objeto de la denuncia se encuentra publicada en la web. Se archiva. |
ARCHIVO | JdA | AYUNTAMIENTO DE SANLÚCAR LA MAYOR | Ver | |
24/2018 | 07/03/2018 |
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La información objeto de la denuncia se encuentra publicada en la web. Se archiva. |
ARCHIVO | EE.LL. | MANCOMUNIDAD DE DESARROLLO Y FOMENTO DEL ALJARAFE | Ver | |
25/2018 | 14/03/2018 |
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La información denunciada se encuentra publicada en la página web del Ayuntamiento. Archivo |
ARCHIVO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS | Ver | |
26/2018 | 14/03/2018 |
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La información denunciada se encuentra publicada en la página web del órgano. Archivo |
ARCHIVO | EE.LL. | CONSORCIO PARQUE PERIURBANO LA CORCHUELA | Ver | |
35/2017 | 27/09/2017 |
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No caben denuncias genéricas e inconcretas de obligaciones de publicidad activa. Ha de concretarse el incumplimiento. |
ARCHIVO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA | Ver |