Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-071/2017
Fecha
31/05/2017
Resumen
Número total de expedientes de protección de legalidad urbanística incoados y resueltos en 2 años no es reelaboración. Sí lo es la información que resulte de un análisis personalizado de cada expediente para emitir un informe ad hoc y ofrecer la información con todas las variables exigidas. Análisis de ST Audiencia Nacional 24-1-17: el derecho a información no es un derecho a la confección de informe, sin que esto haya de ser objeto de una interpretación amplia
Indicador
REELABORACIÓN
Ley
LTAIBG
Artículo
18
Párrafo
18.1 c)
Ámbito
EE.LL.
Órgano
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DEL RIO
Provincia
SEVILLA
Sentido
ESTIMADA PARCIALMENTE
Resolución