Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-071/2016
Fecha
03/08/2016
Resumen
Inadmisión. Solicitar que el Consejo dicte un acto revocando la cláusula de un pliego de una concesión administrativa no se ampara en la LTPA. La solicitud mediante la que se insta la elaboración de un informe jurídico es reelaboración según artículo 18.1.c) LTAIBG
Indicador
REELABORACIÓN
Ley
LTAIBG
Artículo
18
Párrafo
18.1 c)
Ámbito
JdA
Órgano
AGENCIA PUBLICA DE PUERTOS DE ANDALUCÍA
Sentido
INADMITIDA
Resolución