Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-427/2018
Fecha
26/11/2018
Resumen
La reclamación plantea cuestiones distintas a las que fueron objeto de la solicitud inicial. El órgano reclamado “sólo queda vinculado a los términos del petitum tal y como quedan fijados en el escrito de solicitud de la información sin que pueda admitirse un cambio en dicho petitum a lo largo del procedimiento
Indicador
Objeto de reclamación diferente a lo solicitado
Ley
LTAIBG
Artículo
24
Párrafo
24.1
Ámbito
JUNTA DE ANDALUCÍA
Órgano
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE CÁDIZ
Provincia
CÁDIZ
Sentido
DESESTIMADA
Resolución