Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-59/2020
Fecha
26/02/2020
Resumen
El órgano ofreció información que al parecer se contenía en un enlace web, pero el Consejo comprobó que dicho enlace no daba de modo directo el acceso a la información. Como sostiene reiteradamente el Consejo en sus resoluciones, en ningún caso será suficiente únicamente la remisión genérica al portal o a la sede o página web correspondiente. Es necesario que se concrete la respuesta. Esta podrá redireccionarle a la información de publicidad activa siempre que, tal información satisfaga totalmente la información solicitada.
El interés público en la divulgación de la información solicitada cede en favor de la protección de los datos referidos a los menores de edad que figuran en los expedientes. Estimada parcialmente.
Indicador
Materialización mediante el acceso a la publicación
Ponderación intereses: Menores de edad
Ley
LTAIBG
LTAIBG
Artículo
22
15
Párrafo
22.3
15.3
Ámbito
JUNTA DE ANDALUCÍA
Órgano
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN EN CÁDIZ
Provincia
·
Sentido
ESTIMADA PARCIALMENTE
Resolución