Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-148/2023
Fecha
22/03/2023
Resumen
Se solicita información sobre órgano que expide las autorizaciones de carteles publicitarios en puerto deportivo y qué embarcaciones están autorizadas. El órgano respondió indicando que no disponía de parte la información. No corresponde al Consejo revisar si una determinada información debería o no existir, ni enjuiciar la corrección jurídica de la eventual carencia de la misma. Se estima parte de la reclamación por no haber dado respuesta a lo solicitado.. El órgano interpelado sólo queda vinculado a los términos del petitum tal y como quedan fijados en el escrito de solicitud de la información sin que pueda admitirse un cambio en dicho petitum a lo largo del procedimiento y menos aún, si cabe, en un momento en el que la petición se formula cuando el órgano ya ha resuelto sobre su solicitud inicial.
Indicador
Objeto de reclamación diferente a lo solicitado
Regla general de acceso a la información pública
Regla general de acceso a la información pública
INFORMACIÓN INEXISTENTE
Ley
LTAIBG
LTAIBG
LTPA
LTPA
Artículo
24
12
7
2
Párrafo
24.1
12
7 b)
2 a)
Ámbito
OTRAS
Órgano
PUERTO DEPORTIVO DE BENALMÁDENA, S.A.M.
Provincia
MÁLAGA
Sentido
ESTIMADA PARCIALMENTE
Resolución