Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-811/2021
Fecha
03/12/2021
Resumen
Se solicita información sobre expediente de prácticas universitarias. Se ordena la retroacción al haberse obviado el trámite de alegaciones a terceras personas. La entidad remite la información al Consejo, pero es al solicitante a quien ha de remitirse, pues el Consejo no puede convertirse en receptor o transmisor de la información pública, sino velar por el cumplimiento del ejercicio de este derecho de acceso a la misma en los términos previstos en la LTPA y que la información llegue al ciudadano solicitante por parte del órgano reclamado. El órgano reclamado no puede ampararse en su propia estructura de organización interna para no responder la solicitud: el solicitante no está obligado a conocer el organigrama de la administración.
Concepto de información pública: se solicitó que la entidad notificara y comunicara determinados hechos: actuación no incluida en el concepto de información pública.
Indicador
Trámite de alegaciones a terceros afectados
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
Ley
LTAIBG
LTPA
LTAIBG
Artículo
19
24
12
Párrafo
19.3
24
12
Ámbito
UNIVERSIDADES PÚBLICAS
Órgano
CENTRO DE PROMOCIÓN DE EMPLEO Y PRÁCTICAS DE GRANADA
Provincia
GRANADA
Sentido
ESTIMADA PARCIALMENTE
Resolución