Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-034/2017
Fecha
08/03/2017
Resumen
Solicitud de información de un expediente. Se remite la información al Consejo. No es misión de este órgano convertirse en receptor o transmisor de la información sino la de velar por el cumplimiento del derecho de acceso. El órgano ha de remitirla al solicitante.// Peticiones de información invocando la Ley de Derecho de petición quedan excluida del marco regulador de la transparencia.// No se estima solicitud de que el Consejo compela a la Policía Local a comprobar la legalidad del desarrollo de una actuación. Estimada parcialmente
Indicador
SE INVOCA NORMATIVA AJENA A LA LTPA
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
FALTA ÁMBITO OBJETIVO
Ley
LTPA
LTPA
LTPA
Artículo
24
2
·
Párrafo
2 a)
·
·
Ámbito
EE.LL.
Órgano
AYUNTAMIENTO DE JÓDAR
Provincia
JAÉN
Sentido
ESTIMADA PARCIALMENTE
Resolución