Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-097/2016
Fecha
19/10/2016
Resumen
Doble vía de acceso a la información para los Parlamentarios. De un lado, como cargo público representativo a través del Reglamento del Parlamento (D.A. 4ª. 2 LTPA), y por otra parte, como ciudadano al amparo de la LTPA. Necesidad de evitar la confusión o ambigüedad en el uso de ambas alternativas de acceso a la información.
Indicador
ACCESO A INFORMACIÓN POR PARLAMENTARIOS
Ley
LTPA
Artículo
D.A.4ª
Párrafo
D.A.4ª.2
Ámbito
JdA
Órgano
SECRETARIA GENERAL DE EMPLEO
Sentido
INADMITIDA
Recurso Judicial
Resolución