Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-241/2020
Fecha
22/06/2020
Resumen
Solicitud de actos autorizatorios de acceso a fincas desde carretera. No se estima la concurrencia de causa de reelaboración que justifica el órgano por no existir base de dato conteniendo la información. En la normativa de transparencia no se exige que la información haya de disponerse informáticamente, por lo que la Administración reclamada ha de agotar las posibilidades de hallar en los archivos que obren en su poder la información objeto de esta reclamación. Y, en la hipótesis de que no conste total o parcialmente la misma en tales archivos, deberá transmitir expresamente esta circunstancia al solicitante, sin que en ningún caso corresponda a este Consejo revisar si dicha información debería o no existir, ni enjuiciar la corrección jurídica de la eventual carencia de la misma.
Indicador
Acción previa de reelaboración
Acción previa de reelaboración
Ley
LTAIBG
LTPA
Artículo
18
30
Párrafo
18.1 c)
30 c)
Ámbito
JUNTA DE ANDALUCÍA
Órgano
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS
Provincia
·
Sentido
ESTIMADA
Resolución